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¿Podría perder mi casa con la nueva ley de expropiación?

16 / diciembre / 2022

Tras la aprobación de la nueva Ley de Expropiación Forzosa muchas personas en Cuba se preguntan si podrían perder sus viviendas. Sobre todo quienes emigraron sin disponer de sus inmuebles en el territorio nacional.

La inquietud en relación con si perderán o no sus propiedades (que puede estar motivada por los acercamientos que desde las redes sociales se han realizado sobre el asunto), no tiene una relación de causalidad con lo aprobado en la Asamblea Nacional del Poder Popular el 13 de diciembre de 2022.

El proyecto de Ley de Expropiación Forzosa no otorga a las autoridades cubanas alguna posibilidad que no tuviesen antes. La posibilidad de expropiar por los motivos genéricos que enuncia la nueva ley, «utilidad pública e interés social», estaba regulada desde antes por la Constitución de 1976, la de 2019 y por la derogada Ley de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y Económico.

Lo novedoso de la Ley de Expropiación Forzosa aprobada por el Parlamento cubano radica, entre otros elementos, en que especifica con mayor detalle los casos en que se puede expropiar y el procedimiento que deberán seguir las autoridades para hacerlo (ver artículo 17 del proyecto). 

Ninguno de los casos declarados en el proyecto de la norma está vinculado de manera directa con la emigración y mucho menos hace referencia a las viviendas. No obstante, la preocupación expresada en las redes sociales puede responder a una confusión entre los términos expropiación forzosa y confiscación. Una confusión acrecentada por la tradición jurídica del régimen cubano. 

El 14 de octubre de 1960, el «Gobierno revolucionario» dictó la Ley de Reforma Urbana. La norma estableció que los inmuebles destinados a la vivienda que no fueran ocupados por sus propietarios legales debían pasar a manos de sus ocupantes. La legislación eliminó el arrendamiento permanente de inmuebles urbanos y determinó el traspaso obligatorio de las viviendas a favor de sus ocupantes o del Estado, en caso de encontrarse vacías. También determinó que, en lo adelante, ninguna persona podría tener más de dos inmuebles: uno de «residencia permanente» y el otro de «descanso o veraneo».

Un poco después de la Ley de Reforma Urbana, el «Gobierno revolucionario» emitió la Ley 898 (5 de diciembre de 1961). La normativa disponía la «nacionalización» mediante confiscación, a favor del Estado, de los bienes, derechos y acciones de quienes se ausentaran «con carácter definitivo del país».

Ambas normativas estuvieron vigentes en Cuba durante mucho tiempo y su esencia se tradujo en otras regulaciones como la Ley General de la Vivienda. La vigencia de las leyes propició que, hasta la segunda década del siglo XXI, los propietarios que salían definitivamente del país o eran declarados emigrados perdían sus bienes, incluidas las casas. Los inmuebles podían transmitirse a los ocupantes que permanecieran en el país, siempre y cuando cumplieran con los requisitos establecidos en la ley. 

Las normativas anteriores expresan la concepción que durante décadas ha manejado el Gobierno de La Habana: entender la emigración como un acto que merece ser sancionado. La concepción ha sido matizada con el tiempo, pero sin cambiar de forma radical su esencia. 

La reforma migratoria impulsada durante la Administración de Raúl Castro en 2012 introdujo algunas modificaciones significativas.

El Decreto Ley 302 modificó la Ley 1312 de Migración y extendió a 24 meses el término que debe permanecer una persona fuera del país para ser declarado emigrado por las autoridades correspondientes. El Gobierno cubano prorrogó el término de forma indefinida y hasta «nuevo aviso» ―sin emitirse normas jurídicas públicas al respecto― desde octubre de 2020, debido a las restricciones de movilidad derivadas de la pandemia de COVID-19. 

La declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores asegura que se mantiene «la prórroga, automática y sin costo, de estancia ininterrumpida en el exterior; más allá de los 24 meses establecidos, manteniendo su condición de residentes en el territorio nacional» para todos aquellos que en marzo de 2020 o con posterioridad podían ser declarados emigrados.

El Decreto Ley 302 también establece en su disposición final cuarta la derogación de la Ley 898 (5 de diciembre de 1961). Tras la derogación debió eliminarse la confiscación de los bienes de quienes emigran de Cuba. Sin embargo, esa traducción no ha sido reflejada en disposiciones jurídicas vigentes que continúan regulando la confiscación de las viviendas de los emigrados. 

