Foto: Sadiel Mederos
Extienden exención aduanera sobre alimentos, aseo y medicamentos hasta 2025
28 / septiembre / 2024
El Gobierno cubano prorrogó una vez más la fecha para importar, sin aranceles aduaneros, alimentos, aseo y medicamentos de naturaleza no comercial. La Resolución 255 de la Aduana General de la República (disponible en Legalis) se publicó el sábado 28 de septiembre de 2024, solo dos días antes de que venciera el permiso vigente.
«Persisten las limitaciones en las ofertas de alimentos y otros productos en el país, a partir del recrudecimiento del bloqueo (...) y el impacto en la esfera económica (...) de la COVID-19 (...) por lo que resulta prudente prorrogar dichos beneficios hasta el 31 de enero de 2025», establece la resolución. La importación aplica para equipaje acompañado o enviado por vía marítima, aérea o postal, siempre y cuando los paquetes solo incluyan los insumos básicos descritos en la norma.
La medida extiende el plazo anterior, que inició el 30 de junio y cuyo límite era el 30 de septiembre. Al igual que las normativas homólogas aprobadas con anterioridad, la Resolución 255 es una alternativa a la que recurre el Estado cubano para paliar la crisis económica y el desabastecimiento en la isla.
Las personas que viajen a Cuba y transporten artículos de primera necesidad podrán acogerse a los beneficios arancelarios. La normativa dispone que los viajeros deberán empacar los productos con régimen aduanero especial «en bultos separados del resto». Cada paquete o bulto de importación tendrá un peso máximo de 50 kilogramos o el equivalente a 500 USD.
Para las importaciones de carácter no comercial que realicen las personas naturales, se mantiene la exención del pago del impuesto aduanero por los primeros 30 USD del valor o peso equivalente de tres kilogramos (3.00 kg), así como la aplicación de la tarifa arancelaria del 30 % en caso de exceder el límite regulado.
En ese sentido, la Resolución autoriza la importación mediante envíos aéreos, marítimos y postales, hasta un límite de 200 USD o peso equivalente hasta 20 kg en la relación peso/valor.
La libre importación de medicinas, aseo y alimentos comenzó en julio de 2021, en un contexto de crisis general y luego de las protestas del 11 y 12 de julio (11J). El 31 de diciembre de 2021 era la fecha límite inicial. A partir de entonces, las prórrogas se han mantenido por períodos no superiores a seis meses.
A pesar de la reiterada ampliación del plazo, esta vez hubo incertidumbre entre la ciudadanía. La narrativa oficial ha resaltado varias veces que algunas personas «se aprovechan» de la medida para la venta en el mercado informal a precios altos. En marzo de 2024, Nelsón Cordovés Reyes, jefe de la Aduana General de la República, lamentó en televisión el «uso inadecuado de la facilidad».
comentarios
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Alina Sanchez Denis
matt wilson
Sanson
Jesús
Dilia Forteza Quintero
Hola: Las exenciones arancelarias se restringen a la importación de alimentos, aseo y medicinas acompañadas por el pasajero. No aplica, por tanto, al equipaje no acompañado ni a los envíos postales o mediante agencias de paquetería. Quienes reciben envíos postales de medicamentos deben efectuar ciertos pagos por la mercancía cuando arriba a Cuba. Puede encontrar más información en el siguiente texto: https://eltoque.com/que-pagos-se-establecen-para-el-recibo-de-medicinas-en-cuba
Esperamos le sea útil. Saludos