Acceder a la justicia en Cuba. El caso Bécquer. Parte II

Acceder a la justicia en Cuba. El caso Bécquer. Parte II

21 / julio / 2022

En diciembre de 2021, el medio independiente El Estornudo publicó el artículo «Cinco denuncias de abuso sexual contra Fernando Bécquer», que inició un nuevo Me Too cubano. Luego se sumaron al menos otros 20 testimonios en medios de comunicación. Varias de las denunciantes abrieron un proceso legal que todavía no finaliza.

La primera parte de esta investigación atendió a cómo ha funcionado el acompañamiento, mientras esta segunda y final indaga por otros tres elementos esenciales para el acceso a la justicia: no revictimización, reparación y no impunidad. Estos se encuentran reconocidos en  la «Estrategia integral de prevención y atención a la violencia de género y en el escenario familiar», publicada 24 horas después de la aparición de las denuncias.

Las circunstancias de la ley

«Lo primero que hicimos —cuenta Paula Ramírez, denunciante— fue reconstruir los hechos, definir qué es lo que yo quería y cómo lo quería hacer. Luego preparamos la denuncia de manera legal para ver por dónde la íbamos a presentar: Cuba, Colombia o Argentina».

El testimonio de Paula narra un hecho de abuso sexual ocurrido en 2006 en Colombia, cuando Fernando Bécquer se encontraba de gira. Ella actualmente reside en Argentina.

Cada uno de los países valorados por el equipo interdisciplinar que la acompaña en Buenos Aires presentaba una limitante. Argentina no contaba con jurisdicción, ya que el delito no ocurrió en su territorio ni el victimario radica allí; Colombia —donde ocurrieron los hechos y se penalizan con cárcel de ser demostrados en juicio— debía iniciar un proceso de extradición; y en Cuba —la elección lógica— faltaba claridad sobre cuál era la puerta de entrada.

El artículo 5.1 del Código Penal vigente desde 1987 establece que la ley cubana es «aplicable a los cubanos y personas sin ciudadanía residentes en Cuba que cometan un delito en el extranjero, si se encuentran en el país o son extraditados».

Sin embargo, generalmente la denuncia debe formularse de forma presencial, lo que obliga a la persona denunciante a trasladarse a territorio cubano.

Paula había encontrado solo dos opciones con la justicia en la isla. La primera era enviar su testimonio a una dirección de correo institucional a la cual, le habían comentado, debían remitirse las denunciantes que no se encontraban en Cuba. El email corresponde a la Dirección de Atención a la Población de la Fiscalía y fue facilitado —al menos en una de las ocasiones— por una representante de la Federación de Mujeres Cubanas.

Por la experiencia de otras integrantes de Juntas —grupo de mujeres que han denunciado abuso por parte de Bécquer y se han unido para acompañarse y pedir justicia—, Paula sabía que por esta vía no daban respuesta, por lo que inicialmente la descartó. «Como yo tengo pruebas para adjuntar, no queríamos exponernos a mandarlas sin saber qué podía pasar con ese testimonio, era una cuestión de autocuidado», explica. 

Sin embargo, el 23 de mayo de 2022, y ante la ausencia de otras alternativas, envió su narración de los hechos por esta vía. Al cierre del reporte no había recibido respuesta.

La otra opción era incluir su testimonio en un caso que ya se encuentra dentro de la justicia. Sin embargo, esa vía tampoco prosperó por decisión de la representación legal cubana. Para su equipo en Argentina, la lógica del proceso era que desde la nación caribeña se estableciera contacto con las denunciantes extranjeras para que ellas pudieran ser parte del proceso judicial. Esto nunca ocurrió.

Marta María Ramírez, activista feminista y periodista, considera que debería existir la posibilidad de presentar denuncias colectivas en casos como el actual, en el que se diseñe una estrategia legal común para todas las sobrevivientes que así lo decidan. Lo cual les permitiría estar menos expuestas dentro del sistema judicial.