El Decreto Ley 288, emitido en octubre de 2011, modificó ―entre otros― el artículo 81 de la Ley General de la Vivienda y estableció que la «vivienda de residencia permanente, cuyo titular haya salido definitivamente del país, es confiscada por el Estado», para traspasar la propiedad del inmueble ―en orden de prioridad― a los copropietarios o parientes declarados en el artículo.  

Image

Apartado 2 del artículo 81 de la Ley General de la Vivienda vigente.

De no existir las personas relacionadas en el apartado 2 del artículo 81, la ley dispone que se transfiera la propiedad de la vivienda ―previo pago de su precio legal― «a los convivientes que no son propietarios de otra, siempre que la hayan ocupado al menos durante cinco (5) años, con el consentimiento del propietario antes de su salida definitiva del país».

Lo regulado en el artículo 81 implica que, aunque el Estado no se quede con el inmueble después de la confiscación, el propietario original sí pierde la titularidad sobre su vivienda una vez que es declarado emigrado. 

Para disponer la pérdida de la titularidad, las direcciones municipales de la vivienda deben emitir, primero, una resolución de confiscación que por regla general solicitan los interesados en recibir la propiedad del inmueble; aunque nada impide que también pueda declararse de oficio.


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Lian

Hola tengo una duda ,mi papá propietario de la vivienda donde convivo más de 35 años salió del país hace tres años ,por lo que mi niña nacida fuera de cuba que le estoy haciendo trámites de ciudadanía no puedo ajudicarla a la dirección por no estar el propietario que es mi papá ,habrá alguna forma o vía para que mi papá ya declaren migratorio y yo pasar a ser propietrara para yo poder reiniciar trámites de mi niña ya que ha sido un caos y no se ha podido continuar con dicho trámite ,muchas gracias 🙏 espero respuesta .
Lian

Guille Álvarez

Nadie va a perder la casa aquí y lo sabes, allá si, en el país que representas, sino puedes pagar te vas, no importa que haya enfermos, ni inválidos, ni nada. Triste siempre el papel de uds

Lochmere

Ejemplos hay muchísimos de personas que perdieron sus casas porque decidieron emigrar. No sé cuál país es el que representan quienes escriben aquí, pero parece que es Cuba, porque se habla casi exclusivamente de temas cubanos. En todos los países las personas pierden sus casas. Pero mientras puedan mantener un empleo no la perderán. Por eso las personas se comportan de forma tan profesional y servicial en su trabajo, porque aquí el empleo lo es todo. Por eso es que casi todo funciona como debe ser. Por eso también la gente se tiene que cuidar la salud, porque si se enferman pagan de su bolsillo y no le echan el problema encima a "Liborio". Eso se llama ser responsable. El día que ustedes logren que las personas sean tan enfocadas y tomen las riendas de su vida tan responsablemente como se hace aquí, entonces podrá usted abrir su boca para hablar. Mientras solo se formen individuos ineptos para todo en la vida, que solo tienen instrucción pero no educación, seguiremos pegados al suelo como estamos.
Lochmere

kb

¿Será que usted no vive en Cuba desde antes del 59? No será el primero ni, por desgracia, el último que, después de haber reparado una propiedad, el G2 o similar "gestiona" la incautación forzosa de dicha propiedad por cualquier motivo peregrino.
kb

Maria Esther Denis

Muchas gracias por la información tan país, y precisa que nos han brindado, yo soy propietaria de mi casa en Cuba y estoy viajando desde el 2013, y nunca he perdido mi residencia en mi país, por lo que no pierdo derecho sobre mi casa según está publicación, y si las leyes cambiaran me iría a Cuba y no saliera más Muchas gracias
Maria Esther Denis
Guille Álvarez

vladimir gracias de la cruz

Muy buena la aclaración
vladimir gracias de la cruz

Angel Fernando Fernández brenlla

¿Cuándo una persona que haya salido del pais de forma ilegal es considerada emigrado?

Larry

Se le considera emigrado después de los 24 meses fuera del territorio nacional
Larry
Angel Fernando Fernández brenlla

Katiusca Díaz Quevedo

Quisiera saber si una persona puede tener dos propiedades a su nombre a parte de la propiedad de verano, gracias
Katiusca Díaz Quevedo

Nick Parga

Puede enviarse icecrean maker a una persona con licencia de restaurant. La propiedad legal de bienes de producción debe ser fundamental para producir bienes de consumo para beneficio del productor y consumidor.
Nick Parga

R. Balmaseda

Magnífico comentario
R. Balmaseda

El tigre

Muy interesante esa publicación mis hijos se encuentran en semejante situación y creo muy necesaria esa difusión de dicha norma jurídica para numerosas familias hoy gracias a El Toque
El tigre

Carmen Herrera

Es muy útil e importante tener conocimientos jurídicos de determinados tópicos, en este caso han sido muy explícitos y constituye una valiosa herramienta, es de fácil comprensión para la población. Estoy satisfecha con esta información, me ha resultado suficiente, los felicito y les deseo éxitos.
Carmen Herrera

Yuni

En el caso de que el propietario del inmueble este de privación de libertad y la casa se encuentra sola, pierde la casa?

