Condenan hasta nueve años de prisión por robar tornillos de paneles solares

Publicado: 10 de marzo de 2026 a las 06:30 a. m.

Actualizado: 10 de marzo de 2026 a las 09:30 a. m.

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Foto: elTOQUE.

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Dos personas fueron condenadas a penas de siete y nueve años de cárcel en Ciego de Ávila por robar tornillos que se utilizan para la instalación de paneles solares, publicó el Tribunal Supremo Popular (TSP). En medio de una prolongada crisis del servicio eléctrico —con apagones de más de 20 horas en algunas localidades—, las autoridades consideran que hechos como el sancionado en el «juicio ejemplarizante» descrito constituyen un «sabotaje contra [una] obra energética»; por lo tanto: merece severas penas de privación de libertad.

Según la nota del TSP publicada el 7 de marzo de 2026, los acusados son responsables de «la sustracción» de alrededor de 50 000 tornillos, «piezas fundamentales para el montaje de las estructuras metálicas que sostienen paneles solares» —dispositivos utilizados para generar la energía renovable en la cual el régimen ha puesto sus esperanzas de mitigar el colapso del Sistema Electroenergético Nacional (SEN)—.

La sentencia fue dictada en la Sala Penal del Tribunal Provincial de Ciego de Ávila, que juzgó a los acusados por el delito de «sabotaje» (artículo 125.1 del Código Penal) y no por un delito relacionado con robo. La política de elevar el marco sancionador de estos hechos es evidente en la publicación del TSP, que describe el robo de los tornillos como una «sustracción de recursos destinados a una obra de alto interés para el sistema electroenergético nacional [sic]».

No se trata de una política nueva, aunque confirma que el punitivismo y la represión son una de las respuestas inmediatas que el régimen tiene para la crisis y sus efectos. El Consejo de Gobierno del TSP dictaminó el 23 de mayo de 2025 el uso extensivo del delito «sabotaje» para castigar la sustracción o daño a componentes de infraestructuras estratégicas (parques fotovoltaicos, grupos electrógenos, vías férreas y sistemas de telecomunicaciones).

El sabotaje —en el ordenamiento jurídico cubano— implica que el imputado tuvo «el propósito de impedir u obstaculizar su normal uso o funcionamiento [en este caso se aplica a “fuentes energéticas”], o a sabiendas de que puede producirse este resultado», al destruir, alterar, dañar o perjudicar «medios, recursos, edificaciones, sistemas, instalaciones o unidades socioeconómicas o militares».

Otro caso de condena por sabotaje del que se tenga conocimiento público ocurrió el 18 de septiembre de 2025, cuando el Tribunal de La Habana sentenció a diez años de cárcel a Yuni Valdés Pérez, un chofer de la Empresa Cubacar Varadero. Valdés Pérez fue condenado por embestir en Cárdenas, el 5 de mayo de 2025, «de manera intencional un ómnibus estatal [de la Empresa Transmetro] tras una discusión con su conductor».

Antes de publicarse el Dictamen 475 de 2025 del TSP, los hechos como el ocurrido en Ciego de Ávila solían ser procesados como hurto, robo con fuerza o daños. Pero desde finales de mayo de 2025, el Tribunal Supremo indicó que deben entenderse como formas delictivas que atentan contra la estabilidad nacional y no como simples delitos contra el patrimonio.

En su momento, elTOQUE Jurídico explicó el cambio y sus consecuencias: «Lo que el máximo órgano de justicia cubano dictaminó es que —con independencia de si el autor pensó o no en afectar la economía nacional para generar descontento— si un individuo daña o sustrae elementos de infraestructuras estratégicas será considerado un saboteador, en lugar de un ladrón».

Juicio por el robo de tornillos en Ciego de Ávila. Foto: Odania García Heredia/ Invasor

La información divulgada por el Tribunal Supremo sobre el robo de tornillos en Ciego de Ávila no detalló si hubo o no objeciones de la defensa durante el proceso contra los condenados.

De acuerdo con las autoridades, el robo de los tornillos habría provocado pérdidas económicas a la Empresa Eléctrica superiores a 620 000 CUP (equivalentes a poco más de 1 200 USD al cambio del mercado informal). Por ese hecho, la entidad estatal reportó afectaciones en la «adquisición y traslado de nuevos materiales, así como el consiguiente retraso en la ejecución del proyecto», afirma la nota.

«Al dictar el fallo, el Tribunal consideró la elevada lesividad del hecho, el impacto económico-social generado, el contexto actual del país y la importancia estratégica de las obras vinculadas al sector energético», publicó el TSP.

Además de las penas de siete y nueve años de prisión, los condenados recibieron sanciones accesorias, incluida la obligación de «reparar el daño material causado al Estado cubano», ascendente a 617 907.77 CUP.

Un informe de enero de 2026 del Observatorio Cubano de Auditoría Ciudadana (OCAC) expuso «una escalada sostenida y alarmante de la criminalidad en Cuba durante 2025». Los robos lideraban los delitos que documentó la organización independiente a partir de denuncias en redes sociales y otras fuentes públicas: 1 536 reportes en 2025, lo cual representa el 74.55 % más que en 2024 y casi cinco veces más que en 2023.

Según el OCAC, «la combinación de colapso económico [en Cuba], empobrecimiento generalizado, debilitamiento institucional, opacidad informativa y ausencia de políticas públicas integrales ha creado un entorno propicio para la normalización de la ilegalidad».


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