La abogada feminista Alina Herrera explica a elTOQUE que si bien el proceso inicial de recogida de evidencias y testimonios no contempla una acción colectiva, estas sí pueden ser procesadas de forma conjunta; es decir, ir a una causa común bajo la figura de delitos conexos regulada en la antigua —vigente hasta diciembre de 2021— y nueva legislación de proceso penal —en vigor desde enero de 2022—.

En la nueva Ley 143 de 2021 «Del Proceso Penal», los delitos conexos incluyen entre sus definiciones (artículo 107.1) aquellos que se atribuyan a un imputado al abrirse expediente contra él por cualquiera de ellos, «si tuvieran analogía o relación entre sí y no hubieran sido hasta entonces objeto de proceso penal».

Asimismo, establece que estos «se conocen en un único expediente y son objeto de una sola causa, juicio y sentencia».

Para Alina, la mencionada normativa trajo varios cambios favorables en relación al tratamiento a las víctimas y sobrevivientes. Entre estos menciona: «La víctima o persona perjudicada, por primera vez, podrá constituirse como parte en el proceso y ejercer la acción penal como acusador o acusadora particular (este último con requisitos). El hecho de constituirse como parte permite que las víctimas puedan revisar las actuaciones, puedan proponer pruebas, puedan participar en el juicio oral por medio del defensor nombrado en su instancia como coadyuvante del fiscal».

Añade que, además, se contemplaron otros beneficios como la grabación de la declaración o denuncia de la víctima frente a las autoridades y que esta fuera consultada en el juicio oral para evitar la revictimización en los casos específicos de violencia basada en género. También se puede solicitar la protección cautelar en cualquier fase del proceso.

La normativa establece en sus Disposiciones Transitorias que lo regulado se aplicará a los actos procesales pendientes que al tiempo de su entrada en vigor se encontraban en tramitación. Es decir, que pudiera aplicar en el caso contra Bécquer.

Como documentos reguladores en relación a este problema también se encuentran la «Estrategia del Sistema de Tribunales para la incorporación de la perspectiva de género, y la prevención y atención de la violencia basada en el género en la impartición de justicia» y su «Protocolo de Actuación», publicados en 2022.

Revictimización y otros obstáculos para la justicia

Las expectativas de justicia y necesidades de reparación de las sobrevivientes son diversas, aunque en este caso muchas coinciden en el camino penal.

Para Claudia Expósito, quien compartió su testimonio en la primera denuncia pública, se trata de levantar «el tema del ultraje sexual, del abuso lascivo, nombrarlo y clasificarlo como violencia, hacer pagar la culpa al abusador, y empezar un largo camino que frene las continuas violaciones machistas en nuestro país y lo absolutamente común e impune que es la lascivia en nuestras calles».

Sin embargo, no llevó su caso ante la ley. «No quería enfrentarme a la vorágine policial en vano, es un ambiente que no me gusta nada y que por otras experiencias propias de violencia sé que es un espacio sumamente machista, donde te sientes peor de lo que llegaste, así que decidí no hacerlo», dice entre las razones para su decisión.

El descrédito de las instituciones cubanas, comenta Marta María, implica que haya mujeres que estarían en condiciones de denunciar, pero no quieren hacerlo ante esa justicia.

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Imagen escogida por Juntas para acompañar sus denuncias

La revictimización es una posibilidad cotidiana, casi una certeza, en los procesos de denuncia y búsqueda de reparación de las mujeres afectadas por la violencia machista. En la experiencia de la plataforma Yo Sí Te Creo en Cuba (YSTC), una de las formas más comunes de revictimizar es la «eternización» de los procesos y la dilación excesiva entre una fase y otra. 

A esto añaden el hecho de que el personal policial que recepciona las denuncias por lo general no está suficientemente capacitado para tratar estos temas e incurren en cuestionamientos innecesarios, actitudes enjuiciadoras o incluso no recepcionan las denuncias.