Celia

Ve a un bufete en Cuba,aquí te desorientaran
Celia
Yuni

José Darío sanchez

Y que ley existía en el 2009 para que me expropiarán mi casa por irme del país porque me dió la gana ?
José Darío sanchez

Lisney Fuentes

Lo único que hacen con el nombre que le pongan a todo es hacer los pobres más pobres y los ricos mas ricos porque no puede ser que el gobierno tenga las cosas para botar y pellizcar y los niños del pueblo que son el futuro no tengan ni un pedacito de pan.
Lisney Fuentes

Sergio

Buenos dias queria preguntar yo soy residente en cuba pero trabajo en alemania yo voy todos los años a cuba una persona puede entrar a la fuerza a mi casa y apropiarse de ella y decir que de mi casa no lo saca nadie

Fe licia CAMBA Ramos

Hola quiciera saber yo soy ciudadana cubana española estoy en España hace cinco años pero tengo mi casa en Cuba entro cada dos años a Cuba y tengo la casa a mi nombre pueden quitarme la casa.gracias

Senen Teresa Herrera martinez

Yo soy ciudadana cubana y tengo un apto en cuba, yo vivo en MIAMI con mi hija hace dos años y voy todos los años a cuba y no quiero perder mi apto quiero saber si yo entraria en esa ley de Inter versión a mi casa por residir fuera de cuba
Senen Teresa Herrera martinez
Fe licia CAMBA Ramos

Vevo

Si pueden ocuparte la casa Como han hecho con la mia y con muchas otras personas al estado no le importa y mucho menos a la comision de enfrentamiento que deberia seguir estos casos ,obtendras tu casa despues de 3 o 4 años de litigios por la via legal destruida completamente sin resarcimientos, o de lo contrario te metes en tu casa pues la ley te ampara se forma el desorden publico Los ilegales buscaran la forma de autolesionarse asi de esta forma el delito lo cometes tu,te quitan el pasaporte y el estado cubano resolviò el problema,es la nueva moda de darle casa a los delicuentes y a los que nuncan han aportado nada a la sociedad
Vevo
Sergio

Juan Alfredo.

Muy interesante el artículo y aclaratorio,no sin antes,agregar la importancia de conocer las leyes de nuestro país, lo que al respecto sí no apoyo,es que deberían ser parejas para todos los ciudadanos y no es así, a pesar de los esfuerzos, por tener una sociedad justa, sin privilegios continuamos, con privilegiados.Por encima de las leyes y la constitución no debería existir nada ni nadie.
Juan Alfredo.

Modesto Hernandez

Realmente el proceso de la propiedad de la vivienda en Cuba como todas las leyes y regulaciones siempre han tenido muy poca in formación a la población y siempre en cuanto a propiedades a estado sujeto a cambios wue de acuerdo a l o s intereses estatales han manejado todo y ellos los acomodan a kas decisiones que les convengan pero por lo menos afloraron la tuerca un poco como los momentos han cambiado ahora por lo menos dejan que el ciudadano común mediante estas vías se pueda informar
Modesto Hernandez

Rody

Noticias muy actuales
Rody

Gisela Arias Leyva

¿¿Si yo emigró y la propiedad es de mi mamá muerta y mis hermanas están también fuera del país, se pierde el inmueble??
Gisela Arias Leyva

Félix Rey Padron

En otros países cuando hay un interés en algún inmueble ya sea el estado o un particular . Simplemente te Desalojan y no te garantizan nada sólo para la calle.

