Sanciones de entre 10 y 30 años de cárcel para quienes roben paneles solares y líneas férreas

Foto: elTOQUE.

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El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular dictaminó el 23 de mayo de 2025 el uso extensivo del delito de «sabotaje» para criminalizar la sustracción o daño a componentes de infraestructuras estratégicas como vías férreas, parques fotovoltaicos, grupos electrógenos y sistemas de telecomunicaciones. 

Antes de publicarse el texto en la Gaceta Oficial, estas conductas solían ser procesadas como hurtos, robos con fuerza o daños. La disposición jurídica establece que los actos que «sustraen, dañen, alteren o perjudiquen componentes» de esas infraestructuras —consideradas críticas para el desarrollo económico y social del país— deben entenderse como formas delictivas que atentan contra la estabilidad nacional y no como simples delitos contra el patrimonio.

Para justificar la decisión, el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular asegura que el delito de sabotaje se configura no solo mediante «dolo directo» (intención consciente de afectar la infraestructura económica o social del país) sino también mediante «dolo eventual». El dolo eventual es entendido como la capacidad de alguien que no persigue una intención determinada de saber o presuponer que con sus actos podía producirse una afectación a infraestructuras claves.   

La medida pretende homogeneizar la respuesta judicial ante este tipo de delitos y elevar los marcos sancionadores. Lo que el máximo órgano de justicia cubano dictaminó es que —con independencia de si el autor pensó o no en afectar la economía nacional para generar descontento— si un individuo daña o sustrae elementos de infraestructuras estratégicas será considerado un saboteador, en lugar de un ladrón.

El dictamen no persigue únicamente la uniformidad en la administración de justicia, sino ofrecer una respuesta represiva —como es común por parte del régimen— a hechos delictivos que han aumentado en los últimos tiempos. 

En efecto, el robo de componentes de la infraestructura estatal de comunicaciones y de energía renovable ha sido documentado por medios oficiales e independientes. Tan solo en 2025 se publicaron varias noticias de hurto a lo largo del país. CubitaNow reportó que, en Palma Soriano, un hombre fue sorprendido con varias traviesas de hormigón robadas del ferrocarril y que luego escondió en el patio de su casa. Las traviesas —esenciales para la estabilidad de las vías— se emplean como bloques para construir corrales para el ganado o viviendas improvisadas, según confirmó el diario Granma.

«Durante la última década, grupos de ladrones han hecho de las suyas en varios de los 480 kilómetros de vías y 142 puentes del ferrocarril en la provincia Santiago de Cuba», reseñó el diario oficialista. En Matanzas, a finales de 2024, desapareció un tramo completo de vía férrea entre Pijuan y Colón, según informó el Ministerio de Transporte. Otros reportes dan cuenta de la extracción sistemática de acero de puentes y rieles. 

Asimismo, los parques solares —prioridad estratégica del Estado ante la decadencia del Sistema Electroenergético Nacional— han sido objeto de robos. En febrero de 2025, Cubadebate informó sobre la neutralización de una red de venta ilegal de componentes de paneles solares en la localidad Jovellanos, perteneciente a Matanzas. 

En territorios rurales de Las Tunas, Holguín y Villa Clara, los sistemas de bombeo de agua impulsados por energía solar también han sido saqueados. La tasa de hechos contra el equipamiento ha ido en avance, advirtió Alexander Valdespino Leyva, presidente de Cubasolar en Holguín.

Juicios públicos y penas más severas

De acuerdo con el artículo 126 del Código Penal, el delito de sabotaje conlleva sanciones de entre diez y 30 años de prisión, privación perpetua de libertad o incluso la pena de muerte. Las penas más severas se aplican cuando los hechos provocan lesiones graves o la muerte, utilizan medios peligrosos (fuego, explosivos o agentes químicos) y ponen en riesgo la seguridad colectiva o afectan bienes pertenecientes a las reservas estratégicas del Estado.

La severidad de las penas, sumada a las directrices del Dictamen 475, revela una política penal orientada al castigo ejemplar. No se trata solo de endurecer las condenas, sino de acelerar los procesos judiciales como forma de escarmiento inmediato. Por esa razón, el dictamen ordena a los Tribunales actuar con «celeridad», evitar dilaciones innecesarias y dar prioridad a los casos con mayor repercusión social.

El Dictamen 475 se ampara en la política de mano dura y ordena a los jueces que valoren la imposición de prisión provisional, apliquen agravantes —como la actuación en grupo, con fines de lucro, en horario nocturno o bajo efectos de sustancias— y promuevan juicios «ejemplarizantes» con amplia cobertura en los medios de comunicación. Según el texto de la Gaceta, el propósito es «contribuir a la prevención general, y a la elevación de la cultura jurídica de la población».

La implementación de esta estrategia ya empieza a materializarse. Uno de los casos más recientes ocurrió en el parque solar de Las Guásimas, en Contramaestre (Santiago de Cuba), donde un trabajador fue condenado a cinco años de prisión por robar componentes esenciales del sistema fotovoltaico. El juicio se celebró públicamente ante sus compañeros de trabajo.

Se trata de una especie de puesta en escena que el régimen utiliza como recurso disuasorio.

Para reforzar la tendencia punitivista y de máxima severidad aplicada por los Tribunales cubanos, los jueces podrán disponer en las sanciones que los procesados extingan al menos dos tercios de su pena antes de ser considerados para libertad condicional. Aunque la medida está contemplada en el Código Penal, el dictamen refuerza su aplicación con «el debido rigor».


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LUIS

EXCELENTE, DEBERIAN METER MAS AÑOS....DANAR LO QUE OTROS UTILIZAN DEBEN SANCIONARSE SEVERAMENTE..... PERO HAY Q EMPEZAR POR LO Q SE ROBAN LOS DIRIGENTES, SINO NO VALE.
LUIS

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