Las restricciones de viaje que anulan la reunificación familiar en EE. UU.

La reunificación familiar ha sido durante décadas la vía fundamental para que los cubanos de la isla se reúnan con sus familias de manera legal en Estados Unidos. Desde junio de 2025, este proceso —marcado por demoras estructurales desde el cierre parcial del Consulado en La Habana en 2017— enfrenta un obstáculo mayor: la restricción de viaje (travel ban) que prohíbe la entrada total o parcial a territorio estadounidense de ciudadanos de diversos países, entre los que está Cuba.
La orden presidencial, emitida a través de la Proclamation 10949, no elimina las peticiones familiares aprobadas ni cancela los expedientes en curso. Sin embargo, sí obliga a los Consulados a suspender la emisión de visas de inmigrante para la mayoría de las categorías familiares. La excepción es específica: únicamente los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses —cónyuges, hijos menores y padres— pueden seguir recibiendo visas. Para el resto, el proceso ha quedado detenido.
En el año fiscal 2024, Estados Unidos emitió un total de 5 540 visas de preferencia familiar para ciudadanos cubanos, según el informe oficial del Departamento de Estado. Esas visas corresponden a las categorías familiares conocidas como F, que incluyen a los hijos adultos, hijos de residentes permanentes, hijos casados y hermanos de ciudadanos estadounidenses. La categoría más numerosa fue la F2A —cónyuges e hijos menores de residentes permanentes— que sumó 4 081 visas. Le siguieron la F2B, para hijos solteros mayores de 21 años de residentes, con 933 visas; la F1, para hijos adultos de ciudadanos, con 473; la F3, para hijos casados de ciudadanos, con 46; y la F4, destinada a hermanos de ciudadanos estadounidenses, con apenas siete visas emitidas.
Estas cifras demuestran el peso que tienen las categorías F en la migración familiar cubana y explican por qué el travel ban impacta directamente a la mayoría de quienes llevan años esperando la reunificación. Son estas categorías, que históricamente han tenido tiempos de espera largos, las que quedaron fuera de las excepciones del decreto y, por tanto, sin posibilidad de recibir una visa mientras la medida siga vigente.
El resultado es que muchas familias cubanas han acudido a su entrevista consular después de ocho o diez años de espera, han completado los pasos del proceso y al final reciben una notificación informando que la visa no puede ser emitida debido a la proclama presidencial. No se trata de fallas en los documentos ni de errores en el trámite: es una suspensión automática basada únicamente en la categoría migratoria del caso.
Organizaciones especializadas en migración coinciden en que la restricción de viaje tendrá un impacto significativo en la reunificación familiar de los países afectado. Para miles de familias cubanas, la reunificación sigue siendo un derecho reconocido en la ley, pero su ejecución está temporalmente detenida por una decisión presidencial que dejó fuera a la mayoría de quienes llevan más tiempo esperando.
Una década sin ver a su hija
La familia cubana está estrechamente ligada y, al mismo tiempo, profundamente atravesada por la emigración. Desde hace más de medio siglo, la identidad cubana se ha construido, sobre todo, entre dos orillas, entre despedidas en aeropuertos y llamadas que llegan con horas de diferencia.
Para una familia cubana, la distancia no es una excepción: es el escenario donde transcurre la vida. Los hijos crecen lejos de los padres, los abuelos conocen a sus nietos por fotos, los hermanos envejecen sin volver a verse. El afecto se sostiene a pulso, a pesar del mar.
«Yo le puse la reclamación a mi hija en agosto de 2016. Yo traje a su mamá cuando daban las entrevistas en Guyana, pero como era mayor de edad no pudo venir con ella. Con mi hija los papeles se han trabado más», cuenta Henry Peña, un hombre que habla con la calma de quien ha aprendido a esperar, pero con un cansancio que ya no puede disimular.
«Nunca quise frontera, nunca quise bote, nunca quise nada. Quise hacerlo todo legal, dentro de los términos. Cuando le tocó, hice todos los pasos. Hace poco revisaron sus documentos. Todo estaba bien. Tuvo su entrevista el 10 de noviembre de 2025 y le negaron la visa por el travel ban».
Henry cuenta que a su hija solo le dijeron que estuvieran atentos por si en algún momento se levanta la proclama o se logra que su categoría entre en las excepciones. «Diez años esperando y ahora esto. La impotencia es muy fuerte, hasta lloré», confiesa.

Henry lleva 12 años sin ver a su hija. No puede viajar a Cuba por razones políticas, y durante ese tiempo ella se convirtió en mamá. «No he podido ver a la bebé. Va a cumplir un año en diciembre», dice con dolor. «Yo hice todo legal. Incluso no me hice ciudadano porque la categoría de residente avanzaba un año más rápido. Y ahora que ya casi lo lográbamos, nos cerraron la puerta otra vez».
