mipymes hombre mostrador cuba

Estas son las nuevas actividades prohibidas para el sector privado en Cuba en 2024 (+ listado completo)

21 / agosto / 2024

El 19 de agosto de 2024 se publicó la edición Ordinaria 78 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba que incluye el Decreto 107/2024 relacionado con las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas (mipymes), cooperativas no agropecuarias (CNA) y trabajadores por cuenta propia (TCP).

Las nuevas prohibiciones abarcan los sectores de la silvicultura, la industria manufacturera, el comercio y las actividades culturales.

El decreto prohíbe las actividades de silvicultura —sus servicios de apoyo— y otras forestales; la extracción de madera —excepto el carbón vegetal y la leña—; y la pesca de especies bajo régimen especial de protección, amenazadas o en peligro de extinción, tóxicas o restringidas, las cuales están destinadas exclusivamente a la actividad estatal.

Tampoco está permitida la fabricación de calzado ortopédico especializado ni la fabricación, instalación, reparación y mantenimiento de equipos médicos de electromedicina.

La norma establece que no está autorizada la gestión de sistemas de alcantarillado ni de instalaciones de tratamiento de aguas residuales en asentamientos cuya población supere los 1 000 habitantes. Se autoriza el servicio de limpieza de fosas siempre que se realice con equipos especializados y certificados.

A los TCP no se les permitirá realizar comercio al por mayor ni la venta mayorista de ron, cigarros y tabacos torcidos y en rama.

Tampoco está permitido para el sector privado convocar u organizar eventos internacionales ni realizar actividades de programación cultural, excepto cuando participen en la gestión y servicios de los eventos.

En el plano de la enseñanza, la normativa modificó el apartado del decreto anterior para resaltar que no está permitida la constitución de academias ni la emisión de certificados de cursos y talleres; tampoco, las actividades de grupos, circos o compañías, orquestas y bandas ni la conformación, promoción y comercialización de catálogos de artistas y otras especialidades artísticas.

¿Y ahora qué?

«Cerrar o esperar por aclaraciones» son los consejos que repiten los emprendedores privados en los grupos de redes sociales y chats personales tras la publicación de las normas relacionadas con el sector.

Entre las nuevas prohibiciones preocupa la relacionada con el comercio al por mayor de los TCP.

¿Se incluye la compra/importación y venta o la prohibición es solamente para una de las actividades?, cuestionó un emprendedor entrevistado por elTOQUE y que prefirió el anonimato. «Otra ley ambigua que ni siquiera me permite escoger entre cerrar, cambiar de actividad económica o mantenerme como hasta ahora», cuestionó.

Algunos emprendedores coinciden en que tanto las normas como las actividades prohibidas para los TCP (4), son una especie de cierre forzoso o, peor, la provocación para que pasen a ejercer la actividad en la ilegalidad.

«Lo que la economía cubana necesita es más producción de bienes y servicios sin importar si lo hace el sector privado o el estatal», comentó un emprendedor tunero.

Al imponer limitaciones adicionales sobre sectores que están debilitados, el Decreto 107/2024 —aprobado por el Consejo de Ministros— agrava aún más la capacidad de producción y añade obstáculos a la posibilidad de la oferta.

Un emprendedor aseguró en anonimato a elTOQUE que el problema más grave del decreto no está solo en las nuevas actividades prohibidas, sino en que no se expandió el número de actividades permitidas, que era lo que se esperaba y lo que había prometido el Gobierno.

Las nuevas restricciones añaden incapacidad para operar de manera eficiente y para diversificar la economía, aumentan la escasez de productos, de precios y deterioran la calidad de vida de los cubanos.

La filtración, una semana antes, del borrador del Decreto 107/2024 auguró que lejos de prohibir menos —como prometió el primer ministro Manuel Marrero—, aumentarían las actividades no autorizadas para el sector no estatal cubano.

El economista Pedro Monreal confirmó en su cuenta de X que se trata del «arrinconamiento de la actividad privada y del mercado como parte de medidas estatales para supuestamente “corregir distorsiones y reimpulsar la economía”».

Listado de actividades prohibidas

Sección A: Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

  • Caza ordinaria y mediante trampas con fines comerciales.
  • Silvicultura y otras actividades forestales.
  • Extracción de madera. Se exceptúa la producción de carbón vegetal y leña.
  • Servicios de apoyo a la silvicultura.
  • Pesca de especies en régimen especial de protección, amenazadas o en peligro de extinción, tóxicas y las restringidas, estas últimas destinadas solo a la actividad estatal. Se pueden realizar actividades agropecuarias y de producción de carbón vegetal y leña, mientras no se rompa el esquema existente hoy para la base productiva y se cumpla lo previsto para el uso de la tierra.

Sección B: Explotación de minas y canteras

  • Extracción de carbón de piedra y lignito.
  • Extracción de petróleo crudo y gas natural.
  • Extracción de minerales metalíferos.
  • Explotación de otras minas y canteras. Se exceptúan la extracción, aserrado, fragmentación y trituración de piedra de construcción; la extracción, dragado, fragmentación y trituración de arena para la construcción y gravilla; la extracción de arcilla no refractaria y explotación de graveras y canteras de arena para la construcción.
  • Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y gas natural. Se exceptúan las actividades de apoyo de minas y canteras para la arena, piedras para la construcción y arcillas.

