Falso: venta estatal de lanchas en Cuba

Falso: venta estatal de lanchas en Cuba

15 / abril / 2022

El 29 de marzo el taller náutico Marlin Astillero, perteneciente a la Empresa de Marinas y Náuticas Marlin S. A., hizo una publicación en Facebook sobre la apertura de su ferretería. Mostraron fotografías de neveras, baterías, sogas, mangueras, chalecos salvavidas, entre otros; pero la mayor controversia la provocó un motor marino y una pequeña lancha. A partir de eso, se hizo popular la supuesta venta de lanchas en la tienda. Esto es FALSO.

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Varios usuarios preguntaron por el precio de la lancha, se mostraron indignados, hicieron chistes o hasta trazaron planes —presuntamente en broma— para comprarla entre varios «y que uno lleve un grupo y vire a por los otros», según decía uno de los comentarios. Otros opinaban: «Para vivir la experiencia de navegar de La Habana a Miami» y «La lanchita de Regla… ida y vuelta 90 millas».

DeFacto llegó hasta la Marlin Astillero para corroborar la información. La ferretería está abierta, pero con menos de la mitad de los productos mostrados en las fotos. En cuanto a equipos, estaban las baterías, pero no había motor alguno y tampoco estaba la comentada lancha.

Un trabajador del sitio, sin dar su nombre, explicó que «nunca se estuvo vendiendo. Lo que ocurrió fue que la empresa, con motivo de la Feria Internacional de Turismo que se va a hacer pronto en Varadero, mandó esas lanchas, motores y otros productos a sus diferentes puntos de venta, entre esos nuestra ferretería, pero solo para exhibición, no para la venta».

La 40 Feria Internacional de Turismo (FITCuba 2022) tendrá lugar entre los días 3 y 7 de mayo en Plaza América, Varadero, y en ella está confirmada la participación de la Empresa de Marinas y Náuticas Marlin, que pertenece al Ministerio de Turismo y cuenta con 13 sucursales repartidas en nueve provincias distintas.

DeFacto contactó también, vía telefónica, con el Departamento Comercial de la empresa, donde otro trabajador, que solo accedió a identificarse como Javier, reafirmó: «Esa lancha que se vio en la publicación era un producto que estaba en exhibición. Nunca estuvo a la venta, ni los motores tampoco. En venta tenemos otros productos de equipamiento de barcos, como baterías, salvavidas y botiquines».

Al cuestionársele si el hecho de que estuvieran en exhibición pudiera significar que se van a vender en el futuro, dijo: «No, eso es para exhibición, no para la venta».

Sin embargo, en caso de que la venta hubiera sido cierta, sería legal por el acuerdo del Consejo de Ministros publicado en la Gaceta Oficial 061 Ordinaria de 17 de noviembre de 2008, que permite «la venta, en las tiendas recaudadoras de divisas (CUC en aquel entonces, MLC actualmente), de embarcaciones menores y de motores previa presentación, por el interesado, del documento que acredite la autorización para su adquisición, expedido por la Capitanía de Puerto correspondiente».

Pero los comentarios negativos, más que en la legalidad o no del hecho, estuvieron basados en la falta de racionalidad que pudiera suponer la venta de lanchas en medio de una gigante ola migratoria en Cuba.

Se podrán importar motores marinos

Aunque no estén en venta lanchas en puntos oficiales en Cuba, sí se anunció la entrada en vigor a partir del 12 de mayo de 2022 de una nueva resolución para la importación de motores marinos.

En el programa televisivo Mesa Redonda el 24 de marzo de 2022, Miguel Pineda López, director general de la Administración Marítima de Cuba, declaró que cualquier propietario de una embarcación podrá solicitar, en la Capitanía de Puerto en la cual esté inscrito su vehículo, el permiso para importar, personalmente, uno de estos motores. Cuando el equipo llegue al país, le bastará el documento emitido por la Capitanía para introducirlo a través de la Aduana.

En Cuba, según la Ley de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre, «la propiedad de los buques, embarcaciones y artefactos navales se puede adquirir por construcción, presa marítima y abandono», y además, según la propia ley, esta propiedad puede transmitirse a otra persona en caso de venta o traspaso.

Para adquirir la propiedad de una embarcación por cualquiera de esas formas, primero es obligatorio recibir una autorización del Ministerio del Interior. Para ello, es necesario presentar una solicitud acompañada de documentos que esclarezcan el tipo de embarcación que sea, un aval del Registro Cubano de Buques reconociendo sus características técnico-constructivas, así como una fundamentación del servicio que se realizará con ella.

