Foto: Yudith Vargas Riverón
Traidores a la Patria: concepto en conflicto ante la nueva Constitución
18 / octubre / 2018
—Mi hija está muy grave. Por favor, déjenme verla, suplicó Manoreys antes de explotar en llanto.
—Usted sabe que si abandonó una misión internacionalista no puede volver en ocho años a Cuba. Es la ley. Acompáñeme de vuelta a otro avión.
A las 8.00 a.m. del lunes 26 de febrero de 2018, Manoreys Rojas llega a La Habana. Toma su maleta de la estera y se presenta ante el oficial de Inmigración. El hombre le pide que mire a la cámara, abre el pasaporte azul y revisa algunos datos en la computadora.
La noche antes, María Claudia Rojas con 11 años se había atiborrado de pastillas para los nervios. Trece tabletas de Amitriptilina pasaron por la garganta de la niña y varias horas después todavía está grave en un hospital de Sancti Spíritus. La última vez que vio a su padre fue en 2016.
—¿Usted cómo abandonó el país?, le pregunta el funcionario casi sin levantar la mirada.
—Estaba de misión y no regresé.
—Colóquese detrás de la línea amarilla y aguarde por mi superior.
Diez horas después de llegar a La Habana, de tenerlo esperando en una sala de la terminal 2 del Aeropuerto Internacional José Martí, de que implorara en Emigración que no lo regresaran en otro vuelo sin ver a su hija; a Manoreys le entregaron su pasaporte y lo enviaron de vuelta a Miami.
El 2 de marzo de este mismo año solicitó una visa humanitaria como último recurso. Hasta hoy no ha recibido respuesta.
Desde que Manoreys se licenció en traumatología y ortopedia en Santi Spíritus concibió una posible misión internacionalista como el camino hacia una vida más próspera. “Cada vez que llegaba a la casa me quitaba la bata e iba a cebar cerdos. No quería vivir siempre así. Necesitábamos un cambio”. Finalmente en 2014 tomó un avión rumbo a Ecuador como parte de la misión médica de Cuba allí.
Rojas ha sido uno de los 407 mil profesionales de la salud que desde 1963, cuando la isla inició oficialmente la colaboración médica internacional en Argelia, ha integrado estas misiones. Hasta hoy suman 164 los países beneficiados y es la exportación de sus servicios el principal renglón de la economía nacional.
Después de un año en Ecuador, las autoridades cubanas dieron por terminado su contrato y le pidieron que volviera al país. Él se negó a regresar. “Desertó”.
Ahora vive en Estados Unidos donde trabaja como chofer de Uber mientras estudia enfermería. El precio a pagar por su decisión es ocho años de exilio y una familia sin carencias materiales, pero rota.
Nación, emigración y gobierno: relaciones que no terminan de distenderse
En octubre de 2017, el canciller cubano Bruno Rodríguez anunció un paquete de medidas que favorecerían a los emigrados cubanos. “El Gobierno de Estados Unidos cierra y Cuba abre”, dijo en ese entonces.
Al escucharlo Manoreys tuvo la esperanza de volver con sus hijos y padres. Rodríguez comunicó: “Será permitida la entrada de los ciudadanos que salieron ilegalmente del país, excepto aquellos que lo hicieron a través de la Base Naval de Guantánamo”.
Las medidas fueron impulsadas casi un año después de que el expresidente de los Estados Unidos, Barack Obama derogara la llamada “ley de pies secos, pies mojados”, al igual que el Cuban Medical Professional Parole Program (CMPPP) un programa que estimuló el abandono de las misiones oficiales en países como Venezuela y Brasil.
Parecía el momento adecuado para que la isla repensara su relación con los médicos exiliados.
Solo que más adelante la prensa nacional aclaró que podrán entrar “siempre y cuando no hayan desertado de misiones diplomáticas, deportivas o médicas. En ese caso sí se mantiene la prohibición de volver al país durante los ocho años siguientes a su salida”.
A menos que el profesional decida reinstalarse en el archipiélago de manera definitiva, en condición de repatriado. Bajo esa condición, el castigo desaparece y hasta puede optar por una puesto en el mismo sistema de salud que dejó.
Traición a la patria y la nueva Constitución
Actualmente a los médicos, deportistas, maestros, a cualquier profesional que haya rehusado volver en medio de un contrato de trabajo, se le acusa de traición y se le impide su regreso. Son los llamados “inadmisibles”.
A pesar de que la traición a la patria no está tipificada en el Código Penal cubano y, por tanto, no es un delito civil, a los que optaron por emigrar, el castigo les pesa.