Sección C: Industria manufacturera

  • Elaboración de azúcar.
  • Producción de aguas minerales naturales.
  • Elaboración de productos de tabaco.
  • Fabricación de calzado ortopédico especializado.
  • Impresión de periódicos, revistas, tabloides, libros, mapas, atlas, sellos de correos, timbres fiscales, documentos de títulos, cheques y otros documentos de garantía, incluye cuños, gomígrafos y papel moneda y cualquier otro impreso que atente contra lo dispuesto en la Constitución de la República de Cuba y en la legislación vigente. Se exceptúan los productos asociados con la promoción de la actividad comercial.
  • Fabricación de coque.
  • Fabricación de productos de la refinación del petróleo, incluye la producción, distribución y comercialización de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos de origen fósil. Se exceptúan la producción, distribución y comercialización de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos con fuentes renovables de energía (biomasa cañera, forestal, biogás, etanol y biodiésel). En el caso del etanol y biodiésel conlleva autorización de la instancia competente con el objetivo de no afectar la producción y consumo de alimentos.
  • Fabricación de sustancias químicas básicas de abonos y compuestos de nitrógeno y de plásticos y caucho sintético en formas primarias. Se exceptúa la producción de artículos varios de plásticos o caucho.
  • Fabricación de pólvoras propulsoras, productos pirotécnicos, incluidas cápsulas fulminantes, detonadores, bengalas de señales, fósforos y otros explosivos.
  • Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas, medicinales y productos naturales, incluida la mezcla de plantas medicinales y la definición de alegaciones terapéuticas para estos productos.
  • Fabricación de metales comunes. Se exceptúa la fundición de metales.
  • Fabricación de armas y municiones.
  • Fabricación de insignias militares.
  • Fabricación de equipos médicos (electromedicina).
  • Fabricación de pilas, baterías y acumuladores.
  • Fabricación de vehículos automotores.
  • Construcción de buques, estructuras flotantes, embarcaciones de recreo y deporte, así como otras embarcaciones.
  • Fabricación de locomotoras y material rodante.
  • Fabricación de aeronaves, naves especiales, medios no tripulados (aéreos, terrestre y marítimos) y maquinaria conexa.
  • Fabricación de vehículos militares.
  • Fabricación de motocicletas. Se exceptúa partes y piezas, vehículos de propulsión manual (carretillas, carritos para equipaje, para supermercado, etcétera) y de tracción animal.
  • Fabricación de uniformes militares.
  • Reparación y mantenimiento de armas de fuego y municiones.
  • Reparación y mantenimiento de equipos médicos (electromedicina).
  • Instalación de equipos médicos (electromedicina).

Sección D: Suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado

  • Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica de origen fósil. Se exceptúan la generación y comercialización de energía eléctrica con fuentes renovables de energía (solar fotovoltaica, eólica, bioenergía o hidráulica) al Sistema Eléctrico Nacional o al sector no residencial (según definición de la Unión Nacional Eléctrica, cumpliendo los requisitos técnicos establecidos). También se exceptúa el servicio de carga a vehículos eléctricos, a partir de fuentes renovables de energía, tanto a personas jurídicas como naturales.
  • Fabricación de gas y distribución de combustibles gaseosos por tuberías. Se exceptúa el biogás.
  • Producción, distribución y comercialización de vapor y de aire acondicionado. Se exceptúan la producción de hielo y la producción, distribución y comercialización de vapor y de aire acondicionado cuando la fuente es con energías renovables.

Sección E: Suministro de agua, evacuación de aguas residuales, gestión de desechos y descontaminación

  • Captación, tratamiento y distribución de agua mediante redes de acueducto, camiones cisterna o por otros medios, en aquellos asentamientos cuya población, certificada por la Oficina Nacional de Estadística e Información, supere el número de 1 000 habitantes, en consecuencia, en comunidades de menos de 1 000 habitantes, estas actividades están permitidas. Se exceptúa de la prohibición anterior (comunidades de más de 1 000 habitantes), el servicio mediante camiones cisterna para actividades económicas y población, para esta última solo puede prestarse a través de las empresas de acueducto y alcantarillado.
  • Gestión de sistemas de alcantarillado y de instalaciones de tratamiento de aguas residuales en los asentamientos cuya población, certificada por la Oficina Nacional de Estadística e Información, supere el número de 1 000 habitantes, en consecuencia, en comunidades de menos de 1 000 habitantes, estas actividades están permitidas. Se permite el servicio de limpieza de fosas, siempre que se ejecute con equipos especializados cuya seguridad operacional haya sido certificada por la autoridad del agua en cada territorio.
  • Recogida de desechos peligrosos que implique el manejo de los productos químicos siguientes: fibras de amianto, crisólito (asbesto blanco), belirio, arsénico, mercurio, plomo, cadmio y cromo, así como cualquier otro químico que tenga características cancerígenas o esté prohibido su uso en el país.
  • Manejo de los desechos peligrosos que tengan como componentes los productos químicos siguientes: fibras de amianto, crisólito (asbesto blanco), belirio, arsénico, mercurio, plomo, cadmio y cromo. Se prohíbe la apertura de baterías de plomo ácido.
  • Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de desechos. Se exceptúan las actividades de recogida de residuos sólidos urbanos, desechos plásticos y otros aprovechables.