«Todo esto suma una carga enorme de malestar psicológico, ansiedad, reforzamiento de los sentimientos de desamparo e indefensión de las víctimas, a quienes se hace necesario acompañar, no solo en el propio proceso de recuperación y sanación frente al maltrato y la violencia, sino además frente a la propia revictimización del proceso», detallan las activistas.

Una cuestión que influye en la sensación de desprotección y desorientación, y en este caso ha tenido mucho peso, es la falta de comunicación y transparencia. «Las sobrevivientes tienen muchas insatisfacciones con la justicia cubana, con el procedimiento, incluso con lo que no han dicho del proceso, porque hay que informar también, hay que decir qué pasa con Fernando. Esa información hay que darla, las víctimas la necesitan», comenta la psicóloga feminista Lilian Rosa Burgos, quien ha acompañado a algunas denunciantes.

Liliana H. Balance, entre las primeras en denunciar públicamente, comenta que quienes enviaron su testimonio al correo lo hicieron con la esperanza de que tendrían al menos una respuesta de compromiso del Gobierno con la resolución de este caso a través de la justicia. «Meses han transcurrido y no hemos tenido siquiera un acuse de recibo», asegura.

Para ella, esto es un obstáculo importante para acceder a la justicia. «El silencio del Estado, no solo para las víctimas que no residimos en Cuba, que no solo somos cubanas; sino también el silencio que le están dando a las que aún están allí… Saber o sentir que no estamos siendo escuchadas, que un abusador sexual está así libre, paseándose como si nada, es escalofriante», agrega.

La jurista Alina Herrera explica en un artículo de OnCuba que datos como la cantidad de personas denunciantes, tipos de medidas cautelares aplicadas (prisión preventiva, restricciones de acercamiento, fianza, etcétera), delitos por los que se está investigando, sin más detalles, no entorpecen la presunción de inocencia, la investigación de los hechos o la integridad de las víctimas.

De igual forma, en el Protocolo de Actuación del Sistema de Tribunales para la incorporación de la perspectiva de género, y la prevención y atención de la violencia basada en el género en la impartición de justicia se establece como uno de los principios de actuación el acceso a la información.

«Las personas que enfrentan discriminación o violencia basada en el género tienen derecho a ser informadas de su situación en el ámbito administrativo y judicial, de las coordinaciones que se realicen con otras instituciones y de cuantas decisiones se adopten en el procedimiento a que estén sujetas», establece la normativa.

Hasta el momento solo se sabe, a través de una de las denunciantes en Cuba, que en abril el caso se encontraba en el proceso final de instrucción (investigación y confección del expediente). La fuente de OnCuba tuvo conocimiento de ello porque fue citada a la Fiscalía provincial de La Habana con el fin de mantenerla informada.

Probablemente el único pronunciamiento público al respecto por parte de una institución cubana vino del intercambio informal entre el ministro de Cultura Alpidio Alonso y Paula Ramírez, el 30 de abril, en el marco de la 46° Feria Internacional del Libro de Buenos Aires.

Paula le entregó una carta abierta que reclama justicia para más de una veintena de mujeres. Por su parte, el ministro le aseguró que el caso de Fernando Bécquer está en la justicia, y que, «si se llega a comprobar que es cierto lo que dicen las denunciantes, va a caer todo el peso de la ley sobre él».

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La carta abierta que reclama justicia para las sobrevivientes fue leída durante la presentación de la cantautora feminista Vivir Quintana el 28 de abril en La Habana. Foto: María Lucía Expósito/Tremenda Nota

Se había especulado sobre la imposición de una medida cautelar al trovador, pero no ha sido posible verificarlo y la información brindada por Alonso tampoco lo esclarece. Cuando Paula le cuestionó que pudiera seguir subiendo a escenarios, la respuesta fue: «Él sabe que no puede hacerlo», sin indicar si esto era parte de la respuesta institucional a las denuncias o apenas una recomendación que le han hecho.