Para el Doctor en Ciencias Jurídicas Julio Antonio Fernández Estrada, una medida como esta es inaceptable y viola los derechos humanos.
“Abandonar un contrato de trabajo tiene consecuencias contractuales, administrativas y laborales, pero nunca migratorias. A menos que estemos hablando de una misión militar, que no es el caso”.
Una opinión semejante a la del abogado fue por primera vez escuchada públicamente en el Parlamento Cubano el pasado mes de julio, cuando el diputado Miguel Barnet pidió modificar el calificativo de “traición a la patria”, que se cuelga a quienes abandonan el país mientras cumplen misión en el extranjero.
En las sesiones de la Asamblea, el presidente de la Unión Nacional de Escritores y Artistas (UNEAC) expuso que traidores son quienes se pasan al ejército enemigo, están al servicio de una potencia extranjera, o quienes cometen un acto terrorista.
Según el razonamiento del intelectual, ni Manoreys, Nora, Tays, Mara, Jorge, Maritza, Robert, ni otros profesionales que eligieron no volver, deberían ser vistos así.
Piensa Manoreys que el debate constitucional es quizá el mejor contexto para que los cubanos expatriados, como él y sus familias lleven a cada barrio, a cada plataforma disponible, su petición de que cese esta política. Por el momento ya algunos lo han hecho.
Annarella Grimal, una de las administradoras del grupo de Facebook No somos desertores, somos cubanos libres, se entrevistó el 29 de septiembre en Dublin con la vicecanciller cubana, Ana Teresita González Fraga, en la embajada de Cuba en Irlanda.
En el blog del grupo, Annarella relata algunas sus preguntas a la diplomática “¿Usted sabe lo que son ocho años de cárcel, de exilio forzado, de separación familiar solo por abandonar un contrato laboral? Es terrible.”.
La visión de la vicecanciller era distinta a la de Grimal. González Fraga se refirió al abandono del contrato, al robo de cerebros y a la gratuidad de los servicios en Cuba.
La diplomática insistió que tiene que haber una medida.
En tanto, Nora, otra de las doctoras que no ha podido regresar a su país en cuatro años, unas semanas atrás publicó un video donde se dirige a la administración cubana.
En dos minutos frente a la cámara cuenta la historia de una familia separada, la suya, y pregunta al gobierno cuándo cesará este castigo.
Con el presente proyecto constitucional, Cuba regula nuevos Derechos Humanos en su Carta Magna, y suma a su ordenamiento jurídico las normas y tratados internacionales firmados por la isla. Entre ellos, por ejemplo, está la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada en agosto de 1989.
En ese documento se reconoce el derecho del infante a conocer a sus padres y ser cuidado por ellos, a no ser por resolución judicial dictada para proteger intereses del menor.
Al separar a Manoreys de sus dos hijos, por no cumplir un contrato de trabajo, e impedirle verlos crecer, la administración cubana podría violar su nueva Constitución.
Cuando se apruebe una nueva “Ley de Leyes” en la cual Cuba se define como “un estado socialista de derecho”, el documento indicará que la ley es lo que impera.
Existen varios decretos, disposiciones, resoluciones actualmente en vigor en Cuba que se refieren, directa o indirectamente, al abandono de funciones laborales de los trabajadores cubanos en general y, en particular, de aquellos altamente calificados.
Artículo 135 de la Ley no. 62 “Código Penal”, recogido en el título II Delitos contra la Administración y la Jurisdicción, Capítulo I, violación de los deberes inherentes a una función publica, Sección quinta ‘abandono de funciones’:
ARTÍCULO 135.1. El funcionario o empleado encargado de cumplir alguna misión en un país extranjero que la abandone, o, cumplida ésta, o requerido en cualquier momento para que regrese, se niegue, expresa o tácitamente, a hacerlo, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años.
2. En igual sanción incurre el funcionario o empleado que, en ocasión del cumplimiento de una misión en el extranjero y contra la orden expresa del Gobierno, se traslade a otro país.
Sobre el tratamiento hacia los cuadros, profesionales y atletas que requieren autorización para viajar al exterior. (11 de octubre de 2012)
ARTÍCULO 1.– Son sujetos del tratamiento regulado en este Decreto los comprendidos en las categorías siguientes:
a) Cuadros categorizados como directivos superiores y directivos en los aparatos centrales de los órganos, organismos, entidades nacionales, consejos de la Administración y organizaciones superiores de dirección empresarial, así como los directivos y ejecutivos que se desempeñan en actividades vitales para el desarrollo económico, social y científico-técnico del país y en cargos con facultades decisorias sobre los recursos financieros y materiales;
b) graduados de la educación superior que realizan actividades vitales para el desarrollo económico, social y científico-técnico del país en los programas estratégicos, proyectos de investigación y servicios de salud; (Se aplica a partir del 7 de diciembre 2015 para las salidas al exterior por asuntos particulares de profesionales médicos de diferentes especialidades que realizan actividades vitales en los servicios de salud a la población y en la actividad científico-técnica).
c) técnicos de nivel medio especializados que realizan actividades vitales para mantener los servicios de salud y la actividad científico-técnica;
d) atletas de alto rendimiento, técnicos y entrenadores vitales para el movimiento deportivo cubano.
