Abogado da consejos a cubanos descendientes de españoles originarios denegados por Consulado en La Habana

Foto: elTOQUE.

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En junio de 2025, elTOQUE informó sobre las facilidades que tendrían los cubanos descendientes de españoles originarios para solicitar la residencia española. El nuevo Reglamento de Extranjería permitió que los hijos mayores de 26 años pudieran pedir permiso o visado sin demostrar estar a cargo de sus progenitores, trámite que hasta entonces no era posible.

El cambio está recogido en el artículo 94.1, inciso h, del Reglamento de Extranjería que entró en vigor el 20 de mayo de 2025. Entre otros, se consideran españoles originarios a quienes han obtenido la ciudadanía al amparo de la Ley de Memoria Histórica, de 2007, —excepto el grupo que obtuvo la llamada nacionalidad derivativa— o la Ley de Memoria Democrática (LMD) que actualmente está en vigor.

Sin embargo, el Consulado Español en La Habana no parece considerar este supuesto en algunos casos. La sede diplomática podría haber incumplido el reglamento al denegar a personas mayores de 26 años que han solicitado un visado de reagrupación.

Así lo denunció el abogado español Vicente Marín, director de Parainmigrantes, una de las páginas webs de extranjería más conocidas en el país ibérico.

«Tenemos noticias de que hay problemas de solicitud de visado en el Consulado de España en La Habana», explicó Marín. El abogado afirmó que a su bufete llegaron casos con este rechazo administrativo. Varios solicitantes fueron atendidos por funcionarios consulares que se negaron a tramitar sus peticiones: algunos alegaron desconocimiento del procedimiento o condicionaron el visado a requisitos que la ley no contempla (la dependencia económica del ciudadano español o que dicho ciudadano acompañe al solicitante a la hora de pedir el visado).

El artículo 94 del reglamento no regula algo relacionado con la presentación de pruebas de dependencia en el caso de los hijos de españoles de origen. Mucho menos refiere un requisito de acompañamiento. Para demostrar la validez del caso, bastaría un certificado de nacimiento legalizado y algún documento que acredite la ciudadanía del progenitor.

«[Lo anterior] ha quedado clarísimo (...) en las convenciones que hemos tenido los seis meses anteriores a la aprobación del reglamento, [en los cuales] los principales responsables de la Secretaría de Estado de Migraciones, jefes de oficinas de Extranjería y de los redactores del Estatuto de Familiares de Españoles, han dejado claro (...) que esa exigencia está fuera de lugar», recordó Marín. Incluso, el letrado añadió que el interesado podría pedir la visa aun si el progenitor ya hubiese fallecido.

De acuerdo con Marín, el Consulado en la capital cubana emitió «denegaciones verbales» o inadmisiones sin resolución formal. Ello supone un obstáculo importante, ya que sin un documento oficial por escrito los solicitantes no pueden presentar recursos legales ni exigir sus derechos.

Cualquier incidente, requerimiento o rechazo por parte de la administración pública española debe ser comunicado por escrito, con la firma del funcionario y la fecha. Una denegación válida debe incluir los datos del solicitante, una exposición detallada del procedimiento, fundamentos legales y los plazos de recurso tanto por vía administrativa como judicial. Sin esos elementos, no hay posibilidad real de defensa. Además de que constituye un incumplimiento de la legislación española.

El abogado Ariel Fraga dijo a elTOQUE que es lícito en la ley española grabar al funcionario que dé una denegación verbal de un procedimiento. La grabación sería la única evidencia disponible para realizar una reclamación del caso en el futuro.

La recomendación a quienes enfrenten esta situación es clara: no aceptar respuestas verbales, exigir siempre documentación oficial y, en caso de negativa, buscar asesoría legal para defender su derecho reconocido por la ley española.

Son comunes las trabas a los procedimientos de extranjería en el Consulado Español de La Habana. En las páginas y grupos de personas cubanas que buscan un visado para España es habitual encontrar testimonios que aseguran que el Consulado demanda requisitos que hasta hace unos meses no exigía. O que mezcla los requerimientos de documentación de un tipo de visado con otro.

A los problemas anteriores se suma la situación de, al menos, un millar de personas que presentaron sus solicitudes para la LMD entre enero y marzo de 2024, pero que debido a un error en el sistema no recibieron sus credenciales. La plataforma encargada de asignarlas las omitió y continuó procesando solicitudes posteriores. Este grupo de afectados ha presentado reclamaciones ante el Consulado, el cual respondió que no es responsable del diseño del sistema de citas ni tiene la capacidad de modificar su funcionamiento. Por su parte, la empresa encargada de gestionar la plataforma, Bookitit, también se lavó las manos.

Se estima que cuando termine el proceso de la LMD, cerca de 300 000 cubanos se podrán convertir en españoles de origen.

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José

Excelente artículo de El Toque. Se está viviendo mucha preocupación por los futuros españoles con tantas trabas burocráticas. En los registros civiles y después está situación explicada del referido consulado que no aplica adecuadamente la legislación. Viva España y El Rey.
José

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