En el inicio del proceso penal en contra de Alejandro Gil Fernández hay un detalle que ilustra la falta de derechos en el totalitarismo —como si fuesen necesarias más evidencias—, la «renuncia» del ex vice primer ministro a su cargo de diputado. ¿Qué implica la decisión?
La renuncia de Gil no es un detalle menor porque condiciona las posibilidades «formales» de su defensa. Renunciar a la condición de diputado implica también renunciar a los fueros y a la teórica inmunidad general de la que disfrutan los diputados de la isla.
La ley cubana establece un procedimiento especial para juzgar a los diputados. El procedimiento regula que para procesar penalmente a un diputado se necesita la autorización previa de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) o el Consejo de Estado (CE), según corresponda.
El poder «formal» de la ANPP para evitar el procesamiento de un diputado es amplio. Si la Asamblea o el CE deniegan la autorización para proceder penalmente contra un diputado, se archivan las actuaciones sin más trámites.
Hasta el momento, no se ha publicado acuerdo alguno del Consejo de Estado o de su presidente que valide la decisión tomada, a pesar de que la nota de prensa que anunció la corrupción de Gil reconoce que el CE aprobó el inicio de actuaciones contra el exministro. Al contrario, la nota de prensa la firmó Díaz-Canel, quien «teóricamente» tiene igual condición de diputado que Gil, pero quien detenta además el máximo cargo en la estructura política que controla al Estado cubano, el Partido Comunista de Cuba (PCC).
El movimiento relámpago en contra de Gil y el despojo de sus «teóricos» fueros demuestra que en Cuba las protecciones derivadas de la supuesta «elección popular» no tienen significación ante el poder real del PCC y de la clase política que lo controla. Para evitar cuestionamientos como los anteriores, es que apelaron a la renuncia «voluntaria» de Gil a su condición de diputado. El reconocimiento de la indignidad del imputado para detentar un cargo de elección es políticamente simbólico.
Sin embargo, la supuesta renuncia voluntaria de Gil tampoco responde a los estándares que establece la legislación cubana. La renuncia de un diputado en Cuba debe presentarse por escrito ante el presidente de la Asamblea. Luego, el Consejo de Estado se pronuncia y traslada la solicitud a la Asamblea Municipal del municipio por el que fue electo el diputado —órgano que tiene 30 días para aceptar o no—.
La ley también reconoce que hasta que la Asamblea Municipal correspondiente no acepte la renuncia, el diputado continúa en el ejercicio de su cargo (con los derechos y deberes inherentes al puesto), excepto cuando las circunstancias aconsejen lo contrario.
Gil fue teóricamente electo por Alquizar. Sin embargo, no hay constancia alguna de que los delegados del municipio artemiseño fueran informados o se hayan pronunciado sobre la renuncia del exministro. Tampoco hay una argumentación del Consejo de Estado que explique cuáles son las circunstancias que aconsejan que a Gil le sean limitados de forma inmediata sus derechos y deberes como diputado.
Por las razones anteriores, la renuncia de Gil es un hecho significativo. Porque de acuerdo con la ley cubana, el hecho de autorizar el procesamiento penal de un diputado no implica necesariamente la eliminación indefinida de sus fueros o la revocación de su condición de diputado.
En teoría, y si se atiende al principio de presunción de inocencia, un diputado puede ser investigado penalmente y continuar en su cargo —porque al ser un cargo de «elección popular» amerita protecciones especiales—.
Por tal motivo, la ley establece que —a menos que el acuerdo del CE o de la Asamblea «implique de manera indudable» una autorización para someter a juicio a un diputado— se requiere una autorización para que la Policía investigue y otra diferente para llevar a cabo el juicio. Ante la falta de un acuerdo escrito del Consejo de Estado y ante la recta lectura de la escueta nota de prensa, se conoce que existe una autorización para investigar a Gil, pero no otra que permita su judicialización.
Por esa razón, no solamente era imprescindible que el Consejo de Estado autorizara la investigación, sino que el exministro fuese despojado de la condición de diputado para evitar así posibles obstáculos legales en su futuro procesamiento.
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