La Resolución 215 del Banco Central de Cuba (BCC), recién publicada en la Gaceta Oficial, regula el uso de criptomonedas y otros activos digitales en el sistema financiero nacional. La norma contiene, de manera esencial, lo siguiente:
- Concibe el otorgamiento de licencia a proveedores de servicios de criptomonedas y otros activos virtuales para operaciones relacionadas con la actividad financiera, cambiaria y de cobranzas o de pagos, en y desde el territorio nacional.
- Prohíbe que las instituciones financieras, las empresas y otras personas jurídicas nacionales operen con activos virtuales y proveedores de estos servicios que no estén autorizados por el BCC.
- No se prohíbe el uso de activos virtuales por parte de las personas naturales al margen del sistema financiero nacional.
A propósito de esta resolución y del uso cada vez más extendido de esta moneda en el archipiélago, vale decir que hay que ser cautelosos con las criptomonedas porque todavía no cumplen a cabalidad ninguna de las tres funciones que usualmente le pedimos a una moneda.
La tecnología que soporta las criptomonedas aún debe perfeccionarse para permitir una mayor cantidad de transacciones por minuto —como lo hacen instrumentos tradicionales de pago con cuentas bancarias o tarjetas de crédito—. Cuando se realiza una transacción con criptomonedas, en ocasiones, se deben esperar horas o días para que esta se refleje en las cuentas o monederos digitales de los usuarios. Por tanto, como «medio de pago», aún poseen muchas desventajas en comparación con el dinero bancario tradicional; como «unidad de cuenta», también, pues son muy pocos los bienes y servicios que expresan sus precios en criptomonedas.
Para cualquier empresa resulta muy complejo manejar un flujo de caja derivado de operaciones de ingresos y gastos valorados en criptomonedas, a causa de la alta volatilidad de sus tasas de cambio. Debido a esta alta volatilidad en el precio de las criptomonedas, tampoco deberían ser atractivas para emplearse como depósito de reserva o «reserva de valor» (tercera función que debe cumplir el dinero).
Sin embargo, esta última función —y a pesar de la volatilidad— es la que ha ganado más terreno en el campo de uso de las criptomonedas. Para muchos, sí han constituido una opción de inversión financiera. Es una decisión personal, pero, por lo general, los inversores con una aversión al riesgo baja o moderada no suelen invertir en activos con tanta volatilidad. Tampoco lo harían porque resulta difícil en esos casos proteger la inversión mediante la diversificación del portafolio y la inclusión de otros activos con los cuales presente una correlación negativa.
Los expertos en finanzas han encontrado que es arduo hallar activos que cubran o compensen, dentro de un portafolio de inversión, los riesgos que se corren con la exposición a la volatilidad de las criptomonedas. Para muchos economistas, el incremento excesivo del valor de las criptomonedas posee las características de una burbuja financiera.
Dicho esto, puedo entender que en el caso cubano las criptomonedas podrían generar beneficios (los cuales deben valorarse junto a las desventajas). Por esa razón, el Banco Central de Cuba decidió autorizar este tipo de operaciones en el sistema bancario y financiero nacional. Sabemos que los actores económicos nacionales —estatales y privados— tienen restricciones financieras asociadas a las sanciones estadounidenses. Estas les impiden maniobrar con normalidad en el sistema financiero internacional. No pueden emplear el dólar estadounidense en los mercados internacionales cuando esa moneda es el principal medio de pago en el comercio global, la unidad de cuenta más recurrida para fijar los precios de las materias primas y los valores de contratos de todo tipo, y la que más se invierte en activos financieros diversos por fuera de las fronteras nacionales.
En síntesis, las criptomonedas todavía presentan varios inconvenientes para reemplazar de manera global al dinero fiduciario y bancario tradicional. Pero, para la economía cubana —analizándola en el escenario financiero inusual en que actúa debido al embargo estadounidense y los altos costos que este le ocasiona—, se entiende que las criptomonedas puedan ser una opción para eludir sanciones y generar beneficios netos.
Las criptomonedas tienen el potencial de generar alternativas financieras para el comercio exterior de Cuba, para los flujos de remesas, y podrían usarse para financiar las pequeñas y medianas empresas desde el exterior. Habrá que ver cómo se desarrollará la infraestructura financiera cubana para hacer operativa la Resolución 215 del Banco Central de Cuba.
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