Derechos trans en Cuba. Las brechas del presente ante la nueva Ley 180

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Foto: archivo.
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Hasta la fecha, Gabriela Ascalapha no ha iniciado el proceso para adecuar legalmente su nombre a su identidad de género. El temor a posibles complicaciones legales en el futuro, sumado a su rechazo a la burocracia, la ha llevado a aplazar ese «primer paso», dijo a elTOQUE. La idea de entrar en una oficina en La Habana, soportar las esperas, tratar con funcionarios y enfrentarse a un procedimiento que percibe como incierto basta para que vuelva a posponerlo. Aunque reconoce que «en algún momento tendrá que hacerlo», trabaja en una empresa privada que describe como «LGBTIQ+ friendly» y, siempre que puede, evita cualquier gestión institucional.

Desde 2022, las personas trans en Cuba pueden solicitar el cambio de nombre ante un registrador sin haberse sometido a una cirugía de adecuación genital. La Instrucción 1 de ese año del Ministerio de Justicia eliminó ese requisito, aunque mantuvo exigencias administrativas, como acreditar el uso social del nombre solicitado. Ese marco cambia con la Ley 180/2025 del Registro Civil, publicada en la Gaceta Oficial el 16 de marzo de 2026, cuyo plazo de 180 días naturales para entrar en vigor se cumplió el 12 de septiembre, aunque las autoridades anunciaron su entrada en vigor para el día 16. La nueva norma deroga la Ley 51 del Registro del Estado Civil de 1985 y, entre sus disposiciones, reconoce expresamente la identidad de género como motivo para modificar el nombre. Establece además un procedimiento específico para la rectificación del dato registral relativo al sexo, sin exigir una cirugía genital como condición. A la par, la norma configura el Registro Civil como un sistema único y electrónico, lo que permite acceder a sus servicios desde cualquiera de sus oficinas y prevé mecanismos de coordinación entre registros, como parte de una reforma orientada a modernizar el sistema, fortalecer la seguridad jurídica y mejorar la calidad de los servicios registrales.

Tras años de demandas sostenidas por personas trans y organizaciones LGBTIQ+, Cuba incorporó una serie de cambios legislativos que ampliaron el reconocimiento jurídico de los derechos de las personas trans y de otras personas LGBTIQ+. Una de esas reformas fue el Código de las Familias de 2022, que consolidó principios de igualdad y no discriminación en el ámbito familiar. Sin embargo, el reconocimiento legal alcanzado en los últimos años no ha eliminado las barreras que atraviesan la vida cotidiana. La burocracia, el acceso desigual al empleo, la precariedad económica, la falta de redes de apoyo y las experiencias de discriminación siguen moldeando la forma en que esos derechos pueden ejercerse. 

¿Cómo deben funcionar los trámites?

Bajo la normativa anterior, John Martí Fonseca, residente en Granma, describe su experiencia en el Registro Civil como «muy desfavorable». Asegura que había reunido «todos los documentos pertinentes» para solicitar el cambio de nombre y, aun así, encontró «mucho burocratismo» y «demasiadas trabas». Le cuesta entender que, pese a tratarse de un sistema regido por una legislación nacional, no pudiera realizar el trámite en una provincia distinta de aquella donde consta su inscripción de nacimiento. Esa experiencia contrasta con otros ámbitos de su vida: Fonseca afirma sentirse reconocido institucional y socialmente en su identidad de género y sitúa sus principales «agravios y molestias» en las gestiones ante el Registro Civil.

Lidia Romero, abogada y activista por los derechos humanos de las personas LGBTIQ+ y de las mujeres, aclara que la experiencia de John ocurrió bajo un marco que ya permitía iniciar el trámite donde vivía la persona solicitante. «La solicitud puede presentarse en la oficina del Registro Civil correspondiente al lugar de residencia», explica. Viajar al municipio o la provincia donde quedó asentado el nacimiento no constituía un requisito legal; cuando una oficina exigía ese desplazamiento, imponía una barrera administrativa que la norma no establecía.

La Ley 180 regula de forma más detallada la coordinación entre los registros. Su reglamento dispone que cualquier trámite registral puede iniciarse en cualquier oficina del país. El registro que recibe la solicitud debe verificar la documentación, abrir o actualizar el folio, registrar la solicitud en el sistema y remitir por vía electrónica lo que corresponda; los documentos físicos deben digitalizarse en un plazo máximo de 48 horas. Romero resume el efecto práctico de estas disposiciones: «Esa gestión corresponde a los registros. La persona no debería tener que llevar papeles de una provincia a otra. Si una oficina obliga a una persona a trasladarse sin una base legal clara, o se niega a recibir la solicitud sin explicarle formalmente las razones, estamos ante una mala práctica administrativa que debe ser cuestionada».

