El Gobierno de Panamá publicó un nuevo decreto que modifica de manera parcial el requisito de visa de tránsito para los ciudadanos cubanos.
El Decreto Ejecutivo No. 20 establece que los ciudadanos cubanos que viajen desde cualquier país con Cuba como destino y tengan escala en Panamá, no necesitarán visa de tránsito de este país.
Además, quedan exentos de solicitarla, al margen de su destino de vuelo, los cubanos con estatus de residencia vigente o visa múltiple (utilizada y con una vigencia de no menos de seis meses) otorgada por uno de los siguientes países:
- Canadá
- Estados Unidos
- Estados miembros de la Unión Europea
- Australia
- Corea del Sur
- Japón
- Reino Unido
- Singapur
El resto de los pasajeros cubanos continúa sujeto, al menos durante los próximos tres meses, a presentar una visa de tránsito otorgada por Panamá, que habilita la permanencia en el aeropuerto por un máximo de 24 horas en el camino al destino final.
El Decreto Ejecutivo No. 20 modifica los artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo No. 19, publicado el 8 de marzo de 2022 en la Gaceta Oficial de la República de Panamá y que desencadenó el rechazo de miles de viajeros cubanos. Cientos de ellos se manifestaron en la Embajada panameña para exigir flexibilidad.
El requisito de visa de tránsito representa un trámite adicional para quien viaja con escala en Panamá; debe solicitarse 15 días antes del vuelo y tiene un valor de 50 USD. A partir del 10 de marzo, la oficina consular de Panamá en La Habana comenzó a tramitar los visados de tránsito de los ciudadanos con vuelos entre el 31 de marzo y los primeros días de abril.
Vaivén de normativas
No deben ser pocos los viajeros confundidos en este punto, después de que en las últimas semanas el Gobierno panameño haya establecido y cancelado determinadas normativas, a veces con solo horas de diferencia.
El pasado 21 de febrero el Servicio Nacional de Migración de Panamá publicó un comunicado en el que declaraba que desde el primero de marzo de 2022 los pasajeros cubanos estaban obligados a solicitar visa de tránsito en Panamá.
Horas después, el propio organismo eliminó la publicación y tuiteó que el requisito no se aplicaría.
Pero el 8 de marzo un decreto presidencial retomó la medida y decretó que su aplicación comenzaría el 13 de marzo.
Cuatro días después notificaron que se extendería “por razones humanitarias, el periodo de gracia para la aplicación del Decreto Ejecutivo No. 19 del 8 de marzo de 2022 que establece el requisito de Visa de Tránsito para ciudadanos cubanos hasta el martes 15 de marzo de 2022”, solo dos días más que en la fecha prevista en el inicio.
Quienes tuvieran boletos del 16 de marzo en adelante y no pudieran solicitar la visa de tránsito en el tiempo establecido, fueron invitados a reprogramar su vuelo.
TAMBIÉN TE SUGERIMOS:
comentarios
En este sitio moderamos los comentarios. Si quiere conocer más detalles, lea nuestra Política de Privacidad.
Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *
Alexis
Alina Hernandez