Maria

Eso no es verdad.En los países democráticos hay leyes.Y la propiedad se respeta.Te puedes ir a vivir a otro país y tu propiedad como tus casas, automóviles,cuentas de banco,acciones bancarias se conservan y respetan .Y en caso de obras públicas que se vean obstaculizado por propiedades privadas,te compensan monetariamente con un procedimiento legal donde ambas partes estén de acuerdo.
Maria
Félix Rey Padron

OBATALA

Nos han quitado la vida y todavía se preocupan por la casa, jajaja, tienen más fe que el Papa, pensando que los DICTADORES son buenos
OBATALA

Gat

Quizas usted tenga a bien dar estas explicaciones para trasmitir tranquilidad a quienes leemos este medio, pero creo que ni usted ni nadie que no pertenezca al máximo nivel de los que deciden en Cuba saben los objetivos reales de esa Ley, para todo lo que tienen pensado usarla y el como tampoco, así que tiempo al tiempo que ya escucharemos los lamentos de los que la sufran.
Gat

Nelsy María Castillo Jiménez

Buenos tardes Que ley ampara al usufructo gratuito Es decir el que vive en un interior
Nelsy María Castillo Jiménez

Yoan mejias gomez

Buenas noche yo construí una vivienda y la pise a nombre de mi pareja y no estamos legalmente casados por la ley y ella abandonó el país definitiva mente a los Estados Unidos que debo haser para poner el inmueble a mi nombre .
Yoan mejias gomez

Herme

Es muy triste que después de tanto sacrificio para lograr tener una vivienda en Cuba, ya haya sido construida por esfuerzo propio, adquirida mediante una compra-venta, o heredada por patrimonio familiar, nos puedan despojar de ella, así sin más, por una decisión casi obligada de emigrar para mejorar un poco las condiciones de vida de toda una familia. El que emigra, lo hace dejando aquí su corazón, lo hace porque no le queda otra salida para alimentar a sus hijos sin ilegalidades, que es lo que hemos aprendido en Cuba. Aquí aprendimos a darle sobrenombre a un verbo feo para justificar lo injustificable: aprendimos a RESOLVER, en vez de decir ROBAR. Muchos emigran huyendo de esta falsedad de conceptos trocados y de esta miseria llena de palabras revolucionarias y espías que no hacen más que machucar al pueblo e inventar más formas legales de destruir a los que han echado hacia adelante de alguna manera, y que no tienen un apellido acomodado en el gobierno. Es muy injusto que les expropien sus casas a aquellos que desean conservarlas y cumplen con las leyes, porque esos mismos son los que contribuyen enviando las remesas que transformándolas en MLC el gobierno introduce en sus arcas. No a la expropiación! Basta de cinismo! Nada funciona en este país, carecen totalmente de valores los que dirigen este desastre. Alimenten bien al pueblo, ofrezcan un verdadero servicio de salud sin sobornos, con todo lo necesario y una educación real, sin regalitos de por medio para pasar de curso a los niños, ofrezcan un salario de verdad y surtan las bodegas. Hablen menos y dejen que las personas produzcan más, sin ser perseguidos ni ser víctimas de tantos inspectores descarados obligando al pago clandestino, al soborno en su más descarado modo. Dejen de politizar tanto los puestos de trabajo y de machucar al buen trabajador. Así no hará falta emigrar, y Cuba avanzará. Cada día es un golpe diferente para los cubanos comunes, sin embargo, la élite dirigente sigue siendo más inútil y más cruel. Repito: NO A LA EXPROPIACION!
Herme

Julian Acosta

Un gobierno q ni tiene soluciones para ninguna de las besecidades basicas de una poblacion ,se nabtiene inventando como dañar a ese mismo pueblo o nejir dicho comc robarles lo poco q tienen ,quitarteli ati para darseli a un miemvro chivston del partido,como no inventan ago para mejirar la alinentacion de la poblacion ,el mejoramiebto de las calles y vivieda ,asi teabajan el partido de los ladrones de Ali baba expropiar ,ki q sib todis unis vive bien .
Julian Acosta

Cira

Buenos días, tengo residencia en Cuba pero estoy viviendo en el extranjero, tengo mi vivienda en Cuba hay riesgo de que me la expropien Saludos
Cira

Isaleidy

Hola mi mamá alquiló su casa x 2 años ,cumplidos los 2 años los habitantes que alquiló no quieren irse , yo pregunto, tendrían algún derecho d convivencia , podría perder su casa?
Isaleidy

Ayme Masso Soto

Salí del país, hace muchos años con un PRE. Permiso de residencia en el exterior. Cuando Salí vivía en una casa la cual aparezco como propietaria. No vivo en Cuba pero cuando viajo ahí me quedo. Pasará algo con esta nueva ley al respecto ,yo puedo seguir como propietaria?

