Los ciudadanos cubanos que ingresen a la isla a partir del primero de abril de 2025 deberán hacerlo portando un pasaporte vigente. El Gobierno dio fin a la prórroga extraordinaria que permitía el ingreso con documentos de este tipo vencidos.
De acuerdo con las autoridades cubanas, el Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrex) había implementado la medida de manera temporal en respuesta a las circunstancias generadas por la pandemia de la COVID-19 que limitaron la libertad de movimiento de muchísimas personas en el mundo.
Ana Teresita González Fraga, directora general de Asuntos Consulares y Atención a Cubanos Residentes en el Exterior (Daccre), explicó que durante la pandemia el régimen cubano adoptó la medida excepcional de permitir el retorno de los ciudadanos residentes en el país que se encontraban en el extranjero sin necesidad de renovar sus pasaportes vencidos. Una decisión que, a criterio de la funcionaria, fue tomada para proteger a los cubanos en el contexto de la emergencia sanitaria global.
Cuatro años después de implementada la medida, las autoridades cubanas han fijado el 31 de marzo de 2025 como la fecha límite para acogerse a la «medida temporal». A partir del primero de abril de 2025, solo se permitirá la entrada a Cuba de ciudadanos con pasaportes válidos y en regla.
Junto con la posibilidad de ingresar al país con pasaportes vencidos, el Gobierno cubano estableció una medida temporal —no recogida en norma jurídica alguna— que permitía a los residentes permanentes en el país ausentarse por más de 24 meses sin ser declarados «emigrados».
La decisión se había extendido de manera extraoficial junto con la posibilidad de entrar al país con el pasaporte vencido. Sin embargo, en esta ocasión, la directora del Daccre no mencionó la prórroga de este otro «beneficio».
Algunos podrían considerar innecesario el anuncio porque la nueva Ley de Migración (aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular en julio de 2024) elimina el requisito de entrada al país cada dos años para mantener los derechos y no ser declarado emigrado.
Sin embargo, más de seis meses después de su aprobación, la ley no ha sido publicada en la Gaceta Oficial ni ha entrado en vigor. Por lo tanto, en teoría, deberían seguir vigentes las mismas normativas que han regulado la materia migratoria cubana por más de diez años.
Algunos de los efectos de estas normativas (como la obligación de ingresar al país con pasaporte vigente o hacerlo cada 24 meses para no ser declarado emigrado) han sido suspendidos informalmente y de forma conjunta durante los últimos cuatro años. Por esa razón, a menos que la nueva Ley de Migración entre en vigor de inmediato, hubiese sido oportuno un nuevo anuncio «extraoficial» en relación con la extensión del permiso de los cubanos a permanecer fuera del país por más de 24 meses.
Dada la forma en que ha actuado el Gobierno y la ineficacia de la ley como garantía en Cuba, esa sería una manera de evitar incertidumbres y cuestionamientos por parte de los cubanos. Al observar la cancelación de una medida justificada por la pandemia, muchos podrían preguntarse si igual criterio se aplicará a otras disposiciones con mayores implicaciones legales, como la permanencia fuera de Cuba por un tiempo superior al permitido por la ley vigente.
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José Alberto Prieto Acevedo