La abogada distingue dos trámites que suelen confundirse: «Una cosa es el cambio de nombre y otra es la rectificación del dato registral relativo al sexo. Están relacionados, pero no son lo mismo». Para las personas adultas, la rectificación de este último se tramita mediante un expediente que debe contener la solicitud personal y el dictamen del equipo multidisciplinario coordinado por el Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex). La certificación de nacimiento solo deberá aportarse si no puede obtenerse directamente del sistema. «La [nueva] norma deja claro algo fundamental: ese trámite no puede depender de una cirugía genital ni de una modificación previa de la apariencia o de la función corporal de la persona», afirma.

Un joven trans de Ciego de Ávila contó a elTOQUE que, hasta donde ha podido informarse, los servicios registrales vinculados al reconocimiento de su identidad «aún no han llegado» a su provincia. Por esa razón, cree que, al cumplir los 18 años, se verá «en la obligación de viajar» para acceder a ellos. La abogada aclara, sin embargo, que una dificultad en la prestación de esos servicios en una oficina puntual tampoco convierte el traslado a otra provincia en un requisito legal. «Si existe una dificultad real de funcionamiento, corresponde a la administración resolver cómo encauzar el trámite. No debería ser la persona interesada quien asuma el costo y la responsabilidad de desplazarse», explica. 

La edad tampoco obliga a esperar hasta los 18 años para solicitar el cambio de nombre. Según Romero, la Ley 180 reconoce expresamente la autonomía progresiva de las personas menores de edad y exige atender a su interés superior. La rectificación del dato registral relativo al sexo sigue otra vía: para quienes tienen menos de 18 años, la norma reserva ese procedimiento a los tribunales.

La abogada también detalla los mecanismos de reclamación previstos en la Ley 180 ante las decisiones del registrador. «Si el registrador entiende que la solicitud no procede, tiene que explicar por escrito las razones, decir qué requisito considera incumplido, qué norma aplica y qué vías de recurso tiene la persona. Esa explicación no es un favor, es parte de la garantía del trámite», afirma. 

«La Ley 180 prevé recursos contra las decisiones del registrador», explica Lidia Romero. «La persona puede presentar una reforma ante el propio registrador, apelación ante la instancia superior del Registro, alzada ante el Ministerio de Justicia y, una vez agotada la vía administrativa correspondiente, acudir a la vía judicial». La norma precisa que la reforma permite pedir al propio registrador que revise una decisión definitiva y debe interponerse dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación. La apelación lleva la decisión ante la Oficina del Registro Central, por conducto de la oficina registral municipal, y cuenta con el mismo plazo. Contra lo resuelto por el registrador de la Oficina Central o por el director de los Registros de Personas Naturales, puede presentarse una alzada ante el ministro de Justicia dentro de los veinte días hábiles siguientes; contra la decisión del ministro queda expedita la vía judicial. 

«Sobre el papel, es un sistema amplio y relativamente flexible, porque los recursos no deberían exigir demasiadas formalidades», valora la abogada. 

La Ley establece que la reforma se presenta mediante escrito «sin formalidad alguna», en soporte electrónico o en papel, acompañado de las pruebas que la persona considere pertinentes y de su correo electrónico. Para la apelación, dispone igualmente un escrito sin formalidad alguna, en papel o en formato electrónico, y la alzada se interpone por la misma vía prevista para aquella. La abogada advierte, no obstante, que «para muchas personas trans, impugnar una decisión no es sencillo. Hace falta saber cuáles son los plazos, cómo redactar el escrito, dónde presentarlo, qué documentos acompañar y cómo insistir ante una institución que ya les cerró la puerta». Añade que «también hace falta tener ánimo y sentirse con respaldo para reclamar, porque muchas personas llegan a esos trámites después de haber pasado por maltrato, discriminación y malas experiencias con las instituciones». «Los recursos son importantes, pero no bastan por sí solos». Sin «información clara, modelos sencillos, asesoría jurídica y personal preparado para orientar», la posibilidad de reclamar «puede quedarse en el papel, aunque la ley la reconozca», concluye.