ARTÍCULO 2.- El tratamiento a los sujetos que se refieren en el artículo anterior es el siguiente:
a) Los comprendidos en los incisos a), b) y d) pueden ser autorizados, previo análisis de cada caso, a viajar al exterior por asuntos particulares.
Cuando la solicitud es para residir en el exterior, son autorizados en un plazo que no exceda de cinco años naturales, desde la fecha en que se solicita. Durante este plazo se realiza el entrenamiento del relevo en la actividad vital de que se trate, en los casos que corresponda.
b) Los comprendidos en el inciso c) reciben similar tratamiento a lo establecido en el numeral anterior. Cuando la solicitud es para residir en el exterior, se autorizan en un plazo que no exceda de los tres años naturales, desde la fecha en que se solicita.
Para los sujetos comprendidos en el Artículo 1, la desvinculación del trabajo no exonera del cumplimiento de los plazos establecidos para que se autorice la solicitud de residir en el exterior. Cuando el jefe facultado considere que existen razones humanitarias, autoriza la salida al exterior de los sujetos de este Decreto, incluidos en las regulaciones anteriores, sin atenerse a los términos establecidos. En el caso de los cuadros se cumple el procedimiento específico dictado a esos efectos, de forma expedita.
Modificativo de la Ley No. 1312 ‘Ley de Migración’, Artículos 23, 24 y 25, para regular la entrada y salida de profesionales cubanos, especialmente los del sector salud. (16 de octubre de 2012).
Artículo 24.1: A los efectos de la entrada al territorio nacional, resulta inadmisible toda persona que se encuentre comprendida en alguno de los supuestos siguientes:
a) Tener antecedentes de actividades terroristas, tráfico de personas, narcotráfico, lavado de dinero, tráfico de armas u otras perseguibles internacionalmente.
b) Estar vinculado con hechos contra la humanidad, la dignidad humana, la salud colectiva o perseguibles en virtud de tratados internacionales de los que Cuba es parte.
c) Organizar, estimular, realizar o participar en acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado cubano.
d) Cuando razones de Defensa y Seguridad Nacional así lo aconsejen.
e) Tener prohibida su entrada al país, por estar declarado indeseable o expulsado.
f) Incumplir las regulaciones de la Ley de Migración, su Reglamento y las disposiciones complementarias para la entrada al país.
La autoridad migratoria puede poner a disposición de las autoridades competentes a las personas comprendidas en el Apartado 1 de este artículo, cuando el hecho es perseguible en el territorio nacional conforme a la Ley y los tratados internacionales de los que Cuba es parte.
La autoridad migratoria puede autorizar la entrada al país de las personas comprendidas en los incisos e) y f) del Apartado 1 de este artículo, cuando razones humanitarias o de interés estatal así lo aconsejen.
Res. No. 168 del MINCEX
“Reglamento disciplinario para los trabajadores civiles cubanos que brindan servicios en el exterior como colaboradores” (2010)
Esta resolución establece los derechos y normas de conducta que el colaborador debe cumplir en el exterior e irónicamente no contempla el abandono permanente de sus deberes laborales.
Sin embargo, lo que mantiene a cientos de profesionales cubanos separados de sus familias es una política fantasma.
Cuando los afectados han pedido acceso a este documento en los órganos de justicia nacionales, no han encontrado respuesta. “La política de los ocho años no aparece. No la quieren mostrar o no existe”, explican.
Hasta donde se sabe, no es una ley que emitiera la Asamblea Nacional, ni un decreto del Consejo de Estado. Podría ser, quizás, una resolución ministerial, pero los afectados no tienen certeza de a qué se enfrentan porque ninguno ha podido ver su cuerpo.
El doctor Fernández Estrada explica que todo el derecho producido en Cuba tiene que ser público y estar contenido en la Gaceta Oficial, aunque no esté incluido en una normativa de alto rango.
