Publican nuevas regulaciones sobre pesca comercial no estatal: ¿algo nuevo?

Foto: Sadiel Mederos.

Publican nuevas regulaciones sobre pesca comercial no estatal: ¿algo nuevo?

6 / marzo / 2024

El procedimiento para la obtención de licencias de pesca en Cuba lo delineó la Resolución 17 del Ministerio de la Industria Alimentaria en abril de 2022, conforme a lo establecido en la Ley de Pesca aprobada tres años antes.

La Ley de Pesca contempla diversas modalidades de pesca autorizadas, entre las que se encuentra la pesca comercial. Dentro de la pesca comercial, la legislación reconoce la variante denominada «pesca comercial no estatal» (la cual implica la obtención de volúmenes específicos de captura destinados a su posterior comercialización). La modalidad puede ser ejercida por personas naturales o jurídicas y nacionales o extranjeras, sea a través del trabajo por cuenta propia o mediante otras formas de gestión no estatal.

La Resolución 17 complementó las disposiciones de la Ley de Pesca al establecer en el artículo 8 que para obtener una licencia de «pesca comercial no estatal» el propietario de la embarcación (o su representante legal autorizado) debía contar con un contrato firmado con una entidad estatal perteneciente al sistema empresarial de la Industria Alimentaria (o con otra entidad autorizada por los directores provinciales de la Oficina Nacional de Inspección Estatal del Ministerio de la Industria Alimentaria). Además, introdujo un requisito burocrático adicional al señalar que las licencias solamente podían expedirse a solicitud de los intendentes municipales.

Es decir, según lo dispuesto en la Resolución 17, los pescadores cubanos no tenían la posibilidad de solicitar de manera directa una licencia de pesca comercial no estatal; debían hacerlo a través de los intendentes siempre y cuando hubieran concertado con anterioridad un contrato para la venta de sus capturas a una entidad estatal previamente definida.

No obstante, apenas seis meses después de la implementación de los requisitos para obtener una licencia de pesca comercial no estatal, el Ministerio de la Industria Alimentaria decidió modificarlos de manera «excepcional y experimental». A través de la Resolución 52 de 2022, el organismo eliminó la obligación para los interesados en obtener una licencia de pesca comercial no estatal de establecer previamente un contrato con una entidad estatal para la comercialización de sus capturas. Además, ordenó la iniciación de un nuevo proceso de venta de licencias de este tipo, en concordancia con lo dispuesto.

La Resolución 52 permitió a los pescadores comercializar sus capturas sin la intervención de entidades estatales, aunque dejó en manos de las autoridades locales la facultad de regular la comercialización de los productos pesqueros al interior de los municipios. Los productos que la normativa autoriza a capturar y comercializar son: peces, túnidos, ostiones, almejas, jaibas y camarones marinos. Cualquier otro producto no contemplado en la lista requiere autorizaciones o licencias especiales de captura.

No obstante, la Resolución 52 dejó claro que la eliminación del requisito de concertar un contrato previo a la obtención de la licencia tendría vigencia temporal —desde la entrada en vigor de la resolución en octubre de 2022 hasta el final de 2023—. En su apartado SÉPTIMO, la resolución estableció que evaluaría «los resultados e impactos del experimento desarrollado» en diciembre de 2023.

Tras evaluar los resultados del «experimento» y para poner punto final a más de tres meses de incertidumbre jurídica (los efectos de la Resolución 52 alcanzaban hasta diciembre de 2023), se publicó en la edición ordinaria del 4 de marzo de 2024 de la Gaceta Oficial, la Resolución 16 de 2024 del Ministerio de la Industria Alimentaria. La norma declara el carácter permanente de la modificación que introdujo la Resolución 52 en el procedimiento para la concesión de autorizaciones de pesca.