Sección F: Comercio al por mayor (mayorista) y al por menor (minorista); reparación de vehículos automotores y motocicletas

  • Comercio al por mayor de los trabajadores por cuenta propia.
  • Venta de mercancías al por menor y al por mayor importadas sin carácter comercial o adquiridas en la red de comercio minorista; así como madera, armas de fuego, municiones, productos farmacéuticos y medicinas, sellos y monedas, medios no tripulados (aéreos, terrestres y marítimos), medios de transporte (excepto bicicletas), metales y minerales metalíferos, combustibles (excepto leña, biogás y lubricantes), medios técnicos y equipamientos de seguridad y protección física. El carbón vegetal para la exportación solo pueden comercializarlo sus productores. La miel solo puede ser comercializada a empresas estatales. Los materiales odontológicos, insumos médicos y material gastable para uso exclusivo de la salud humana solo pueden comercializarse al sistema de Salud Pública.
  • Venta de mercancías al por mayor de ron, cigarros, tabacos torcidos y en rama.
  • Actividades de galerías de arte comerciales.

Sección G: Transporte y almacenamiento

  • Transporte por tuberías, incluye la explotación de gasolineras.
  • Transporte marítimo en aguas internacionales, de cabotaje y para actividades turísticas, la explotación de embarcaciones de excursión, de crucero o de turismo y el alquiler de embarcaciones de placer con tripulación para el transporte marítimo y de cabotaje.
  • Transporte por vía aérea.
  • Almacenamiento y depósito.
  • Actividades de servicios vinculadas con el transporte terrestre. Comprende la explotación de terminales, estaciones ferroviarias, instalaciones de manipulación de mercancías, vías y patios ferroviarios, carreteras, peajes, puentes y túneles. Se exceptúa la explotación de aparcamiento o garajes.
  • Actividades de servicios vinculadas con el transporte acuático. Comprende la explotación de marinas, espigones, terminales, puertos y faros; actividades de navegación, atraque, practicaje y salvamento.
  • Actividades de servicios vinculadas con el transporte aéreo.
  • Otras actividades de apoyo al transporte, comprende los servicios transitarios; emisión y tramitación de documentos de transporte y conocimientos de embarque; servicios de agentes de aduanas; servicios de administración y de agente de buques.
  • Actividades postales. Se exceptúa la labor del agente postal en el servicio postal universal, la cual solo puede ejercerse por la modalidad de trabajo por cuenta propia. Igualmente, se exceptúan los servicios no básicos de paquetería y mensajería.
  • Actividades de mensajería. Se exceptúan los servicios de entrega a domicilio (mensajero).

Sección H: Actividades de alojamiento y de servicios de comida

  • Actividades de campismo, parques de vehículos de recreo y parques de caravanas, suministro de alojamiento en campismos, campamentos recreativos y campamentos de caza y de pesca para estancias cortas. Suministro de espacios e instalaciones para vehículos de recreo.