“Ocultar una normativa es ilegal y anticonstitucional. Va además contra todo el sistema del ordenamiento político cubano y contra el sistema de derecho que establece que las normas jurídicas y los actos normativos del Estado deben ser todos oficiales y accesibles”.
Pero mantener como secreto documentos de valor legal es una práctica que ha ocurrido antes en el país. Recordemos que la Resolución del Ministerio de Turismo que prohibía la entrada de los cubanos a los hoteles, tampoco apareció nunca en la Gaceta, pero se implementó durante muchos años.
El hecho de que algunas disposiciones estén ocultas tiene para Fernández Estrada una posible explicación:
“Van contra disposiciones normativas de mayor rango. Y al ser secretas nadie las puede atacar jurídicamente. Esto es lo que debe estar pasando con la política de los ocho años”, infiere el experto antes de concluir que impedir que cubanos hoy se reencuentren con sus hijos y padres es un abuso de autoridad.
A esto se le añade que no se aplica con igual rigor esta medida a todos los profesionales. Mientras que los de la salud deben aguardar 96 meses y solo tramitar una posible visa humanitaria si un familiar de primer grado está próximo a morir, algunos deportistas que han abandonado competencias en el exterior, regresan a Cuba antes del lapso establecido.
Esta diferenciación para el máster en derecho Raudiel Peña, afecta el principio de igualdad que debería regir la ley.
“Se castiga a los médicos por encima de otros profesionales porque la exportación de estos servicios es un sector estratégico económicamente”.
A juicio del experto, el actual escenario podría ser el ideal para cambiar esta injusta medida. “Solo depende de si existe o no voluntad política para hacerlo”.
Hasta hoy el gobierno cubano no muestra interés en transformar la normativa de exilio. No lo hizo Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado, cuando respondió a Miguel Barnet en la Asamblea, ni la viceministra Fraga, en Dublin, cuando la activista Grimal la confrontó.
¿Hasta cuándo el castigo?
En los últimos tres años murió el padre biológico de Manoreys, también algunos de sus tíos. Su hija intentó suicidarse. Unas semanas atrás falleció también el hombre que lo crió. A él no lo han dejado regresar.
El 15 de octubre Enmanuel Alejandro, su hijo más pequeño, cumplió 8 años. Manoreys lo llamó y el niño preguntó una vez más que cuándo regresa. Hubo silencio.
La última foto que tienen juntos fue el 14 de agosto de 2016. El padre está sentado entre los dos niños. Ellos lo abrazan. Los tres sonríen a la cámara.
comentarios
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Juan
Ana
Annarella
Miriam celaya
Hay que agradecer el artículo de esta periodista y su preocupación por visibilizar un tema tan sensible.
Susy
Cubanón Regusanón
Jorge
Annarella
Enrique
Albio
Alpha
ISBEL DÍAZ Torres
Magalis arce
Lo que hoy sucede con eatas familias es inhumano e ilegal.
Muy completo el artículo. Felicidades
Minerva Madrigal
Lopez
Manuel
Ricardo Mesa
Manco
Alex
Maikel
Vaya a Google y ponga : Negacion de entrada a tu propio pais
No encontrara nada porque Cuba es el unico pais que comete tal aberracion , sin dudas hay que tener la cara dura para ir a la ONU a gritar basuras mientras hay miles de madres en Cuba llorando por no poder ver a sus hijos. Pero cada pueblo tiene el gobierno que se merece, si tenemos un gobierno fascista es porque lo hemos permitido, hemops dejado que secuestren el pais y a nuestras fasmilias y a nuestros derechos, abominable ese gobierno, cada dia los odio mas y solo le pido a Dios que me de fuerzas para llegar bien lejos en Estados Unidos y lograr tener poder en mis manos algun dia para tomar medidas en contra de esos criminales que torturan a tantas familias.
CubanoAPie
Hasta cuándo tanta injustia en nombre de una ideología que nos divide para controlarnos mejor?
Algún día este pueblo valiente se va a sacudir toda esa lacra y ese es el gran temor de esa crápula governante.
OSCAR
No estoy de acuerdo en que sean excesivamente drásticas y que puedan flexivilizarse por razones eminentemente humanitarias.
Cuba es restrictiva en ese sentido,porque el entorno es excesivamente drástico con Cuba.
O como le llamaría usted a que un deportista cubano,de cualquier especialidad debe renunciar a su residencia cubana para poder actuar en EEUU,o que el gobierno de ese país niegue la visa tantas veces estime conveniente a un familiar de cubano residente en Cuba por presunto emigrante,o incluso persistan en un bloqueo asfixiante,especialmente gravoso en momentos de catástrofes naturales y aun asi persista en la formación de médicos, personal especializado de la salud,ingenieros,docentes…etc.