Estrella

Salí del país, hace muchos años con un PRE. Permiso de residencia en el exterior. Cuando Salí vivía en una casa la cual aparezco como propietaria. No vivo en Cuba pero cuando viajo ahí me quedo. Pasará algo con esta nueva ley al respecto ,yo puedo seguir como propietaria?. Me hace falta conocer esto por favor
Estrella
Ayme Masso Soto

YUNIOR

Si yo tengo a una persona viviendo en mi casa q tiempo debe vivirla para q yo la pierda
YUNIOR

Amarilis

Pudiera saber si aún se mantiene la prórroga de cubanos en el exterior,después de 24 meses por razones de la pandemia ? Si llevo sin entrar a Cuba desde que la pandemia empezó,existe algún peligro que pueda perder mi casa en Cuba,a fecha de hoy por no haber podido entrar aún? Muchas gracias!
Glenda Boza Ibarra

Hasta el momento y según han informado las autoridades migratorias cubanas se mantiene la prórroga.

glenda-boza-ibarra
Amarilis

Valentina

Si tengo una casa en Cuba entoces se pierde?
Valentina

Miralis Salazar Guerrero

Muy buena esa ley pk hay muchas personas q no tienen donde vivir en cuba
Miralis Salazar Guerrero

Lisandra García Borges

Yo soy una madre soltera con un niño de 2 años sin trabajo primero que todo sin casa y además mi hijo tienen mis mismos apellidos y no tenga dónde vivir para que son las casa de este país
Lisandra García Borges

Xiomara Espinosa

Saludos me comentan que una persona que vive en el extranjero y dejó una propiedad a su nombre aquí en Cuba no pierde el derecho a ella? Qué hay de cierto en esto?Gracias por su respuesta de antemano.
Xiomara Espinosa

Celia

Cuanta tergiversación,además la expropiación no la inventaron los cubanos,mucho menos en este siglo,conocen como se hacían las expropiaciones de campesinos para latifundistas nacionales y norteamericanos?
Celia

Diamela

Creo que la información que dieron está actualizada aunque debieron ponerla cronológicamente porque así no se entiende nada. La información no me llegó, por fin le quitan o no la casa a los que emigran y que sucede exactamente con esta ley expropiación.
Diamela

Liliana Amado García

Hola mi esposo tiene u una casa donde él tenía otra relación anteriormente y le cedió la mitad de la casa no se la regaló se la dejó que ella viviera ahí por la niña pero la casa no tiene todavía la propiedad no aparece al hombre de él es lo que tienes una donación pero la madre de su hija no le quiere dar la mitad ahora de la casa ya ella se fue del país le dejó la llave a su mamá y su mamá ahora se metió teniendo casa a vivir en esa casa para que nosotros no se la podemos quitar qué debemos de hacer nosotros para poder recuperar esa meta de la casa ya que todavía no tiene la propiedad lo único que tienes La donación que le hicieron a él
elTOQUE Jurídico

Hola Liliana. Para iniciar cualquier acción legal debe contarse con la titularidad del inmueble, por lo que este sería el primero paso. Le recomendamos buscar asesoría legal para continuar el proceso y esclarecer dudas. También puede consultar al equipo jurídico de Legalis en su canal de Telegram, en el siguiente enlace: https://t.me/LegalisCuba Saludos

el-toque-juridico
Liliana Amado García

Yinet dieguez

Hola mi papa emigró de cuba y lleva 3 años sin entrar, necesito saber de q manera pasar la propiedad a nombre d sus hijos es el deceo d él, pero hacerlo desde allá cuesta mil dólares obviamente ya perdió sus derechos pero hay una ley desde el covid q lo ampara pero queremos saber si hay alguna otra vía posible o si esa ley cambiará este 2024
Yinet dieguez

Feliciano Hernandez Mendoza

Quisiera saber si el propietario salio del país y entra al antes de los dos años pierde su casa.
Feliciano Hernandez Mendoza

Jenny santana

Buenos días, mi sobrino emigró a EUA de manera ilegal, es hijo único y heredero universal de su mamá la cual fallece poco después de su salida del país. Mi pregunta es: Puede perder la titularidad de la vivienda aquí en Cuba después de años de su salida de Cuba? Muchas gracias!!
Jenny santana

Marlem Argudin Iribarren

Buenas noches necesito que me expliquen o me saquen de dudas les comento Mi hermana obtuvo una vivienda vinculada la cual termino de pagar haces unos años ahora cuando se le pregunta dice q el estado se la quito mi pregunta es Porque?
elTOQUE Jurídico

Hola, buenas noches. Por favor, necesitaríamos que nos cuente más detalles, cuáles son los argumentos que le dieron, qué institución del Estado se la quitó, la desalojaron de la vivienda?

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Marlem Argudin Iribarren

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