En otras palabras, la recientemente publicada Resolución 16 no altera los mecanismos o disposiciones que se han aplicado en Cuba desde octubre de 2022 con respecto a la obtención de licencias de pesca comercial no estatal. Lo que hace es ratificar la permanencia de una modificación que en un inicio se implementó de manera temporal y experimental.

La modificación posibilita que los pescadores comercialicen los productos pesqueros autorizados sin la intervención de entidades estatales, aunque deben cumplir con las regulaciones locales —las cuales pueden variar según la zona del país donde se realice la actividad pesquera—.

Asimismo, obliga a los pescadores a someterse a un proceso de conciliación trimestral con la Oficina Nacional de Inspección Estatal vinculada al Ministerio de la Industria Alimentaria. Para llevar a cabo el proceso, los pescadores deben presentar una declaración jurada utilizando el modelo adjunto en la resolución (que se presenta a continuación).

Los indicios sobre la continuidad de la posibilidad para los pescadores comerciales no estatales de mantener sus licencias sin la obligación de establecer contratos con entidades estatales comenzaron a vislumbrarse en junio de 2023 durante una comparecencia de la viceministra de la Industria Alimentaria en el programa televisivo Mesa Redonda. En esa ocasión, Midalys Naranjo Blanco destacó que, tras la implementación de la Resolución 52 en octubre de 2022, se observó «un aumento en las solicitudes de licencias comerciales para la pesca». La funcionaria indicó que al cierre de mayo de 2023 las licencias de pesca comercial «sumaban 4 042, superando la totalidad procesada en 2022» y apuntó, además, que hasta marzo de 2023 «los nuevos participantes habían informado la captura de 222 toneladas de pescado».

Con las cifras anteriores y si se considera la crisis generalizada que afecta al país incluida la industria pesquera no resultaba descabellado que se ratificara la flexibilización que había posibilitado tales resultados.

Las autoridades cubanas han reconocido que no están en condiciones de retornar a los volúmenes de capturas anteriores a 1990. Entre 1976 y 1990, Cuba mantenía una flota pesquera estatal que operaba en aguas internacionales y contribuía de manera significativa a la oferta de pescado que se consumía en el país (aproximadamente 100 000 toneladas anuales). Sin embargo, tras la crisis de los años noventa del siglo pasado, la flota cubana prácticamente desapareció. Desde entonces, la actividad pesquera se ha concentrado sobre todo en la plataforma insular. En tal contexto, los pescadores comerciales no estatales —que en su mayoría poseen embarcaciones de larga data y escaso calado— desempeñan un papel destacado en la magra oferta de productos pesqueros en el país.

No obstante, la actividad también plantea riesgos. De acuerdo con un artículo publicado en 2019 en la Revista Cubana de Investigaciones Pesqueras, para 2018 el 20.2 % de los recursos pesqueros cubanos se encontraban totalmente explotados, el 74.4 % estaban sobreexplotados y el 5.2 % colapsados.


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Bonet

Muy contento con esta lei
Bonet

Boris Alarcon

Si, comercialice pescado con esta licencia, durante 7 meses, en un punto de venta en el cerro, la población muy contenta, pescado fresco y a buen precio, hasta un dia, me pararon, me dijeron que el intendente no autorizaba a sacarlo del municipio, me multaron los inspectores por teléfono, si por telefono, el intendente nunca aparecio, me confiscaron todo el pescado, reclame la multa, me la quitaron porque habia sido bien injusta, pero fue feo, injusto, al final el pueblo se quedo sin pescado, no volví a hacerlo, nunca viole nada, pero me sentí muy mal
Boris Alarcon

JotaBe

¿Es necesario tener patente de TCP y presentar proyecto de trabajo en la Dirección municipal de TSS para ejercer la pesca comercial no estatal amén de la Licencia de pesca requerida?
JotaBe

Yuleisy

Quiero saber si un pescador con licencia comercial, está obligado mediante una entidad estatal,a vender lo pescado fresco en un establecimiento,o lo pueden hacer en la misma playa.
Yuleisy

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