La abogada Vilerka Bilbao dijo a elTOQUE que en algunos casos limitados sí es posible que un residente permanente pueda reclamar a un hijo mayor de edad más rápido que un ciudadano. «El Boletín de Visas cambia todos los meses, así que la recomendación es que siempre revisen su caso con un abogado para ver qué conviene para esa persona en particular. A veces los tiempos de espera varían por meses y también hay que considerar la embajada que le corresponde a la persona que desea ingresar al país. Cada embajada tiene tiempos de espera distintos».
Vilerka aconseja que la mayoría de las veces no conviene retrasar la ciudadanía. «Ahora mismo, algunos países no están procesando casos de peticiones familiares de residentes (por ejemplo, Cuba que este año fue reconocido como Estado que apoya al terrorismo) y entonces solamente los casos de familiares de ciudadanos están disponibles para procesarse».
Por ese motivo, si una persona empezó su reclamación familiar siendo residente y en la espera se convierte en ciudadano, debe notificarle a Uscis el cambio en el formulario de su familiar (I-130). «El error más grande que vemos es que las personas esperan a convertirse en ciudadanas para iniciar el proceso de reclamación porque lo creen más rápido. Es un error y gasta tiempo. Si son elegibles para pedir a un familiar siendo residentes, empiecen el proceso ya, porque van a tener una fecha para la visa más rápida. El día que se conviertan en ciudadanos se cambia la aplicación y se le hace un update a Uscis en la reclamación familiar».
La abogada cuenta que otro error recurrente es que el familiar que espera por su visa hace algo que lo cambia de categoría (casarse, divorciarse, tener hijos, cometer un delito, mudarse de país). «Tienen que discutir estas cosas con los abogados porque muchas veces retrasa el procesamiento de la visa para entrar. He visto personas que están a punto de entrar a Estados Unidos, pero ahora tienen un hijo pequeño y no lo pueden traer consigo ni incluir en su proceso de visa».
Aunque Henry hizo el proceso como es debido e, incluso, actualizó la información cuando su hija tuvo la bebé, le negaron la visa a su hija. Su caso, como el de tantos otros, estaba listo. No faltaba nada. Los documentos estaban aprobados, los pagos hechos. La entrevista tenía fecha. Era el último tramo del camino.
¿Cómo funciona el sistema de peticiones familiares?
Durante décadas, Estados Unidos ha presentado la reunificación familiar como un pilar de su política migratoria. Es un principio que aparece en discursos oficiales, documentos consulares y leyes que priorizan el vínculo familiar como motor de la inmigración legal.
La base legal que sustenta el principio de priorizar la unidad familiar se encuentra en el Immigration and Nationality Act (INA), dentro del título 8 del Código de Estados Unidos. En particular, la sección 1151 (Worldwide level of immigration) reconoce que los inmigrantes patrocinados por la familia (family-sponsored immigrants) son parte esencial del cómputo de inmigración.
El camino de la reunificación comienza con el formulario I-130. Ese documento reconoce el vínculo familiar, pero no garantiza una visa. Una vez aprobado, la solicitud entra a un sistema dividido en dos grupos: familiares inmediatos y categorías de preferencia familiar.
Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses —cónyuges, hijos menores y padres— no enfrentan listas de espera. Su proceso depende solo del tiempo que tarden Uscis y la embajada correspondiente.
El resto entra en un universo distinto: el de las categorías F, que sí están sujetas a límites anuales. Las categorías incluyen a hijos solteros mayores de 21 años de ciudadanos (F1); cónyuges e hijos menores de residentes (F2A); hijos solteros mayores de residentes (F2B); hijos casados de ciudadanos (F3); y hermanos de ciudadanos (F4).
Cada categoría avanza según The Visa Bulletin, una tabla mensual que determina qué casos pueden avanzar según su fecha de prioridad. Para Cuba, esas esperas se hicieron aún más largas con el cierre de la Embajada de EE. UU. en La Habana en 2017, que obligó a trasladar miles de entrevistas a Guyana.
Aun así, cientos de familias avanzaron. Fueron acumulando aprobaciones, pagando tarifas, enviando documentos, completando el DS-260 (Immigrant Visa and Alien Registration Application) —que es un formulario digital que el beneficiario debe llenar después de que el I-130 es aprobado y el caso pasa al Centro Nacional de Visas (NVC)—.
Es, en esencia, la solicitud oficial de la visa para emigrar legalmente a EE. UU. Se llena en línea, a través de la plataforma del NVC.
