Dinero sí, autonomía no: el deporte cubano ante la era de la publicidad y el patrocinio

Foto: diario Jit.
La entrada en vigor de la Ley 179 del Sistema Deportivo Cubano marca un punto de inflexión en la historia del deporte en Cuba. Por primera vez, una norma de alcance general legaliza y regula la publicidad y el patrocinio como fuentes de financiamiento para competencias, instalaciones y actores del sistema deportivo en la isla comunista.
Sin embargo, esta apertura económica llega acompañada de un mensaje claro: el dinero puede entrar, pero el control sigue en manos del Estado.
Aprobada el 18 de julio de 2025 por la Asamblea Nacional del Poder Popular y publicada en la Gaceta Oficial el 13 de enero de 2026, la ley reconoce prácticas que ya existían de forma parcial o experimental, pero las incorpora ahora dentro de un marco jurídico estricto, centralizado y jerárquico, bajo la rectoría del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (Inder).
Publicidad legal, pero vigilada
El texto legal establece que la publicidad y el patrocinio pueden ejercerse en cualquier soporte físico o digital, en eventos deportivos, instalaciones y en los sujetos del sistema (atletas, equipos, federaciones). No obstante, la ley deja claro que estas actividades «no son autónomas ni libres», sino «reguladas, autorizadas y controladas» por el Estado.
El artículo 213 designa al Inder como el organismo encargado de orientar, regular y supervisar la actividad publicitaria y de patrocinio. Mientras, el artículo 214 amplía esa autoridad a las direcciones provinciales y municipales de deportes, según el nivel del evento o la instalación en la que se realice.
En la práctica, ningún patrocinio puede concretarse sin aprobación institucional, incluso cuando se trate de actores económicos no estatales. La Resolución 41 del Inder, vigente desde el primero de abril de 2025, refuerza este esquema al detallar procedimientos, límites y criterios de aprobación. El resultado es un modelo en el que el mercado entra al deporte cubano, pero sin autonomía.
¿Quién puede poner el dinero?
La nueva ley amplía el abanico de posibles patrocinadores. Empresas estatales, cooperativas, actores privados, asociaciones deportivas e incluso entidades extranjeras pueden participar, siempre que estén «legalmente reconocidas» y utilicen «fuentes lícitas de financiamiento».
Sin embargo, el patrocinio no se negocia directamente con los equipos o atletas, sino a través de federaciones, comités organizadores y autoridades deportivas. El Estado actúa como intermediario obligatorio y, además, «controla los recursos que se obtienen como parte del ejercicio de la publicidad».
Incluso en aspectos visibles como los uniformes deportivos, la publicidad está permitida solo dentro de parámetros técnicos y con aprobación previa: ubicación limitada de logotipos, dimensiones máximas previamente establecidas, prohibición de interferir con los emblemas oficiales del equipo o del país, etcétera.
En las instalaciones deportivas, los espacios publicitarios no pueden exceder el 30 % del área total, salvo excepciones en eventos internacionales, otra señal de que «la apertura» a la publicidad tiene fronteras bien definidas.
El Capítulo IV de la Ley 179, dedicado a los recursos financieros del sistema deportivo, reafirma que el «Estado cubano continúa siendo el garante principal del deporte», pero reconoce que ya no puede sostenerlo en solitario.
Por ello, legitima nuevas fuentes de ingresos como la publicidad y el patrocinio, la comercialización de servicios deportivos en el exterior (como el de los colaboradores deportivos en Venezuela), arrendamiento de espacios en estadios, cooperación internacional e inversión extranjera.
El cambio es significativo en el discurso, pero limitado en la práctica: los ingresos pueden diversificarse, pero su gestión sigue centralizada. No se establece, por ejemplo, qué grado de decisión real tendrán los equipos o atletas sobre el uso de esos fondos.
El béisbol como prueba de fuego
La Serie Nacional de Béisbol (SNB), principal evento deportivo del país, se ha convertido en el laboratorio de esta nueva etapa.
En declaraciones al programa Bola Viva, el director jurídico del Inder, Karel Luis Pachot Zambrana, afirmó: «En el caso de los eventos, como la Serie Nacional, son los comités organizadores del evento los que presentan la propuesta de patrocinio al Inder. Si un privado quiere patrocinar al equipo de Santiago, lo puede hacer, acercándose a la dirección provincial de béisbol. Presenta su proyecto, la provincia lo evalúa y si lo tiene a bien lo presenta a la instancia nacional para que sea aprobado», detalló Pachot Zambrana.
A finales de 2025, la oferta de patrocinio para la 64 SNB, que actualmente está llegando al final de su etapa regular, expuso paquetes de anuncios que iban desde 13 hasta 56 millones de pesos cubanos, cifras ambiciosas en un contexto de crisis económica, estadios semivacíos y limitaciones logísticas persistentes, como los apagones o instalaciones sin luces o pizarras.
Pero a pesar de la oportunidad legal de publicidad y patrocinio, la realidad es que ni empresas estatales ni actores privados se han motivado demasiado por invertir su dinero en eventos deportivos.
Al respecto, el comentarista deportivo Carlos Hernández Luján apuntó en el programa Bola Viva: «nuestras empresas y los privados estaban un poco dormidos y perdiendo tiempo con la publicidad en el deporte».
Lo que no debatieron desde el oficialismo es una contradicción clave con las ofertas de publicidad y patrocinio: se pone precio al deporte sin resolver primero sus problemas estructurales.
La ley crea el marco legal para atraer dinero, pero no garantiza mejoras automáticas en la calidad del espectáculo, la infraestructura o las condiciones de los atletas.
Más allá del lenguaje jurídico, la Ley 179 revela una lógica política clara en la que el patrocinio es visto como una herramienta para aliviar tensiones financieras, no como un mecanismo para transformar la gobernanza y la calidad del espectáculo deportivo cubano.
Por ahora, el mensaje es claro: el mercado puede jugar, pero las reglas —y el árbitro— siguen siendo las mismas.












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