Sección I: Información, comunicación y telecomunicaciones

  • Edición y maquetación de libros, directorios y listas de correos, periódicos, tabloides y revistas en cualquier formato o soporte. Se exceptúan la maquetación y encuadernación de tesis.
  • Producción audiovisual y cinematográfica profesional. Se exceptúa la amparada en el Decreto Ley 373 «Del Creador Audiovisual y Cinematográfico Independiente», del 25 de marzo de 2019.
  • Actividades de exhibición cinematográfica que incluye películas, documentales, series, novelas u otras obras similares; así como su puesta a disposición del público a través de soportes informáticos.
  • Creación de sellos discográficos, editoras musicales y entidades para la comercialización de discos y otros soportes fonográficos. Se exceptúan actividades de grabación y posproducción de sonido y licencias para vendedores de discos aprobadas, la operación y arrendamiento de equipamiento para la producción artística, agente de selección de elenco (casting) y auxiliar de producción artística. Se ratifica la prohibición de emitir nuevas licencias para vendedores de discos.
  • Trasmisiones de radio.
  • Programación y trasmisiones de televisión.
  • Actividades de telecomunicaciones alámbricas, inalámbricas y por satélite que comprende el servicio público de acceso a Internet; servicio telefónico básico; servicio celular de telecomunicaciones móviles terrestre; servicio de telefonía virtual; servicio de acceso a Internet al público; servicio de conducción de señales; infraestructura física para alojamiento y hospedaje; operación de centros de datos públicos; servicio de cabina y estaciones telefónicas públicas; servicio de telecomunicaciones de valor agregado; servicio de centro de contacto; servicio de radiocomunicación móvil troncalizado; explotación, mantenimiento o facilitación del acceso a servicios de trasmisión de voz, datos, texto, sonido y video utilizando una infraestructura de telecomunicaciones; proveedor de infraestructura de telecomunicaciones; servicio de televisión por suscripción y el servicio de soporte a la trasmisión de radiodifusión.
  • Otras actividades de telecomunicaciones que comprenden la explotación de estaciones terminales de comunicaciones por satélite e instalaciones conexas operacionalmente conectadas con uno o varios sistemas de comunicaciones terrestres y capaces de trasmitir o recibir telecomunicaciones por satélite; suministro de servicios telefónicos y de Internet en instalaciones abiertas al público; suministro de servicios de telecomunicaciones por las conexiones de telecomunicaciones existentes y reventa de servicios de telecomunicaciones (es decir, compra y reventa de capacidad de red sin prestación de servicios adicionales). Se exceptúa el servicio de provisión de aplicaciones en el entorno de Internet y el suministro de aplicaciones especializadas de telecomunicaciones, como detección por satélite, telemetría de comunicaciones y utilización de estaciones de radar.
  • Actividades de ciberseguridad que comprenden el servicio de ciberseguridad, investigaciones de incidentes de ciberseguridad y análisis de redes utilizando la red pública de telecomunicaciones y en las redes privadas de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, el Banco Central de Cuba, órganos locales del Poder Popular y las infraestructuras críticas de las tecnologías de la información y la comunicación, entendido este como servicio que incluye la reducción de riesgos y vulnerabilidades, la creación de capacidades para detectar y gestionar eventos e incidentes y el fortalecimiento de la resiliencia en el ciberespacio; ejecución de ciberataques simulados o técnicas para detectar vulnerabilidades en los sistemas informáticos soportados sobre las redes públicas de telecomunicaciones (técnicas de «hacking ético»).
  • Procesamiento de datos, hospedaje y actividades conexas que comprenden el suministro de infraestructura para servicios de hospedaje y servicio de instalación y operación de centros de datos públicos.
  • Agencia de noticias y otras actividades de servicio de información como información telefónica, búsqueda de información a cambio de una retribución y selección de noticias, recortes de prensa y otros.

Sección J: Actividades financieras y de seguros

  • Intermediación monetaria que comprende las operaciones de intermediación financiera y servicios afines que realizan los bancos, tales como captar, recibir y mantener depósitos; recibir y otorgar préstamos u otras modalidades de crédito o financiamiento; prestar servicios de pagos; realizar operaciones de compra de monedas, metales preciosos y valores, entre otras. Se exceptúan los proveedores de servicios de activos virtuales.
  • Actividades de sociedades en cartera.
  • Fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares.
  • Arrendamiento financiero.
  • Seguros de vida y seguros generales.
  • Reaseguros.
  • Fondos de pensiones.
  • Actividades auxiliares de las actividades de servicios financieros.
  • Actividades auxiliares de las actividades de seguros y fondos de pensiones. Se exceptúan los agentes de seguros.
  • Actividades de gestión de fondos.

Sección K: Actividades inmobiliarias

  • Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados. Se exceptúa el arrendamiento de vivienda, habitaciones y espacios.
  • Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata. Se exceptúa la intermediación en la compra, la venta y el alquiler de bienes inmuebles a cambio de una retribución o por contrata.

Sección L: Actividades profesionales, científicas y técnicas

  • Actividades profesionales y técnicas. Se exceptúan la teneduría de libros; diseño, decoración y fotografía; programadores de equipos de cómputo; los traductores de documentos y traductores e intérpretes certificados, los veterinarios de animales de compañía.

Sección M: Actividades de servicios administrativos y de apoyo

  • Alquiler y arrendamiento de equipos recreativos y deportivos. Se exceptúa el alquiler de bicicletas, el billar y otros juegos de mesa.
  • Arrendamiento de propiedad intelectual y productos similares. Se exceptúan obras protegidas por derechos de autor y de propiedad industrial.
  • Actividades de empleo.
  • Actividades de agencias de viajes y operadores turísticos. Las actividades dedicadas principalmente a vender servicios de viajes, de viajes organizados, de transporte y de alojamiento al público en general y a clientes comerciales. La organización de paquetes de servicios de viajes para su venta a través de agencias de viajes o por los operadores turísticos que pueden incluir uno o varios de los elementos siguientes: transporte, alojamiento, comidas, visitas a museos, lugares históricos o culturales y asistencia a espectáculos teatrales, musicales o deportivos.
  • Servicios de reserva y actividades conexas que incluye prestación de otros servicios de reservas relacionados con los viajes: entre otros, reservas de transporte, hoteles, restaurantes, alquiler de automóviles, entretenimiento y deporte; prestación de servicios de intercambio en régimen de tiempo compartido o multipropiedad; actividades de venta de billetes para obras de teatro, competiciones deportivas y otras actividades de diversión y entretenimiento; prestación de servicios de asistencia a los visitantes: suministro a los clientes de información sobre los viajes y actividades de guías de turismo, y actividades de promoción turística. Se exceptúan los que realizan la gestión de alojamiento vinculada con los arrendadores de viviendas o habitaciones, el gestor de pasajeros en piquera y la gestión de transportación con pasajeros con fines no turísticos.
  • Actividades de seguridad y protección. Se exceptúan las actividades de portero; cuidador de inmuebles y edificios múltiples, sereno, siempre que se enmarca en el perímetro del lugar que protege. La actividad solo puede ejercerse por la modalidad de trabajo por cuenta propia. No puede autorizarse la actividad sobre una persona específica como «guardaespaldas» o escolta ni tener alcance en la vía pública.
  • Actividades de servicios de sistemas de seguridad. Se exceptúan la instalación, reparación, reconstrucción y ajuste de dispositivos mecánicos o electrónicos de cierre, cajas de caudales y cajas fuertes, con alcance solo para domicilios y vehículos automotores. La actividad de instalación de medios técnicos de seguridad asociados a sistemas de alarma contra intrusos y circuitos cerrados de televisión solo puede realizarse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas y las cooperativas no agropecuarias, con alcance solo para domicilios y vehículos automotores. En el caso del sistema automático de detección de incendios se autoriza exclusivamente para domicilios.
  • Actividades de centro de llamadas.
  • Convocatoria y organización de eventos internacionales. Se exceptúa la participación en la gestión y servicios para el desarrollo de tales eventos, a solicitud de la institución que lo convoca.
  • Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas, incluye redacción de actas, registros y transcripción de materiales en las empresas.

