La publicación del Decreto Ley 114 de 2025 —«De la asociación entre entidades empresariales estatales y no estatales»— y su reglamento constituyen uno de los últimos movimientos en la relación entre el régimen político cubano y el sector privado.
Al considerar el contexto actual, marcado por una crisis estructural, es posible afirmar que no se trata de un simple ajuste administrativo, sino de la activación de un dispositivo para reforzar la captura del sector privado ante la necesidad de oxígeno económico y la negación del pluralismo político. El Estado no se conforma con controlar al sector privado, sino que decidió habitarlo y, en última instancia, metabolizarlo para asegurar su propia reproducción.
Para entender la importancia de esta disposición normativa, es necesario considerar que la creación de sociedades de responsabilidad limitada mixtas no es solo un paso hacia una economía de mercado híbrida. En un régimen postotalitario[1] se admite la existencia de actores económicos privados siempre que operen subordinados al aparato estatal y no como espacios de autonomía y empoderamiento ciudadanos.
La posibilidad de que una empresa estatal adquiera participación en una mipymes privada o que una sociedad anónima estatal absorba una pequeña empresa no es una oportunidad de crecimiento para los emprendedores, sino un mecanismo de estatización por vía asociativa.
La arquitectura reconocida en el Decreto Ley 114 revela desconfianza hacia cualquier forma de propiedad ajena al Estado. El proceso de aprobación de estas asociaciones, centralizado en el Ministerio de Economía y Planificación (MEP), funciona como un filtro político. Al el MEP disponer de la potestad para denegar una alianza si esta contradice el «orden público» o la «seguridad nacional», se convierte la viabilidad económica de una sociedad de responsabilidad limitada mixta en una concesión política.
En Cuba, estos conceptos son elásticos y se estiran para cubrir cualquier actividad que se considere amenazante. Así, los principales negocios privados pertenecen a una lista selecta de invitados por su docilidad o valor estratégico para la supervivencia de las entidades estatales, muchas de ellas inoperantes o relacionados con miembros de la élite política.
Un elemento revelador del Decreto Ley 114 es el régimen de los representantes estatales en las nuevas sociedades mixtas. La disposición normativa establece que estos sujetos mantienen su condición de «cuadros», lo que implica que su lealtad no es a la empresa ni el cumplimiento de la ley per se, sino a la jerarquía política que los designa. Ello constituye un tipo de gerencia comisariada en la cual el socio privado debe negociar, en cada decisión estratégica, con la disciplina de un cuadro político.
Lo anterior confirma que, en el postotalitarismo cubano, el mercado no es un espacio de libertad, sino una nueva frontera de control. La autonomía empresarial es imposible cuando uno de los socios responde a un mando vertical que prioriza la preservación del sistema sobre la eficiencia económica.
Tal como se diseñó, la asociación entre el Estado y el sector privado en Cuba no busca la democratización de la propiedad, sino la creación de una clase empresarial dependiente de los favores del poder. Al permitir la absorción de lo privado por lo estatal, se cierra el círculo que inició con la Constitución de 2019: se permite la propiedad privada para aliviar la escasez, pero se construyen los mecanismos legales para reabsorber ese capital cuando amenace con volverse autónomo. El pluralismo económico limitado se hace más depredador.
El Derecho en Cuba no genera seguridad jurídica para el individuo, sino impunidad operativa para el Estado. El reglamento del Decreto Ley 114 refuerza esa idea al exigir que las mipymes asociadas compartan indicadores claves de su gestión, sus ingresos en divisas y sus portadores energéticos, lo que constituye un esquema de vigilancia que trasciende la fiscalización tributaria estándar.
El Estado no es un regulador, sino un socio que vigila y compite a la vez. La duplicidad de funciones anula las bases de una competencia justa y condena al sector privado a una existencia subordinada. Sin la eliminación de esta facultad de absorción cualquier apertura es solo una táctica de supervivencia del postotalitarismo.
Si se vincula este análisis con el contexto actual de las relaciones de tensión entre Cuba y Estados Unidos, queda claro que el régimen cubano construye un cortafuegos legal. Al entrelazar de manera indisoluble el capital privado con las empresas estatales —varias de ellas controladas por los militares—, las autoridades tienen entre sus objetivos que cualquier sanción futura contra el aparato represivo afecte a los emprendedores asociados con ellos. Es una estrategia de escudos humanos aplicada a la economía. Se trata de una «liberalización controlada» que metaboliza el capital privado para oxigenar la ineficiencia estatal y sostener el monismo político.
El Decreto Ley 114, además, se integra en una calculada cronometría política. Su aprobación, adelantándose incluso a la postergada ley de empresas, revela que el objetivo primordial no es el ordenamiento interno de la economía, sino la emisión de una señal estratégica hacia el exterior. Se trata de la construcción de un híbrido institucional diseñado para proyectar una imagen de apertura ante la comunidad internacional y, específicamente, ante los tomadores de decisiones en Washington.
Al priorizar la creación de esas figuras mixtas antes de definir las reglas del sector estatal, las autoridades cubanas confirman que su interés reside en utilizar al sector privado como un activo de su política exterior. Así, se crea un posible mecanismo de distensión para tratar de aliviar las sanciones externas sin comprometer el control político, mientras se implementa una aparente modernización asociativa.
En última instancia, el Decreto Ley 114 es el testimonio de un régimen que sabe que ha perdido cualquier posibilidad de reactivar la economía, pero que se niega a ceder el control. La normativa y su reglamento operan como otro cerrojo adaptado a las nuevas formas de propiedad para evitar que estas se conviertan en motores de cambio social.
Solo cuando el Derecho deje de funcionar como un instrumento de control estatal, será posible que el pluralismo económico forme parte de un régimen político democrático y no sea la última frontera de su aplazamiento.
[1] El régimen cubano es postotalitario porque, tras la pérdida del fervor ideológico y la desaparición del liderazgo carismático de Fidel Castro, se transitó hacia una estructura más burocrática en el liderazgo que admite un pluralismo económico limitado y segmentado como estrategia de supervivencia, sin apertura política.
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