El «decreto» que supuestamente obliga a registrar tus redes sociales en Cuba es FALSO

6 de mayo de 2026 a las 06:30 a. m.

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Una publicación viral en redes sociales asegura que el Gobierno cubano aprobó un supuesto «Decreto No. 312/2026» que obligaría a los ciudadanos a registrar sus cuentas en redes sociales bajo amenaza de multas, suspensión de Internet e, incluso, confiscación de bienes.

El contenido, difundido por una cuenta en Facebook identificada como Senda Eterna —con más de 46 000 seguidores—, ha acumulado miles de reacciones, comentarios y compartidos. El mensaje simula ser una «nota informativa», con la imagen del gobernante cubano Miguel Díaz-Canel y un lenguaje administrativo que busca aparentar legitimidad. Sin embargo, la información es FALSA. 

¿Existe el «Decreto No. 312/2026»?

No hay registro en la Gaceta Oficial de la República de Cuba de alguna norma con ese número ni con el contenido que describe la publicación. Tampoco hay constancia del supuesto nuevo decreto en ninguna comunicación oficial o reporte reciente de la prensa estatal, según una búsqueda avanzada en Google y en medios oficiales. 

Varios medios estatales cubanos, además, desmintieron la información y confirmaron que se trata de un bulo que circula en redes.

¿Qué afirma el contenido viral y por qué es falso?

El mensaje asegura que a partir del 30 de junio de 2026:

  • Se sustituirían todos los carnés de identidad por versiones con chip digital. 
  • Sería obligatorio declarar todas las cuentas en redes sociales. 
  • Las cuentas no registradas serían consideradas «clandestinas». 
  • Habría sanciones como multas, suspensión de Internet y confiscación de bienes. 

También detalla un supuesto procedimiento que incluye la entrega de listas manuscritas con perfiles en plataformas como Facebook, Instagram, WhatsApp o Telegram.

Esas medidas no han sido anunciadas oficialmente.

¿Existe un registro obligatorio de redes sociales en Cuba?

No hay evidencia de alguna normativa vigente que obligue a los ciudadanos a declarar sus cuentas personales en redes sociales como requisito estatal general.

Aunque el Gobierno cubano ha impulsado proyectos relacionados con identidad digital y plataformas tecnológicas, estos no incluyen —según la información pública disponible— un registro obligatorio de perfiles personales como el que describe el bulo.

Sin embargo, lo anterior no significa que el contexto en Cuba esté libre de restricciones en el ámbito digital y la libertad de expresión.

En la isla sí existe un marco legal y político que ha sido cuestionado por organizaciones internacionales y activistas por su impacto en el ejercicio de derechos en Internet.

Por ejemplo:

  • El Decreto Ley 370 se ha sido utilizado para sancionar difusiones en redes consideradas «contrarias al interés social» con multas a ciudadanos por publicar contenidos críticos. 
  • El Decreto Ley 35 y sus normas complementarias amplían las facultades del Estado para controlar contenidos digitales y el uso de las telecomunicaciones. 

Además, tras las protestas de julio de 2021 en Cuba decenas de personas fueron procesadas judicialmente y algunos casos incluyeron el uso de publicaciones en redes sociales como parte de las acusaciones. 

Este patrón no se limitó a julio de 2021. En manifestaciones posteriores y en acciones de protesta de menor escala también se han documentado casos en los que contenidos publicados en Facebook, WhatsApp o transmisiones en directo fueron utilizados en procesos penales. Organizaciones como Human Rights Watch y Amnistía Internacional han señalado que estos procesos estuvieron marcados por detenciones arbitrarias, juicios sin garantías suficientes y el uso del entorno digital como parte del control estatal sobre la disidencia. 

Organizaciones de derechos humanos han documentado detenciones por expresiones críticas en Internet, procesos penales vinculados a actividad en redes y restricciones al acceso a información y vigilancia digital. 


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