Cuatro masones condenados por «tráfico ilegal de divisas»

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El edificio donde radica la Gran Logia Masónica de Cuba. Foto: Cubanet.
El edificio donde radica la Gran Logia Masónica de Cuba. Foto: Cubanet.

El Tribunal Municipal Popular de Diez de Octubre, en La Habana, condenó el 5 de noviembre de 2026 a cuatro masones por «tráfico ilegal de divisas». El resultado se conoció en la tarde-noche, en una nota informativa del Tribunal difundida en Facebook.

Fueron condenados José Ramón Viñas Alonso, antiguo soberano gran comendador del Supremo Consejo del Grado 33 y presidente del Patronato o Consejo Administrativo del Asilo Nacional Masónico Llansó; el escritor y expreso político Ángel Lázaro Santiesteban Prats, actual soberano gran comendador; Fernando Marcos García, contador del asilo, y Osvaldo Ernesto Villegas Digat.

Según la nota del Tribunal, Viñas Alonso cambió dólares en varias ocasiones «por canales distintos a los legalmente establecidos» con la participación del resto de los acusados. Los documentos de la acusación refieren a dos operaciones que apenas suman 300 USD, hechas con casi dos años de diferencia. La primera fue el 14 de septiembre de 2023: Santiesteban Prats entregó 49 600 pesos de su propiedad a cambio de 200 USD del asilo, procedente de donaciones. La segunda fue el 13 de junio de 2025: Villegas Digat cambió 100 USD de la institución por 37 500 pesos. Según la Fiscalía, Viñas Alonso autorizó las dos operaciones.

El abogado Roberto Ortega Ortiz sostuvo que las operaciones no constituían delito y que ninguno de los acusados obtuvo un beneficio personal ilícito. Según la defensa, los primeros 200 dólares se usaron para comprar leche en polvo para los ancianos del asilo. La segunda operación sirvió para que la institución tuviera pesos para emergencias.

El Tribunal dio por probado el delito previsto en el artículo 315.1, inciso g, del Código Penal. A Viñas Alonso le impuso la sanción más alta: cuatro años de limitación de libertad y una multa de 500 cuotas de 50 CUP, es decir, 25 000 CUP. Marcos García recibió tres años de limitación de libertad y una multa de 500 cuotas de 40 CUP. Santiesteban Prats y Villegas Digat fueron condenados a dos años de limitación de libertad cada uno, con la misma multa de 500 cuotas de 40 CUP. Son los mismos años y la misma multa principal que había pedido el fiscal, según el escrito de la acusación al que tuvo acceso CubaNet.

A los cuatro se les impusieron además, como sanciones accesorias, la privación de derechos, la prohibición de salir del territorio nacional y la prohibición de ejercer cargo u oficio. En este punto, el Tribunal fue más allá de lo que pidió la Fiscalía: según CubaNet, el fiscal solo había pedido la prohibición de ejercer cargo u oficio para Viñas Alonso.

Un dispositivo para un juicio político

El juicio se celebró en la Sala Segunda Penal del Tribunal Municipal de Diez de Octubre, que comparte local con la Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado. Días antes, una fuente cercana al proceso contó a CubaNet que la policía política estaba instalando cámaras de seguridad en los alrededores del tribunal, en un despliegue «similar a cuando hicieron los juicios del 11J».

Un masón que intentó llegar al Tribunal el día del juicio describió en un audio que había un dispositivo policial y militar frente a la sede, con cámaras instaladas y periodistas mantenidos lejos del lugar. «He sido testigo presencial de que el dispositivo policial y militar es grande», dijo. Y resumió así la impresión que le dejó el operativo: «Parece que esa gente son asesinos, no es fácil».

Ese despliegue contrasta con el estado de los servicios básicos en la isla. Se dedican recursos a vigilar un juicio por una suma que terminó en leche para ancianos, mientras faltan combustible y ambulancias. La comparación dice mucho de las prioridades del poder: hay medios para la vigilancia y el control, pero no para atender emergencias.

El caso empezó hace más de un año. El 29 de julio de 2025, la Seguridad del Estado interrogó durante horas a Viñas Alonso y le imputó «tráfico de divisas». Después lo liberó con medidas cautelares que solo le permitían moverse entre su casa y su centro de trabajo.

La causa no es un hecho aislado. Se suma a la ofensiva contra la masonería a la que los medios independientes han dado cobertura en los últimos meses.

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Los valores de REFERENCIA que aquí se muestran son el resultado del cálculo de la mediana de los números escritos en ofertas de compra y venta de divisas registradas por nuestro sistema automatizado en sitios web de clasificados y grupos de redes sociales. No son operaciones concretadas, sino expresiones de «deseos» de los actores del mercado informal. El precio final de la compraventa entre privados puede y suele variar. Las flechas indican la variación del precio de cada tasa en las últimas 24 horas. Insistimos en que los números que mostramos no son la tasa OFICIAL, sino que deben ser tomados solo como REFERENCIA.

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