Foto: Sadiel Mederos.
¿Qué hacer después de firmar la escritura pública de traspaso de una motorina?
13 / abril / 2023
Luego de que un notario redacte la escritura de traspaso de una motorina (o de cualquier otro vehículo de motor, remolque o semirremolque), el comprador tiene 30 días (contados a partir de la fecha en que se firmó la escritura pública) para reinscribirla en el Registro de Vehículos de las Unidades Territoriales de Trámites del Ministerio del Interior.
Para hacerlo, deberá comparecer en alguna de sus dependencias. Para realizar el trámite de inscripción debe aportar:
- Documento oficial que acredite la propiedad del vehículo de motor, remolque o semirremolque. En el caso de la inscripción luego del traspaso de la propiedad mediante donación o compraventa, el documento será la escritura pública notarial. En el caso de vehículos cuyo dueño original sea quien lo inscriba, puede presentar la factura de compra o el certificado emitido por la Aduana General de la República o por la entidad que realizó el trámite de importación en representación del propietario, según corresponda.
- Licencia de circulación del vehículo de motor, remolque o semirremolque, o documento acreditativo emitido por las oficinas del Registro de Vehículos.
- Constancia actualizada del pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre y de Transmisión de Bienes y Herencias. El primero de los documentos es el comprobante de lo que comúnmente se llama en Cuba pago de la chapa. El segundo es el comprobante del pago del impuesto que debe abonar el comprador o donatario luego de la adquisición de un vehículo de motor.
Para inscribir en el Registro los vehículos de motor, remolques o semirremolques que han sido adquiridos en las entidades comercializadoras autorizadas solo es necesario presentar el documento que acredite la propiedad del bien.
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