En Santiago de Cuba, un hombre trans que pidió mantener el anonimato recuerda los trámites registrales con tranquilidad. Cambió su nombre en 2023 bajo la normativa anterior y fue actualizando el resto de sus documentos de manera gradual. Destaca el trabajo coordinado de profesionales del Derecho, que organizaron los trámites para evitar demoras innecesarias. «En Santiago hemos tenido la suerte de encontrarnos con personas muy preparadas y comprometidas con nuestra comunidad», afirma. Aunque reconoce que el procedimiento requiere paciencia, nunca sintió que sus derechos fueran vulnerados. Para él, el mayor problema radica en el desconocimiento de las normas. «En materia legal, somos un país superanalfabeto», lamenta.

Allí donde había funcionarios capacitados y una orientación adecuada, el proceso solía avanzar con mayor fluidez. El desafío será que las nuevas disposiciones superen las barreras que las personas trans enfrentaron bajo la normativa anterior y se traduzcan en un acceso efectivo al reconocimiento legal de su identidad.

Una carrera de obstáculos

Una mujer trans residente en Matanzas recuerda que, en 2022, cuando inició el trámite para cambiar legalmente su nombre, encontró un sistema que no sabía cómo proceder. Según contó a elTOQUE bajo condición de anonimato, el funcionariado encargado desconocía cómo gestionar la solicitud. «Había mucha desinformación, dudas y trámites que se hicieron más difíciles de lo necesario», recuerda. Aun así, siguió adelante. «Sentí por primera vez que mi documento reflejaba una parte esencial de quien soy». Considera que hoy existe mayor visibilidad de las personas trans y que algunas instituciones muestran más disposición para aprender y respetar sus identidades, aunque cree que persisten el desconocimiento y los prejuicios. «En ocasiones he sentido que debo demostrar el doble para que me tomen en serio o me den las mismas oportunidades».

En muchas provincias de Cuba, las experiencias recogidas revelan que el burocratismo en los trámites para adecuar los documentos a la identidad de género es solo la punta del iceberg. Para la abogada y activista Lidia Romero, una de las principales carencias es la falta de información y acompañamiento. Considera que debería existir una guía pública, sencilla y uniforme que explique con claridad cada etapa del proceso, desde la solicitud hasta la actualización de los documentos de identidad, y detalle los mecanismos de reclamación previstos por la ley.

Verónica Dantés, residente en Holguín, define el reconocimiento legal de su identidad como «una carrera de obstáculos burocráticos y de paciencia». Cada trámite implica exponerse «a la discreción de la persona que te atienda detrás del buró». A veces, encontró un funcionariado comprensivo; otras, predominó el «vuelva mañana», las miradas incómodas o la insistencia en llamarla por un nombre que no la representa. A ello se suman las carencias materiales de las instituciones, desde la falta de papel sellado hasta los apagones, factores que prolongan procesos de por sí lentos.

Desde su experiencia, Verónica percibe una distancia entre los derechos reconocidos por la ley y su ejercicio cotidiano. Valora el trabajo del activismo y de instituciones como el Cenesex, pero considera que «del papel a la calle hay una brecha enorme». Según su criterio, cualquier avance en derechos se ve fuertemente afectado por la situación económica del país. «De nada sirve tener derecho a una atención médica libre de estigma si en los hospitales no hay insumos básicos o si los tratamientos hormonales especializados están en falta total», lamenta. «Casi nunca se cuenta que somos personas comunes que intentan construir un proyecto de vida en un contexto extremadamente difícil», reflexiona. «Somos la vecina que hace la cola del pan, la que pasa el apagón inventando qué cocinar con lo poco que hay, la que tiene sueños profesionales, la que cuida a su familia y la que ama a su país a pesar de todo». Su identidad trans, dice, es una parte fundamental de quien es, pero la lucha cotidiana por la comida, el transporte y el futuro también atraviesa su vida, como la de tantas otras personas en Cuba.

Desde la experiencia de movimientos independientes que durante años han acompañado a personas LGBTIQ+ en distintas provincias del país, un activista sostiene que los avances legislativos no surgieron por iniciativa del Estado, sino como resultado de años de organización y exigencia de derechos por parte de la comunidad. «Si la comunidad trans, si la ciudadanía LGBTIQ+ de manera más general, no hubiera salido a la calle a hacer demandas, no se hubiera autoidentificado y posicionado, nunca habría existido una respuesta del Estado en función de resolver esas posibles necesidades». 