Sección N: Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria

  • Actividades de la administración pública.
  • Regulación de las actividades de organismos que prestan servicios sanitarios, educativos, culturales y otros servicios sociales.
  • Regulación y facilitación de la actividad económica.
  • Administración de actividades relacionadas con los censos de población y viviendas.
  • Relaciones exteriores que incluye tramitar o coordinar la atención a las representaciones diplomáticas y consulares acreditadas en el país; gestionar los actos de Protocolo y Ceremonial Diplomático del Estado y del Gobierno cubano; tramitar la legalización de documentos cubanos y extranjeros para surtir efecto en el exterior y el territorio nacional, respectivamente; gestionar o tramitar visas y otros documentos que sean emitidos por los Consulados.
  • Actividades de defensa.
  • Actividades de mantenimiento del orden público y de seguridad (8423).
  • Actividades de seguridad social.

Sección O: Actividades de atención de la salud humana y de asistencia social

  • Actividades técnicas y profesionales vinculadas con la atención médica y social de los servicios de Salud (hospitales, policlínicos y similares), que incluyen las relacionadas con la medicina natural y tradicional dentro y fuera del Sistema Nacional de Salud, en todos sus niveles, por las formas de gestión no estatal.
  • Actividades de médicos y odontólogos y las investigaciones médicas y científicas en humanos.
  • Otras actividades de atención de la salud humana, actividades de los servicios farmacéuticos y ópticos.
  • Actividades de atención de enfermería dentro y fuera del Sistema Nacional de Salud.
  • Actividades de atención en instituciones para personas con discapacidad intelectual, adictos y personas con trastornos psicomentales.
  • Otras actividades de atención en instituciones que comprende la prestación de servicios para personas mayores de edad y en situación de discapacidad.
  • Actividades de asistencia social. Se exceptúan el cuidado de enfermos, personas en situación de discapacidad y adultos mayores en los domicilios de estas personas o en las instituciones del Sistema Nacional de Salud. El cuidado también puede realizarse en residencias permanentes o de cuidados diurnos, previo aval del director general de Salud de la Administración Municipal correspondiente.

Sección P: Actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas

  • Actividades de periodistas.
  • Actividades de programación cultural de música, artes escénicas, libros, artes plásticas, cine, patrimonio y trabajo cultural comunitario.
  • Gestión de salas de conciertos, de video, galerías de arte, librerías, casas de cultura, teatros y otras instalaciones similares. Se exceptúa la venta de libros de usos.
  • Actividades de grupos, circos o compañías, orquestas o bandas. Se prohíbe el ejercicio profesional con fines de comercialización sin representación estatal a artistas sea de forma individual o colectiva, con excepción de lo previsto para el creador audiovisual y cinematográfico independiente en el Decreto Ley 373 «Del Creador Audiovisual y Cinematográfico Independiente», del 25 de marzo de 2019. No se autoriza la conformación, promoción y comercialización de catálogos de artistas y otras especialidades artísticas.
  • Actividades de bibliotecas físicas o digitales, archivos y centros de información.
  • Actividades de museos, gestión de lugares y edificios históricos.
  • Actividades de zoológicos y reservas naturales.
  • Actividades de juegos al azar y apuestas.
  • Gestión de instalaciones deportivas, la gestión de campos de golf y gestión de boleras. Se exceptúan los gimnasios de musculación y el arrendamiento de piscinas. En el caso de piscinas en inmuebles de propiedad personal, se permite la actividad, siempre que estas últimas estén inscritas en el título de propiedad de los inmuebles donde se encuentren.
  • Actividades de clubes deportivos.
  • Otras actividades deportivas, actividades de productores o promotores de competiciones deportivas, de árbitros, jueces, cronometradores y gestión de reservas de pesca; gestión de reserva de pesca y caza deportiva (incluye buceo), actividades de guía de montaña, actividades de apoyo para la caza y la pesca deportiva o recreativa. Se exceptúa la pesca comercial.
  • Otras actividades de esparcimiento y recreativas que incluye actividades de parques recreativos y playas, comprendido el alquiler de casetas, taquillas, hamacas y otros; gestión de instalaciones de transporte recreativo; por ejemplo, puertos deportivos; alquiler de equipo de esparcimiento y recreo como parte integral de los servicios de esparcimiento; y gestión (explotación) de juegos accionados con monedas. Se exceptúa la gestión de bares, discotecas, pistas de baile y la organización de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas.

