Las autoridades cubanas renovaron el permiso excepcional para la libre importación de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos en calidad de equipaje acompañado y sin carácter comercial hasta el 30 de septiembre de 2024.
Mediante la Resolución 211 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), publicada el 27 de junio de 2024 en la Gaceta Oficial, el Gobierno de la isla amplió el límite temporal de beneficios arancelarios a productos de primera necesidad, establecido de forma sucesiva desde 2021. No obstante, en la normativa, el MFP continuó insistiendo en que se trata de una medida «excepcional» y «temporal».
El plazo concedido anteriormente por la Resolución 94 del 21 de marzo de 2024 fijaba el próximo 30 de junio como el límite temporal para la libre importación. Apenas tres días antes de vencerse el plazo fue comunicada la extensión por tres meses más.
La normativa vigente estipula que quienes pretendan acogerse a los beneficios arancelarios deberán presentar sus bienes «ante la Aduana en bultos separados del resto de los productos» o enviarlos en paquetes en los que solamente se incluyan productos de ese tipo.
La disposición enfatiza el carácter «no comercial» de las importaciones, en concordancia con las recientes denuncias de la Aduana General y de otras autoridades cubanas sobre el uso indebido de los beneficios. Se ha señalado que algunas personas importan medicamentos y alimentos en volúmenes que sugieren un propósito de comercialización.
A pesar de lo anterior, la norma aprobada regula que los bultos de importación pueden llegar hasta los 50 kilogramos o los 500 USD, según la relación valor/peso establecida por la Aduana General de la República. Asimismo, mantiene la exención del pago del Impuesto aduanero cuando la importación se realice a través de equipaje no acompañado.
También se mantienen la libre importación de medicinas, alimentos e insumos médicos mediante envíos desde el exterior de entre 200 y 500 USD. En esos casos, la exención del pago del impuesto aduanero alcanza a los primeros 30 USD del valor o su peso equivalente de 3 kilogramos del envío. Al resto del envío se le aplica un arancel del 30 %.
Por último, se mantiene la importación no comercial, exenta del pago del impuesto aduanero, de alimentos, productos de aseo, medicamentos e insumos médicos importados por personas naturales a través de «envíos aéreos, marítimos y postales». En estos casos, el límite del valor es 200 USD o un peso equivalente de hasta 20 kilogramos, según la relación peso/valor establecida por la Aduana General de la República.
La extensión de la medida parece responder a un intento de las autoridades cubanas de ofrecer paliativos sustentados por la emigración cubana a la crisis económica y el desabastecimiento que sufre el país. De acuerdo con Naciones Unidas, Cuba importa alrededor del 80 % de lo que consume y afronta alarmantes niveles de déficit público.
La medida contrasta, además, con la publicación en días recientes de tres proyectos de leyes que, de acuerdo con la propaganda, pretenden continuar acercando a las autoridades del país con la emigración.
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