Nuevo Reglamento de Extranjería en España: el drama de los cubanos solicitantes de asilo

Foto: elTOQUE.

Foto: elTOQUE.

Ad Space

La entrada en vigor del nuevo reglamento de extranjería en España, el 20 de mayo de 2025, provocó dudas y preocupación entre la comunidad cubana que permanece en el país europeo; en especial para quienes figuran como solicitantes de protección internacional o asilo político.

Para entender el alcance de estos cambios, elTOQUE conversó con Yeney Acea, abogada cubana y gestora administrativa del Ilustre Colegio de Gestores Administrativos de Madrid, quien explica el impacto de la nueva normativa para los migrantes provenientes de la isla caribeña.

Acea señala que una de las modificaciones que mayor impacto tiene en la comunidad cubana es la nueva forma en que se computa el tiempo de residencia para acceder a los permisos por arraigo. El problema radica en que el Reglamento de Extranjería establece que el período que una persona ha pasado en España como solicitante de protección internacional ya no será contabilizado para la petición de arraigo.

La abogada subraya que la modificación afecta especialmente a los cubanos, en tanto las tasas de éxito en las solicitudes de asilo para nacionales de la isla son muy bajas. La mayoría recibe una respuesta negativa al cabo de dos años o más. Por otro lado, algunos esperaban tres años, desistían de ese recurso y se regularizaban mediante el arraigo.

«A los cubanos, como regla, no les conceden el asilo. De forma excepcional, algunos compatriotas lo han obtenido por razones humanitarias, pero no es lo habitual. Hay mucha incertidumbre en relación con lo que va a pasar en el futuro con los solicitantes de asilo que no han desistido o que no tienen una denegación», advierte la abogada.

En efecto, la solicitud de asilo por parte de los emigrados cubanos aumentó en más de la mitad en 2023 con respecto al año anterior. Ese año, se registraron 3 082 peticiones, pero solo 30 se resolvieron de forma favorable. De acuerdo con datos obtenidos por Diario de Cuba, entre enero y agosto del año siguiente, más de 1 000 cubanos iniciaron el trámite. En igual período fueron rechazadas 368 solicitudes y 292 archivadas. Solo 25 ciudadanos de la isla recibieron una respuesta positiva a sus casos hasta septiembre de 2024.

La tendencia deja sin opciones inmediatas de regularización a quienes hayan trabajado y residido bajo la figura legal de solicitante de asilo en espera de cumplir tres años de permanencia en territorio español, tiempo que exigía la ley anterior para conceder el arraigo. 

El asilo político era una de las pocas alternativas para que los cubanos en situación irregular permanecieran en España «bajo un estatus de tolerancia», apunta Acea. En opinión de la letrada, con el nuevo reglamento no sería una opción recomendable. Puntualiza que tras una denegación de asilo, esas personas tendrán que permanecer en situación irregular durante al menos dos años antes de poder iniciar un trámite de regularización por arraigo. 

Lo anterior se traduce en incertidumbre y vulnerabilidad para ese grupo, salvo que la persona pueda acogerse a la vía transitoria que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha incorporado al reglamento —luego de varias críticas de abogados, activistas y la comunidad migrante—. Esa disposición permite, durante un año, optar por el arraigo tras haber estado en situación irregular seis meses, siempre que la resolución denegatoria o desestimatoria del asilo se haya emitido antes del 20 de mayo de 2025. 

El movimiento Regularización Ya denuncia que este mecanismo obliga a los solicitantes de asilo a quedarse en situación irregular durante medio año y lo califican como un instrumento «disuasorio» del Gobierno para impedir que las personas pidan protección internacional en España. También critica que la oportunidad de recurrir a la alternativa reglamentada tenga carácter provisional: apenas durará los 12 meses siguientes a la entrada en vigor del reglamento. Las solicitudes al amparo de dicha disposición podrán presentarse únicamente entre el 20 de mayo de 2025 y el 20 de mayo de 2026.

En el ordenamiento jurídico español, «el arraigo» es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales (recogida en la norma de extranjería) que permite a personas en situación irregular acceder a un permiso de residencia. Para conseguirlo, deben demostrar que han establecido vínculos económicos, sociales, laborales, familiares o formativos en el país.

El reglamento establece cinco figuras de arraigo: social, sociolaboral, socioformativo, de segunda oportunidad y familiar. Para el arraigo social se requieren ahora dos años de residencia continua, en lugar de tres, y la demostración de vínculos familiares o un informe de integración social. El arraigo sociolaboral exige dos años de residencia y un contrato laboral, con una reducción en el mínimo de horas semanales exigidas.

El socioformativo requiere un compromiso de estudios en áreas demandadas por el mercado laboral. Por último, la modalidad de segunda oportunidad está destinada a quienes perdieron su permiso de residencia en los últimos dos años; y la familiar —que no exige tiempo de residencia— se dirige a quienes tienen hijos nacidos en la Unión Europea o en España.

Además de los cambios en el cómputo del tiempo de asilo para el arraigo, la abogada destaca que la nueva normativa introduce modificaciones relevantes en la reagrupación familiar. Subraya que, en lo adelante, es posible que quienes hayan adquirido la nacionalidad española puedan solicitar la residencia en España de hijos de hasta 25 años, cuando antes el límite era los 21 años.

Sin embargo, precisa que la reforma también ha endurecido las condiciones para la reagrupación de ascendientes. A partir de ahora, solo los padres mayores de 80 años pueden ser reagrupados sin necesidad de demostrar dependencia económica de los hijos. Para los progenitores menores de esa edad, es obligatorio acreditar que están a cargo del familiar español, lo que implica requisitos económicos y administrativos más estrictos. Anteriormente, la edad establecida era 65 años.

El contexto migratorio cubano en España ha cambiado de forma radical en los últimos años. Según datos oficiales, solo entre 2023 y 2024 arribaron al país más de 62 800 cubanos, con un promedio de 3 000 llegadas mensuales. El flujo migratorio cubano hacia la nación ibérica es resultado de la crisis económica en la isla, la búsqueda de mejores condiciones de vida y la posibilidad de miles de ciudadanos cubanos de acogerse a la Ley de Memoria Democrática y obtener la nacionalidad española desde su país de origen.

toque-promo

Si crees que nuestro periodismo es relevante para Cuba y su pueblo, queremos que sepas que este es un momento crítico.

Detrás de cada publicación hay un equipo que se esmera porque nuestros productos cumplan altos estándares de calidad y se apeguen a los valores profesionales y éticos.

Pero mantener la vigilancia sobre el poder, exigir transparencia, investigar, analizar los problemas de nuestra sociedad y visibilizar los temas ocultos en la agenda pública; es un ejercicio que requiere recursos.

Tú puedes contribuir con nuestra misión y por eso hoy solicitamos tu ayuda. Selecciona la vía que prefieras para hacernos llegar una contribución.

Ad Space

Evalúe esta noticia

cargando ...

Comentarios

En este sitio moderamos los comentarios. Si quiere conocer más detalles, lea nuestra Política de Privacidad.

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

MERCADO INFORMAL DE
DIVISAS EN CUBA (TIEMPO REAL)

toque_logo_white
1 EUR390.00 CUP
1 USD370.00 CUP
1 MLC
260.00 CUP
-5
1 CAD240.00 CUP
-2.5
1 MXN18.50 CUP
+2
1 ZELLE368.00 CUP
-2
Calendar iconCUBA