Sección Q: Otras actividades de servicios

  • Actividades de asociaciones empresariales profesionales.
  • Actividades de sindicatos; no incluye el derecho de asociarse voluntariamente y constituir organizaciones sindicales, de conformidad con los principios unitarios fundacionales, sus estatutos y reglamentos, los que se discuten y aprueban democráticamente y actúan con apego a la ley.
  • Actividades de otras asociaciones.
  • Pompas fúnebres y actividades conexas (servicios necrológicos). Se exceptúa el mantenimiento de tumbas y mausoleos.

Sección R: Actividades de organizaciones y órganos extraterritoriales

  • Actividades de organizaciones internacionales y de misiones diplomáticas y consulares.
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Alex

Todo lo que hacen los hijos de puta estos es para poner más mala la cosa es lo único que saben hacer los tiranos y dictadores déspotas repugnantes me apuesto lo que sea que cuando lleguen a dos millones los que se van del país van a prohibir la salida de la gente los viejos borrachos decrépitos esos es todo lo que les queda hacer joder hasta su último aliento
Alex

Siguaraya

Mejor hubieran hecho una ley q dijera: sólo se puede vender maní y refresco de polvito, todo lo demás prohibido Y hubiera quedado mejor...así mas nunca van a avanzar esto.

Rafael

Existen muchas cosas que se pueden hacer, creo que lo que se ha prohibido es patrimonio del pueblo, como la salud y otras cosas que las tiene que administrar el estado, tenemos que recordar que vivimos en una sociedad socialista donde prima la propiedad colectiva

Cuco

L verdad quiero que me diga dónde estás en este momento. Donde coño hay medicina en los hospitales y policlínicos.

ANGEL SIERRA

Medicinas hay. Ibuprofeno 200 pastillas 6300 CUP. Y es lo que vale. Si no te gusta, abre un laboratorio estatal y ponte a producir.

Jose

No entendiste bien. Q no se va poder vender mas medicamentos
Jose
ANGEL SIERRA
Cuco

Eddy Muñoz

"Patrimonio del pueblo", hay que oír cada tontería que casi es mejor no leer nada de fuentes que no hayan sido seleccionadas previamente por cada cual.
Eddy Muñoz

Tania Mesa Martínez

Cuba está en otro planeta y solo dios puede salvarla,canel es ..... Quién sabe de dónde carajos salió.
Tania Mesa Martínez

Victor Manuel Pérez Patterson

Buenas tardes evidentemente usted no leyó el articulo completo
Victor Manuel Pérez Patterson
Rafael

Mary

Ni refresco de polvito porque no hay ni azúcar
Mary
Siguaraya

Gretisz

Habrá alguna persona que no entienda la frase: "Bloqueo interno del PCC?"
Gretisz

Emmanuel

Que interesante todo. Sentí especial indignación al leer lo relacionado con: "Edición y maquetación de libros, directorios y listas de correos, periódicos, tabloides y revistas en cualquier formato o soporte. Se exceptúan la maquetación y encuadernación de tesis." Se cubren por todos lados, ¿Dónde está la libertad de expresión? Dan Ascó.
Emmanuel

Caridad Esther

En vez de analizar,pensar,estudiar y buscar estrategias para erradicar los problemas que tenemos,se ponen a estudiar prohibiciones,alguien lo dijo, las prohibiciones dar más margen al delito y a las ilegalidades.Hoy hay muchas más cosas urgente que resolver y para eso no hay tiempo.Todo es ver cómo cerrar y dar menos posibilidades de supervivencia

Yami

Hay muy buenos comentarios y otros que con palabras obscenas han querido expresar su opinión, yo considero que los que crean estás leyes tienen que pensar primero en las necesidades del pueblo y en las dificultades económicas del país para resolver estas necesidades, aquí no tenemos una tienda donde comprar ropa, ni zapatos, no tenemos un establecimiento estatal donde se pueda ir a comprar cualquier alimento, y muchas otras necesidades que tiene el país, esas son las que tienen que solucionar primero para luego hacer prohibiciones y sobre todo tener en cuenta la opinión del pueblo que es el que sufre y pasa hambre y necesidad
Yami
Caridad Esther

Mercedes Rodriguez

Era necesario poner freno a algunas actividades, incluso las que quedan requiere mayor control y revisión. A muchos le dieron muchas atribuciones, ya no podrán con ellos acostumbrados a ganar revendedores y explotando al pueblo. Dinero han hecho.

