criptomonedas, criptoactivos, Cuba

Tras la Resolución 89, los cubanos podrán utilizar las criptomonedas para pagar y adquirir bienes y servicios. Quienes están obligados a recibir licencias son los operadores y los intermediarios.

Hacer negocios con criptomonedas en Cuba podría ser sancionado

30 / mayo / 2022

El uso de criptomonedas nunca ha estado prohibido en Cuba ni la nueva resolución del Banco Central (89/2022) legaliza su uso en el país. La normativa establece requisitos específicos para operar en un espacio en el cual no había, hasta ahora, intervención estatal.

Por lo tanto, la Resolución 89 lo que demuestra es el interés del Estado cubano de controlar los espacios y plataformas a través de los cuales las personas generan lucro. Mucho más si ese lucro permite participar en un esquema que muchos analistas creen ayudaría a evitar las sanciones estadounidenses —impuestas en lo fundamental al sistema financiero gubernamental—.

Anterior a esta nueva norma, la Resolución 215 de 2021 había dejado claro que, aunque no estaban prohibidas las transacciones con activos virtuales, las personas naturales debían asumir los riesgos y responsabilidades (civiles y penales) derivadas de su empleo. Es decir, había consecuencias.

Esas consecuencias se apreciaron cuando fueron procesados penalmente —no por estafa sino por actividad económica ilícita— varios de los principales impulsores cubanos de la red internacional de criptoactivos Trust Investing. El uso de criptomonedas no estaba prohibido, pero la generación de lucro a través de una actividad y una plataforma no reconocida o licenciada por el Gobierno parece que sí.

La Resolución 89/2022 deja claro, entonces, que plataformas y operadores de servicios con criptoactivos, como Trust Investing, necesitan una licencia del Banco Central para poder operar en y desde Cuba.

Quienes, sin haber recibido una licencia del Banco Central, operen plataformas que tengan como base la generación de lucro y el comercio de criptoactivos se exponen a la posibilidad de ser sancionados administrativa y penalmente.

Tras la Resolución 89, los cubanos podrán utilizar las criptomonedas para pagar y adquirir bienes y servicios. Quienes están obligados a recibir licencias son los operadores y los intermediarios —quienes gestionan plataformas a través de las cuales se comercia o lucra con sus criptoactivos—.

La Resolución 89 regula los requisitos que deberán cumplir las personas para obtener sus licencias de operaciones. Establece un sistema de licenciamiento que permitirá que el mercado de las criptomonedas en Cuba —contrario a su esencia— se centralice, y que su ampliación o estrechamiento dependa de los deseos o intenciones del Banco Central de Cuba; o lo que es lo mismo, de las autoridades cubanas.


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Carlos José

Me quedé con una duda, está prohibida la compra de criptos digamos entre particulares? Esto puede dar lugar a una sanción?
Carlos José

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