Las voces del activismo consultadas sostienen que hoy existen diversas agendas trans en Cuba, pero «ninguna es escuchada si no proviene del oficialismo». A partir de sus experiencias, aseguran que también existen grandes diferencias entre los contextos urbanos y rurales en su mayoría asociadas a los servicios y al grado de visibilidad que las personas trans pueden permitirse. Entre tantas anécdotas relatan el caso de una mujer trans residente en una comunidad rural de Pinar del Río que, durante una acción solidaria tras el paso de un huracán, pidió no desplegar una bandera del orgullo porque temía que la hiciera demasiado visible ante sus vecinos. 

En sus palabras, ese episodio resume una realidad que se repite en distintos territorios del país. Para muchas personas trans, las preocupaciones más recurrentes están vinculadas a los desafíos de la vida cotidiana.

Los derechos fuera de la oficina

En todo el país, la Ley 180 convivirá con realidades como la exclusión laboral, las dificultades para acceder a tratamientos médicos y la resistencia de una parte de la sociedad a reconocer la identidad de las personas trans.

Emel Luke, residente en La Habana, todavía no ha cambiado legalmente el nombre que aparece en su carné, pero en su centro de trabajo ya utilizan su nombre masculino en facturas y otros documentos. En Cienfuegos, Ángel Martínez destaca el respeto a sus pronombres por parte de alumnos y profesores en su centro de estudio y afirma que tampoco ha sufrido discriminación en su vida social.

Sin embargo, Leonel Abraham Saiz Sierra, en Camagüey, afirma que conseguir empleo ha sido una de las mayores dificultades de su transición. En su búsqueda encontró ofertas dirigidas a personas con «buena presencia», una expresión que interpreta como un mecanismo para excluir a quienes no responden a las expectativas tradicionales sobre cómo debe verse un hombre o una mujer. «A ti no te quieren en la cara del negocio», le han dicho.

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Foto cortesía de Alex Pérez. Camagüey.

En Sancti Spíritus, un hombre trans que prefirió permanecer en el anonimato también describe dificultades en el ámbito laboral: «Me miran diferente».

Según activistas, la falta de oportunidades laborales sigue siendo una de las principales barreras para las personas trans en Cuba. Esa exclusión, sostienen, lleva a muchas a encontrar en la prostitución una de las pocas alternativas de subsistencia. Denuncian que algunos negocios solo contratan a mujeres trans que responden a patrones tradicionales de feminidad y determinados cánones de belleza, y utilizan la imagen para atraer clientela.

En la atención médica, los activistas señalan que la descentralización parcial de los servicios para las personas trans no ha venido acompañada de los recursos necesarios para garantizar una atención especializada y continua.

Alex Pérez Pérez, en Camagüey, reconoce al equipo médico que lo acompaña durante su transición. Destaca la atención de especialistas en Endocrinología y Enfermería y asegura que nunca se ha sentido incómodo durante las consultas. Sin embargo, considera que todavía existe un déficit importante de preparación en parte del personal sanitario. Pone como ejemplo el caso de hombres trans que desean ejercer la paternidad, pero renuncian a hacerlo por temor a ser juzgados durante la atención médica. Reclama mayor visibilidad y apoyo dentro de la comunidad e insiste en «no permitir que nos traten como si no fuéramos humanos».

En Villa Clara, un hombre trans que pidió mantener el anonimato sitúa su principal preocupación en la incertidumbre sobre su salud. Relata la falta de testosterona en las farmacias y las dificultades para acceder a los chequeos que necesita. No sabe con certeza cómo responde su organismo al tratamiento hormonal. «Estoy a ciegas», resume.

En otros ámbitos, el mismo entrevistado percibe una mayor libertad. Puede caminar y desenvolverse en los espacios públicos con menos acoso y menos cuestionamientos. Sin embargo, todavía enfrenta momentos incómodos cuando en una consulta lo llaman por su nombre legal.

En Guantánamo, un joven trans describe un entorno marcado por la invisibilidad, el acoso y la desinformación. Dice haber percibido «cambios leves» en los últimos años, pero considera que todavía existe una comprensión superficial de las experiencias trans, incluso dentro de las instituciones. Reclama que su identidad deje de tratarse como algo banal o como una elección que los demás pueden cuestionar.

La Ley 180 amplía las vías para el reconocimiento legal de la identidad de las personas trans. Sin embargo, los testimonios recopilados para este reportaje muestran que lo establecido sobre el papel se pone a prueba cada vez que una persona trans cruza la puerta de un organismo público, solicita un trámite y espera ser atendida sin sufrir desgaste psicológico. En esa distancia entre la ley y la práctica todavía pesan criterios discrecionales y prácticas arrastradas de años anteriores. Ese es el presente en el que los derechos fundamentales deberán hacerse efectivos.

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