Henry

El país del "NO SE PUEDE" obviamente los fidelistas están en su salsa y las actividades ilícitas seguirán.... No hay remedio, solo salir del país
Henry

Henry

Señora comunista, usted es una más de las que tienen la mente de escasez, en cuba solo hace falta más libertades para que el comercio pueda fluir de la manera correcta, el gobierno que defiendes no produce nada pero tampoco deja producir, como dijo tu comandante Raúl Castro : "el temor es evitar que el comerciante crezca y se convierta en rival para el sistema socialista "
Henry

Cachirulo

Coméntale eso al carebate del nieto del fifo, al cangrejo o la hija de Mariela Castro a ver si ellos creen que ya terminaron de esprimir al pueblo cubano.
Cachirulo
Mercedes Rodriguez

Osiris

Mi comentario es sin comentario, no vale la pena comentar nada, cuando termine el año sacaremos conclusiones, aunque es lo mismo, de lo mismo, de lo mismo....
Osiris

Osiris

Otro comentario, la noticia de que el presidente Donald Tromp o Baiden pasaron a funciones en nuestro heroico Consejo de Ministro, o asesores de La Asamblea Nacional, digo esto por que según dicen ellos son los culpables de nuestros males, Muchas gracias y ha sacar nuestras propias conclusiones....
Osiris

Jorge mendez

Puras pendientes hace el psuedogobierno de cuba
Jorge mendez

Navi

Mira la allá hasta los que estaban autorizados a hacer , reparar y dar mantenimiento a los equipos de electro medicina están prohibidos. Vamos que ahora sí ni un particular puede arreglar lo poco que funciona en un hospital y el estado ya sabemos nada hace. Solo me preguntó asereee cómo cubano al fin ,,,,, hasta cuando el cubano va a seguir aguantando , tienen que meterle el dedo literalmente en el fondillo y creo que aún así no se queja y se menea , nadie se queja , nadie se tira pa la calle , nada dice nada todo es bajar cabeza y cagarse
Navi

Marco

Bueno es todo muy de difícil comprensión a veces hay algunos pasos en contradicción con otros
Marco

Rafael

Ante un solapado número de 127 actividades prohibidas, cosa que no es cierta pues hay casi un millar de prohibiciones, nos damos cuenta que la voluntad del gobierno no desarrollar la actividad privada es casi para ellos como un mal necesario. Queda claro que las actividades económicas no debían ser prohibidas a ningún ente económico de la sociedad todos deberían participar en todas las actividades y así sería un modelo más abierto al desarrollo económico que es el talón de Aquiles de nuestra sociedad. Cero voluntad política, económica, social y gubernamental de cambio es lo que le llaman en el argot popular " UNA VIEJA CON COLORETE" LA VIEJA el gobernó cubano y el colorete el intento de hacernos ver que hay un cambio una transformación Bueno haciendo referencia a este argot popular nuevamente " A OTRO CON ESE CUENTO " O " AL PAJARO LO CONOCEMOS POR LA CAGA" muy lamentable el caso la verdad Seguirán emigrando personas sin cesar pues no hay proyecto de vida razonable ni a la vista ni escondido para los jóvenes cubanos O para cualquiera Saludos y gracias
Rafael

Monica

Esto me molesta mucho en verdad. A unos sí y a otros no. Yo soy editora de libros, de profesión. Filologa licenciada por la universidad, y trabajando en el sistema editorial desde que me gradué. Soy muy buena en el trabajo y tengo el reconocimiento de autores y colegas. No puedo abrir una tienda virtual de libros para vender en moneda nacional. No. Ni siquiera diciendo que de la misma forma como inspeccionan a una cafetería por su comida, también pueden hacerlo con los textos que se publican. La respuesta es no. Para qué carajos están los inspectores? Para qué hay una oficina de norma de calidad? En fin, estoy como Diego, "yo no me iría, ellos son los que me expulsan"
Monica

Rodobledo49

En el mundo Jurídico existe un término proscripto: JURICIDAD. Dónde se pretende desde el Derecho discernir lo social, político y económico. Crazo error y peor aún, diremos que es un modo de estilo Barroco y por consiguiente atemporal. Lo interesante de nuestro país es que el más modesto de los economistas tiene propuestas coherentes y aterrizadas. Excepto los que consumen el combustible ⛽ del Nivel Central. Todo en esta vida es finito, excepto la Estupidez humana
Rodobledo49

Lazara Cecilia Labarrere Abreu

Como ?es posible, ?hace Poco tiempo la embajada de cierto" Pais" aqui en El exterior no invita a una reunion all's cubanos y nos dice que Podemos invertir en Cuba. Uds quieren? prosperidad o no? Porque esa Let ESTA Diciendo," No" a Todo o casi Todo. El gobierno no Puede cubrir la Economia, dejen las pequeñas y medianas empresas que lo Hagan. Decidete Cuba, paren de meter Al pueblo contra la pared.
Lazara Cecilia Labarrere Abreu