El 24 de junio de 2022 la presentación de Bécquer como invitado en un escenario de La Madriguera, perteneciente a la Asociación Hermanos Saíz, levantó una nueva polémica y la demanda de justicia y de una respuesta institucional certera. Uno de los anfitriones del espacio, Diego Daniel Ulloa, se disculpó a través de redes sociales con las denunciantes, ya que aparentemente desconocían de la prohibición del Ministerio de Cultura.

Sobre las visitas del trovador a centros recreativos y culturales, aunque no se esté presentando, Liliana comenta que ello limita la capacidad de estar de las víctimas, «que naturalmente si no se sentían cómodas antes, cuando han hecho una denuncia menos».

Asumir las redes sociales como escenario de denuncia y de articulación ciudadana ha permitido movilizar apoyos pero también ha significado una mayor exposición de quienes denuncian. Varias de ellas han sido sistemáticamente acosadas, por perfiles que se presume pertenecen al propio Bécquer y a personas cercanas a él.

«Entre el 22 y 24 de mayo hemos vuelto a ser violentadas con la publicación de fotos privadas y amenazas directas del perfil de Fernando Bécquer en redes sociales a varias de las sobrevivientes denunciantes y dos de nuestras firmantes en franca intención de intimidarnos, desestimular las denuncias y dinamitar nuestras redes de apoyo», denunció Marta María en su perfil de Facebook.

En el caso de Paula, desde el perfil ElBecquer Decuba y en un intercambio que parece sostenido por el propio Bécquer, fueron publicadas fotos privadas de los dos, lo que ella interpreta como un intento de avergonzarla y atemorizarla. El 18 de julio, en otra interacción virtual con la misma cuenta, fue amenazada con la publicación de un vídeo íntimo, que es una forma reconocida de ciberacoso.

Paula y Bécquer tuvieron un noviazgo de febrero a marzo de 2006, precedido por el momento en que ella ubica el abuso en un relato muy similar al de otras denunciantes —mediado por el engaño religioso—. Luego, mantuvieron una relación de amistad hasta febrero de 2014.

En una valoración de potenciales medidas legales para proteger frente al ciberacoso, se encuentra vigente la Resolución 105/2021 del Ministerio de las Comunicaciones en la que se contempla como incidentes contra la dignidad y la individualidad.

Se esperaba que el delito fuera reconocido como tal con el proyecto de Código Penal, aprobado en mayo último por la Asamblea Nacional del Popular, pero no ocurrió así.  

No obstante, pueden emplearse otros recursos de protección como la prohibición de acercamiento a las víctimas, una de las medidas cautelares incluidas en la nueva Ley de Procesos Penales (artículo 355.1.g).

Otro tema a tratar es cómo enfrentar la revictimización que viene de terceras partes. El ejemplo más citado ha sido el trovador Ray Fernández, quien ha agredido con frases machistas a varias de las mujeres que han ofrecido su testimonio y a quienes las acompañan, además de difundir información no verificada sobre una supuesta desestimación del caso.

Para Marta María Ramírez, algunas de estas acciones pudieran considerarse delitos, ya que han «desestimulado la denuncia, han revictimizado a mujeres y en lo fundamental han entorpecido la investigación».

Por otra parte, desde la publicación del primer reportaje en un medio independiente, la polarización política ha estado mediando en la opinión pública sobre el caso e intensificado las manifestaciones violentas contra las denunciantes.

Bécquer ha usado su ideología política como escudo para no responder públicamente a las acusaciones. «Yo no creo en nada. Yo creo en la Revolución», dijo ante una pregunta de periodistas independientes en un concierto al que fue invitado por el cantautor Raúl Torres, el día después de la salida del primer reportaje.

«Nosotras también lo vemos como un tema político pero por razones distintas. Debería estar soportado por las leyes de ese país —Cuba— que las mujeres podamos encontrar en el Estado amparo ante estos delitos y nos sentirnos así, tan desprotegidas y abandonadas. Y eso también es política», asegura Liliana.

Para Marta María, hay una necesidad vital de una ley que incida en «la preparación de juristas, de instructores de caso, en la creación de espacios específicos para atender a estas mujeres que están acudiendo a estaciones de policía y además tienen que ser atendidas en algún momento de ese proceso por hombres», propone.