En la fundamentación del servicio se deja la pesca prácticamente como única opción para adquirir una embarcación; pues en 2016, cuando el diario Granma anunció la autorización para que ciudadanos cubanos pudieran abordar como pasajeros o como tripulantes en barcos mercantes y cruceros, se dijo que su posibilidad de abordar embarcaciones de recreo se autorizaría «de forma gradual y una vez creadas las condiciones». Dos años después, el mismo diario expuso que este permiso seguía detenido porque «el país está inmerso en un proceso de ampliación y creación en las marinas para poder manejar el flujo de pasajeros»; y hasta la actualidad no se ha permitido.

Solo quienes hayan pasado exitosamente el proceso necesario para adquirir una embarcación —pues no todas las solicitudes son aprobadas— están en condiciones legales de importar un motor marino, lo cual, aunque se haya mencionado recientemente, no es una opción nueva. La Resolución 69 de 2009 de la Aduana General de la República permite «la importación sin carácter comercial de motores marinos, por personas naturales», bajo los requisitos de ser propietario de una embarcación, tener permiso previo de la Capitanía de Puerto, que el motor a importar no exceda los diez caballos de fuerza (HP) y que su valor esté dentro del límite establecido por la Aduana para entrar al país productos no comerciales, que es de un máximo de 1 000 pesos.

Pineda López expresó que con la nueva resolución, que derogaría la de 2009, habrá más facilidades para acceder a esta opción. Sin embargo, su publicación en la Gaceta Oficial 28 Extraordinaria de 12 de abril de 2022 demuestra que los requisitos siguen siendo exactamente los mismos. Solo cambia que aparece firmada por el ministro de Transporte, Eduardo Rodríguez Dávila, mientras que la anterior tenía la firma del jefe de la Aduana General de la República.

Utilizar los motores de hasta los diez caballos de fuerza que se pueden importar para salir ilegalmente de la isla, como se sugirió en redes sociales, es, cuanto menos, irresponsable. Tendría que utilizarlo una sola persona, en una embarcación muy pequeña y cargando escasos víveres.

Para hacer funcionar un motor en una embarcación, su potencia debe ser suficiente para moverla. Según blogs especializados en estos equipos, como PuroMotores y Automotriz, la potencia necesaria en un motor marino puede calcularse sumando un caballo de fuerza por cada 11.25 kg de peso que deberá mover, contando lo que pesen el vehículo, los pasajeros y el equipamiento que lleven.

Al calcular, se obtiene que diez caballos de fuerza no deberían ser utilizados para mover más de 112.5 kg. Una persona promedio puede pesar entre 60 y 80 kg, lo cual representa más de la mitad del total recomendado. El peso del propio motor también debe considerarse, así que queda un rango muy corto para la embarcación y el resto del equipo o víveres.

Pineda López precisó que permitir la entrada de estos motores tiene como objetivo dar facilidades al sector pesquero cubano. Sin embargo, es una medida que resuelve pocos problemas de este sector. Liusbel Pérez, propietario de una embarcación, dijo en el texto de Cubadebate en el que se resumió la mencionada Mesa Redonda que la nueva medida «solo le servirá a los barcos plásticos y que sean chiquitos». Lamentó que nada más permitan la entrada de motores con esa potencia, que solo admiten un cilindro, mientras que la mayoría de botes en los que se puede pescar utiliza motores de cuatro cilindros, según expresó.

Adalberto Hernández, mecánico independiente de embarcaciones, explica que: «Un motor de diez caballos es para embarcaciones chiquitas, de una persona. Lo máximo que se puede usar es para un bote plástico de unos cuatro o cinco metros. Si se pone en uno así, va a avanzar lento, no va a coger mucha velocidad, pero avanza; y si es para pescar, con calma, sí puede usarse, lo que tiene que ser para una pesca pequeña, personal».

Liusbel Pérez también escribió que veía una contradicción en el hecho de que, si la Capitanía de Puerto le permitía a un propietario cambiar el equipo de su embarcación para aumentar la potencia, esta persona no pudiera importarlo.

La Administración Marítima de Cuba le respondió: «La Capitanía de Puerto autoriza el cambio de motores, hasta 80 HP, a aquellas embarcaciones que, desde el momento de su inscripción en el Registro Nacional de Buques, fueron inscritas con ese caballaje. Las embarcaciones inscritas con un caballaje inferior no se les permite incrementar este».

Queda claro entonces que las embarcaciones inscritas con más de diez caballos de fuerza no tendrán opciones legales para renovar su motor. Por tanto, los motores cuya importación está autorizada difícilmente servirán para salir ilegal del país; pero, en muchos casos, tampoco para pescar.


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