Andreu

Si el pueblo prospera, el Gobierno cubano actual muere...Si el pueblo cubano recupera poder económico, el régimen cubano act ual desaparece para siempre..El régimen cubano con su mafia política y sus admiradores, lucharán a muerte para que esto no ocurra . Solo queda un camino para que Cuba cambie..Duro sacrificio que algún día tendrán que tomar, si quieren tener un futuro digno para ellos y sus futuros descendientes.
Andreu

Aliuska Guzmán Cañada

No entendí el tema de las ópticas porque Aquí no hay ningún tipo de graduación de espejuelos
Aliuska Guzmán Cañada

Juan R mayet

Creo que nos habrá quien controlé esto y sera un freno para nuestros emprendedores. Por favor revisen esto.
Juan R mayet

Brian

Ni agua filtrada puedes vender, se pasan estos tiranosaurios
Brian

Ernesto

Ellos si pueden ejercer cuál quiera actividad el pueblo no. Prohibido. Cuando hablo de ello hablo de los altos dirigentes de este país. Que hacen lo que les da la gana. Y nadie los controla porque ellos mismo crean las leyes. Así esto nunca va a caminar y marchar cómo debe ser. Siempre va hacer el bloque el problema de nuestro país. El mayor problema lo tenemos interno.
Ernesto

Rolando

Las prohibiciones, generan ilegalidades. Raúl Castro. Imposible de controlar, los pocos inspectores que intenten hacerlo con par de jabones o un pomo de aceite son sobornados facilmente, los técnicos de electromedicina particulares se le hace un contrato como trabajador y la diferencia se le paga en especie del almacen, frijoles, café, leche en polvo, azúcar, detergente etc, fácil.
Rolando

Charly

Que no está prohibido?
Charly

Janero

Somos una burla, me he descojonado de la risa, un país q solo produce militantes del pcc y apenas llega a la norma. Prohibe la producción de calzado ortopedico y aki el pis no cubre ninguna necesidad. Y sin embargo igual prohibe hacer una "nave espacial 🚀" jajajaj, somos una burla 🤣🤣🤣🤣
Janero

Felipe Blanco

Causas Economica de La Guerra de los Diez Años. -Existía la esclavitud, que además de ser cruel era un freno para el desarrollo económico de la isla -Cuba estaba siendo afectada por las crisis económicas de los años 1857 y 1866. -Las regiones occidentales y oriental tenían diferente situación económica. La región occidental era más desarrollada, tenía más esclavos, mayor producción y más facilidades de comercio que la zona oriental. Esto hacía que muchos hacendados orientales se arruinaran. -España imponía altos impuestos y tributos a su antojo, sostenía un rígido control comercial que afectaba enormemente la economía nacional y utilizaba los fondos extraídos de la isla para asuntos completamente ajenos al interés de los criollos como financiar guerras en el continente (más de la tercera parte del presupuesto nacional). -La comprensión de la necesidad de introducir el trabajo asalariado como única vía para hacer avanzar la industria azucarera, y esto nunca se lograría bajo el dominio español. -La economía cubana estaba en crisis, solo algunos avances en la industria azucarera, el resto de las ramas estaban estancadas. Grandes contradicciones entre Occidente y Oriente. Será Que la HISTORIA DE CUBA nos está Dando SOLUCION...?
Felipe Blanco

Wilfredo

Muy buenas las información
Wilfredo

Pepito

Esta gente es bruta en vez de dejar que el sector privado mueva la economia ya que ellos no pueden o no quieren lo que hacen es aplastarlos para que no puedan hacer nada pero al final , sin menos les pusieras las tiendas a la poblacion para que todos puedan comprar . no se que igualdad ni que mierda de revolucion si lo unico que han hecho toda la vida es bloquiar al pueblo de Cuba diciendo que la USA los tiene bloquiados y al Final son el govierno los que los bloquea pagandoles con una moneda que no sirve pa una mierda
Pepito

Mary

Si el estado pretende de nuevo asumir todos los servicios de la población, es señal que tiene suficiente presupuesto para hacerlo. De lo contrario que no se arriesgue porque si vamos a estar peores condiciones que las actuales, pues que todo lo dejen cómo está. Donde está el servicio de oftalmologia del estado? Donde las armaduras y cristales? Donde está el servicio de Estomatología sin empastes, sin guantes, sin anestesia? Donde están los antibióticos en este país, los calmantes y otros. Pero si de ahora en adelante el estado vuelve a asumirlo. Pues bienvenido, pero no de palabra que ya estamos cansados de escuchar palabras huecas.
Mary

Daniel Elías

Lo único que le faltó fué permitir respirar.
Daniel Elías

Jose Antonio

Están con la soga en el cuello y todo lo que nace de ellos son restricciones, prohibiciones, amenazas, la lógica indica que debian abrirse a la iniciativa, pero en Cuba no hay nada lógico, para pagar inspectores y con ello fomentar la corrupción si que no hay problemas
Jose Antonio

Thais

Lo que no entiendo es que si el estado es incapaz de darnos este servicio porque no dejamos a los particulares que si tienen los recursos hacerlo. Que mal está este pais
Thais

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