Marcha animalista. La Habana, 10 de abril de 2022. Foto: Pedro Sosa Tabio.
¿Cumplirá el nuevo Código Penal las expectativas de los animalistas?
14 / abril / 2022
El domingo 10 de abril de 2022, como es costumbre y a pesar de las presiones gubernamentales, los animalistas cubanos marcharon en el Cementerio de Colón, en La Habana. Esta vez inspirados, además, por el maltrato acontecido en la Feria Agropecuaria de Rancho Boyeros contra un gato que falleció debido al suceso.
Una de las exigencias de los defensores de animales durante la marcha fue la inclusión del delito de bestialismo en el Código Penal (CP), de manera que pueda sancionarse con cárcel lo que el Decreto Ley 31 «De Bienestar Animal» soluciona con multas administrativas.
¿Cumplirá el nuevo Código Penal las expectativas de los animalistas?
La respuesta más acertada sería: solo a medias. El anteproyecto del CP establece por primera vez sanciones de cárcel para quienes sometan a los animales a maltratos físicos o psicológicos. El artículo 281.2 de la propuesta legislativa regula que quienes maltraten de manera física o psicológica a los animales como consecuencia de juegos prohibidos recibirán penas de entre dos y cinco años de internamiento.
Sin embargo, este delito no cumple del todo con las expectativas de los animalistas. Es cierto que podrá utilizarse para sancionar, por ejemplo, a los peleadores de perros, pero no tiene como motivación principal evitar el maltrato animal, sino la realización de juegos ilícitos. Por eso, el nuevo Código Penal, igual que el Decreto Ley 31, no penalizará el maltrato animal que se produzca fuera del marco de los juegos prohibidos o aquel que se cometa en actividades lúdicas consideradas lícitas y fomentadas por el Estado, como la pelea de gallos finos.
El nuevo CP no garantizará que los responsables de hechos como el ocurrido en la Feria de Rancho Boyeros paguen por su delito algo más que una multa; tampoco, que los directivos y trabajadores de Flora y Fauna respondan por el maltrato que sufren los gallos que pelean en sus instalaciones.
***Capítulo 1 de la serie «Lo que no sabes del Código Penal».
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