Una vez que el formulario I-130 es aprobado por Uscis y que el beneficiario completa el DS-260, comienza una etapa decisiva en el proceso de reunificación familiar. Es una fase técnica y minuciosa que determina si el caso puede llegar a la entrevista consular, y que muchas veces se extiende por meses debido a revisiones y cruces de información. Tras el DS-260, el Centro Nacional de Visas exige enviar los documentos civiles que prueban identidad, estado civil, nacionalidad y antecedentes del beneficiario. Son certificados de nacimiento, matrimonio, divorcio, pasaportes, antecedentes penales y cualquier documento que la embajada pueda necesitar para verificar la veracidad del caso.
En paralelo, el peticionario en Estados Unidos debe demostrar que puede sostener económicamente al familiar que viene. Para esa razón, presenta el Affidavit of Support, una declaración bajo juramento que asegura que el inmigrante no será una carga pública. Junto a ese documento, se envían declaraciones de impuestos, evidencias de empleo, estados financieros y cualquier prueba adicional que el Gobierno de Estados Unidos requiera para medir solvencia.
Cuando todos los documentos están subidos al portal del NVC, pagados los aranceles y completado el DS-260, el caso entra en su fase más delicada: la revisión completa del Centro Nacional de Visas. Allí, cada elemento del expediente se analiza para confirmar que está correcto. Si algo falta, se solicita información adicional. Si todo está en regla, el caso obtiene la codiciada clasificación Documentarily Qualified. Significa que el expediente está completo, la documentación fue aceptada y que no hay vacíos, errores ni objeciones.
A partir de ese momento, el caso queda en manos de la embajada correspondiente para la asignación de la entrevista consular. Para las familias cubanas, ese correo que anuncia la fecha de entrevista no es solo una cita: es la confirmación de que la vida, por fin, comienza a moverse. Es el punto en el que muchos venden sus casas, preparan maletas, suspenden trabajos y comienzan a despedirse. En condiciones normales —cuando no existe un veto migratorio—, la entrevista es el paso final. Allí, el oficial consular revisa documentos, hace una serie de preguntas y, si no hay motivo de inadmisibilidad, aprueba la visa ese día.
Luego llega el examen médico, la recogida del pasaporte con la visa y el sobre sellado para Inmigración. Es el momento en que la reunificación deja de ser un sueño para convertirse en viaje.
Cuando la edad y la enfermedad se cruzan con la burocracia
La historia de Libertad Pérez revela otra dimensión del problema: la vulnerabilidad de los padres que envejecen esperando a sus hijos. Su hijo fue reclamado en 2015. Al cumplir la mayoría de edad, el caso cambió de categoría y tuvo que ser presentado otra vez en 2016. El cierre consular y la pandemia ampliaron la espera. Y ahora, cuando parecía acercarse el momento del reencuentro, el travel ban interpuso una barrera inesperada.
«Estoy enferma», dice Libertad. «Llevo ocho años aquí y me he enfermado de tanto sufrimiento. Tengo tiroides. El dolor me está matando. Mi esposo tiene 74 años y tampoco puede más. Incluso, él perdió a un hijo en el Army. Necesitamos a nuestro hijo. Cuando él llegue, podré operarme, porque ahora no tengo quien me cuide».
Habla con la serenidad de quien ha llorado demasiado. «Somos personas mayores. Hemos esperado tantos años intentando hacer todo correctamente. Pero por culpa del travel ban no lo dejan venir».
Para Gemimah Rodríguez Pérez, esta situación ha sido un duro golpe. «Soy peticionaria de mi hija y de mis dos nietos. Llevamos casi diez años esperando una emigración legal, justa, dentro de los parámetros de este país. La familia está frustrada: mi esposo, mi hija, mis nietos. Todos».
Gemimah contrató abogados para evitar errores. Pagó cada tarifa, reunió cada documento, cumplió con cada petición del NVC. Lo hizo todo como el sistema exige. Pero cuando se acercaba el momento de reunir a su familia, llegó la proclamación que hoy impide emitir la visa a muchas categorías de preferencia familiar.
«La proclama del travel ban limita que ellos reciban la visa para viajar. Lo hicimos todo dentro de la ley, pagamos, esperamos, confiamos. Y ahora nos dicen que nuestra categoría no está dentro de las excepciones. No entendemos por qué», afirma.
Mientras espera, sus nietos crecen: uno ya tiene 14 años; el otro, 5. «El mayor tenía 4 cuando puse la reclamación», cuenta. «Ahora es líder en un equipo de fútbol, y su sueño era llegar a este país donde tendría oportunidades. El pequeño ya debería haber empezado aquí preescolar. Todo lo hemos construido alrededor de esa esperanza».
La espera en Cuba desespera
El impacto no termina en Estados Unidos. Para familias como la de Sissi Calderín, que permanece en Cuba con su niña, el travel ban representa la cancelación del único camino seguro que habían elegido.