A pesar de las demandas sostenidas y justificadas del activismo feminista por una ley integral, esta solo fue incluida en la estrategia gubernamental como una posibilidad futura, sujeta a valoración.

Reparación y garantías de no repetición

Hay múltiples razones por las que una víctima decide no presentar una denuncia formal, así como hay diversas brechas estructurales que pueden impedir que se desarrolle un proceso legal justo. Sin embargo, no puede haber impunidad.

«Tenemos que saber que hay otras vías de reparación además de la jurídica —dice Paula—. A mí me ayuda para no frustrarme, porque no voy a esperar solamente una reparación o justicia por parte del aparato estatal, aunque sí quiero que eso pase. También, en la medida que nosotras vayamos e interpelemos a ese sistema jurídico, será más fácil para otras mujeres conseguirlo».

¿Cuál es la responsabilidad de las instituciones públicas con la reparación?

Para Marta María, son esenciales las declaraciones de la Asociación Cultural Yoruba de Cuba y el Ministerio de Cultura. «La primera porque es el patrón y porque usó la religión afrocubana para violentar a las mujeres, amparado además en la legitimidad que le daba estar en un escenario», señala.

«Hay algo dentro del sistema que le está permitiendo a él, a pesar de que hay testimonios publicados y procesos que se han iniciado en la justicia, expresarse como lo hace. Hay algo muy grave que desde lo institucional no está pasando. Y ahí lamentablemente le ayudan a que siga profundizando ese abuso», valora Paula.

Varias de las demandas de quien es especialista en gestión ambiental y desarrollo sustentable se relacionan precisamente con desmontar los privilegios que facilitan el acceso a posibles víctimas. «Me da miedo que, cuando él vuelva a salir del país, siga en la cacería», comenta. Para ella es necesaria una especie de alerta que permita a las autoridades saber que hay un potencial abusador entrando a su país.

El riesgo de que continúe violentando mujeres fuera de Cuba aumenta con la posibilidad de que se le permita seguir viajando con pasaporte oficial, como representante de una institución cultural cubana. «Él no puede tener acceso y derecho a nada que le facilite seguir abusando mínimamente», pide Paula.

Desde su posición de acompañamiento, para Marta María es también importante «que no quedara una mujer en Cuba, y en los sitios por donde pasó este hombre, sin saber que ya no está sola. Y que no quedara una mujer, en ninguno de los espacios por donde él pudiera transitar en Latinoamérica, que no sepa que es un depredador sexual y ha estado impune durante veinte años».

Para la periodista, independientemente de si tiene una condena penal o no, debe ser parte de la reparación a las víctimas que él esté obligado a identificarse como un agresor sexual, para que el silencio no vuelva jugar a su favor.

A la pregunta sobre cuáles acciones de reparación consideran justas en este caso, las activistas de la plataforma YSTC consideran: «Justicia penal, atención integral y recursos para recuperación física y emocional de las víctimas, medidas cautelares que permitan alejar al agresor de espacios públicos usados para acceder a potenciales víctimas».

De acuerdo con un análisis jurídico publicado por elTOQUE, los delitos cometidos por Fernando Bécquer, según los testimonios de las víctimas, califican como «abusos lascivos» y «ultraje sexual», que pueden ser sancionados con cinco y un año de privación de libertad como máximo, en cada caso. Entre las denuncias públicas se relacionan hechos que van desde 1999 hasta 2021.

A pesar de que el delito de «abusos lascivos» prescribe como máximo a los diez años de cometido, y a los cinco el de «ultraje sexual», que algunos de ellos hayan ocurrido dentro del marco de la prescripción podría permitir que se ampliara este período y se juzgaran también los casos ocurridos antes de 2012.

La reparación y la garantía de no repetición no solo son parte de los derechos de las mujeres víctimas, también son esenciales para la prevención de la violencia machista como problema social.

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