El gobierno de EEUU en ocasiones,ha tenido momentos de acercamiento en política de emigración y comercio,no porque EEUU es hipócrita al negociar con un gobierno “violador” de los derechos humanos,es que un país reiteradamente violador de los derechos humanos,flagrante desconocedor de estos derechos en mecanismos internacionales… no tiene muchas alternativas…
Si no lo cree,preguntarle Rodney y a muchos asesinados a los que no le asiste el derecho de la 2 ENMIENDA,y que perecen en las calles del propio país que los vio nacer,y hasta son masacrados delante de su familia,niños pequeño incluso,por aquellos que si le asiste el derecho de la primera,segunda tercera…veinticuatro ENMIENDA.
OSCAR
Sabes que no te darán la visa,sabes que para ellos es mucho mejor que abandones tu misión y utilizarte como instrumento político; entonces usted,no tendría mas remedio que aprovecharse de la gestión humanitaria de una misión medica para alcanzar su objetivo.
Pero además, si usted sabe que seguramente,las medidas de su gobierno son especialmente restrictivas con esas personas,evitando asi una fuga importante del capital humano que tanto cuesta formar en este país, porque antepone usted sus particulares anhelos, a la escencia humanitaria de la misión para la que te preparo el país donde nacistes.Si además, sabes que tienes familiares en Cuba,hijos padres,esposa que seguramente sufrirán tu ausencia y aun así lo haces…sabes por que te arriesgaras… porque sabes que como cubano no calificas para emigrar a EEUU si no arriesgas tu vida o abandonas la confianza que tu país deposito en ti…entonces comienzas a ser útil para EEUU.
Porque entonces no dicen que tu familia esta sufriendo porque antepusistes tus intereses a ellos en una simple muestra de egoísmo… porque no solicito visa para usted o su familia…muy simple,usted no calificaría nunca…no se la van a dar jamás… entonces no tiene otra opción que abandonar la misión medica o deportiva.
El país al que usted desea emigrar en busca de mejoras económicas, no le deja otra opción.Cree que su país no se va a defender contra su proceder,si el gobierno de EEUU no le facilita a usted la regular emigración lagal…porque ha de hacerlo Cuba,eso en cualquier país se llama deserción, porque aprovecha los particulares afanes humanitarios de una misión medica,etc,muchas veces patrocinada por instituciones internacionales como la OPS,OMS…para su propio beneficio,evadiendo el compromiso contraído no solo con su país, sino tambien con estas instituciones…sabes cuanto le cuesta,en avituallamientos solamente a la OPS llevar a un medico cubano a un sitio intrincado de cualquier paraje brasileño; decenas de miles de dólares… que con su deserción,se frusta el intento de que esos recursos lleguen a los más necesitados.
Pregunten a todo ciudadano español residente en Cuba,como son tratados los cubanos por las autoridades de emigración en el aeropuerto de Miami,por la simple presunción de que usted va a trabajar,que es en esencia a lo que seguramente va un médico u otra persona que desidia abandonar su misión, cual es el resultado de esta presunción…10 años sin entrar a territorio de EEUU.
Pueden mirarlo desde ese punto de vista…pero es mas fácil decir queCuba viola excesivamente los derechos humanos…y acaso EEUU no viola el universal derecho de emigrar en busca de mejores condiciones de vida,jamás se han cumplido las 20000 visas.
diana
Conozco al menos 4 personas que terminaron sus contratos (o becas) a los que habían accedido mediante instituciones cubanas, regresaron al país, pidieron sus bajas en sus instituciones, se pagarons sus visas, pasaportes, pasajes y se regresaron al país a donde decidieron emigrar. Eso es ética.
Claro que yo creo que no ser ético no es ilegal, no es un crimen y yo creo que no merece una deportación de 8 años. Lo que hacen es una mierda, pero el castigo es excesivo y además no resuelve ni uno solo de los problemas que creó esa deserción.
Yo creo que se les podría imponer una multa acorde con el daño causado por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Una idea…
José Román
Por demás, como dice un proverbio chino, “no culpes a nadie de tus errores.”
Porque además, algunos olvidan que el que deserta, no defraudó al estado: Defraudó a la sociedad, que fue la que pagó su formación y su misión.
Raul
El gobierno irrespeta derechos humanos a todos los Cubanos que viven en el extranjero al exigirles pasaporte Cubano y a sobreprecio. Tambien cuando no permite la entrada de algunos (Sin haber roto contrstos)
Lilian
Daniel
Stan
Gleibys ARMAS
CAMAGÜEYAna
Vanessa