«El travel ban nos afectó muchísimo porque la reunificación era la única vía para llegar legalmente a Estados Unidos», cuenta Sissi. «No queríamos frontera. No queríamos que nuestra niña pasara por esos peligros. Hicimos todo como debía ser. Pero ahora, aunque tengamos entrevista y aunque seamos aprobados, no nos dejan entrar».
Sissi ha visto cómo a otras categorías sí les entregan la visa sin problemas, mientras niños en categorías F reciben rechazos inmediatos. «Queremos que quiten el travel ban para las categorías F. Nuestros niños merecen vivir con sus padres, crecer en un país libre, con todos sus derechos».
Cuando un residente permanente de Estados Unidos, como es el caso del esposo de Sissi, presenta una petición I-130 para su hijo o su cónyuge, el travel ban no elimina ese proceso. La petición sigue siendo válida y continúa su curso normal. Lo que cambia es el final del camino: la capacidad de la embajada para emitir la visa. Ese es el punto exacto donde muchas familias están quedando atrapadas.
En el primer escenario, la petición puede avanzar por completo. El caso puede ser aprobado por Uscis, revisado por el Centro Nacional de Visas, y hasta recibir una fecha de entrevista en la embajada. Pero al llegar ese momento, la visa no puede ser emitida porque la proclamación presidencial prohíbe entregar visas de inmigrante a determinadas categorías de países, incluida Cuba. Es un limbo burocrático: el caso está listo, pero no se puede finalizar.
En un segundo escenario, algunas peticiones de residentes podrían avanzar si el beneficiario encaja en las excepciones del decreto. Estas excepciones incluyen razones humanitarias extremas o consecuencias graves para un ciudadano estadounidense. Son excepciones muy limitadas y difíciles de probar, por lo que pocas familias logran beneficiarse.
Según explicó a elTOQUE la abogada Vilerka Bilbao, las excepciones son discrecionales. «No hay reglas de cuáles casos específicos califican, por eso, si la persona tiene situaciones de urgencia/humanitarias, se recomienda aplicar».
Existe también un tercer escenario, que es el más común entre los cubanos: las categorías F de preferencia familiar pedidas por residentes (como F2A y F2B) están entre las más afectadas por el travel ban. No porque el caso no exista o esté mal hecho, sino porque la embajada tiene prohibido imprimir la visa final. Finalmente, si el peticionario residente se hace ciudadano, algunos casos pueden cambiar a una categoría más ventajosa. Esto a veces desbloquea la emisión de la visa, especialmente cuando se trata de hijos menores o cónyuges. Sin embargo, no siempre soluciona la situación: los hijos mayores de 21 años siguen quedando en categorías que también pueden estar afectadas por el veto.
En síntesis, las peticiones hechas por residentes no están canceladas. Pueden continuar e incluso ser procesadas y técnicamente aprobadas. Pero la visa —el documento final que permite viajar— no será emitida mientras el travel ban esté vigente.
Acciones que se realizan para pedir un cambio en la ley
Las personas cuyos procesos de reunificación familiar están afectados por el travel ban han comenzado a organizarse dentro y fuera de las redes para visibilizar el impacto de la medida.
Una de las iniciativas más significativas fue la movilización realizada el domingo 16 de noviembre de 2025 frente al Versailles Restaurant, en Miami, donde residentes y ciudadanos exigieron que las categorías F no queden paralizadas por el nuevo veto migratorio. Aunque esta fue la primera acción presencial reciente, el reclamo se viene articulando desde hace semanas mediante publicaciones, testimonios y llamados de atención en distintas plataformas virtuales.
A través de Instagram, Facebook y TikTok, decenas de personas afectadas han compartido sus historias. Estos contenidos han sido claves para explicar por qué esta medida, justo cuando muchos casos están por avanzar, podría convertirse en un golpe irreversible para cientos de hogares.
En paralelo, miembros de la comunidad están recogiendo firmas para enviar una carta a Marco Rubio, pidiéndole que intervenga ante el Departamento de Estado para garantizar que las categorías F no queden atrapadas en un limbo administrativo. La carta subraya la urgencia de brindar claridad sobre los tiempos de procesamiento y evitar que las familias continúen acumulando años de separación.
Está convocada una segunda manifestación para el domingo 30 de noviembre, nuevamente frente al Versailles, con el objetivo de ampliar la participación ciudadana y mantener el tema en la agenda pública. Los organizadores esperan que más personas se sumen, acerquen sus historias y contribuyan a fortalecer la presión social para que se escuche el reclamo central: proteger la reunificación familiar de nuevas restricciones migratorias.













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