Cubanos que llegaron a EE. UU. con parole humanitario no tienen que pagar la tarifa de 1 000 USD

Foto: Sadiel Mederos.

Foto: Sadiel Mederos.

El 16 de octubre de 2025, tras su publicación en el Registro Federal, entrará en vigor una nueva directiva firmada por Kristi Noem, secretaria de Seguridad Nacional de EE. UU., que establece una tarifa obligatoria de 1 000 USD para las personas que reciban un parole (libertad condicional migratoria) para ingresar a Estados Unidos. 

El cobro se efectuará en el momento en que el parole sea concedido y no al presentar la solicitud. Con la disposición, la norma reafirma el carácter discrecional de la Secretaría de Seguridad Nacional en la concesión de este tipo de beneficios, dejando claro que el pago de la tasa no implica garantía alguna de aprobación. Por el contrario, el abono del monto establecido constituye únicamente una condición previa para la ejecución material del parole, una vez que la autoridad migratoria competente haya determinado su procedencia.

La nueva tasa deriva del proyecto de ley HR-1, aprobado por el Congreso el 4 de julio de 2025 y convertido en ley bajo el nombre popular que le diera el presidente Trump: The One Big Beautiful Bill Act. La legislación dispone la creación de nuevas tasas y cargos migratorios para financiar programas de control fronterizo e inmigración legal, con el objetivo de reducir la dependencia del sistema migratorio respecto al presupuesto estatal y los contribuyentes estadounidenses. 

Además, la directiva establece que el monto de la tarifa podrá ajustarse anualmente según el índice de precios al consumidor (CPI-U); es decir, conforme a la inflación.

¿Cómo afecta a los cubanos que ya recibieron o esperan recibir un parole?

La normativa no hace distinción entre los diferentes tipos de parole que podrían verse afectados con la nueva tasa. Al contrario, emplea el término genérico parole, lo que implica que la medida alcanzará tanto a quienes soliciten un parole humanitario desde el exterior de Estados Unidos —como lo hicieron los beneficiarios del programa CHNV impulsado por la Administración Biden—, como a quienes aspiren a obtener un parole in place como el que obtuvo la mayoría de los cubanos que ingresaron a EE. UU. a través de la frontera sur mediante la aplicación CBP One.

Sin embargo, existen dos razones fundamentales para afirmar que ni los cubanos que ya se encuentran en EE. UU. (y fueron parolados antes del 16 de octubre de 2025) ni los que pretenden recibir ese beneficio después de esa fecha se verán afectados por la medida.

Primera razón

La directiva no tendrá carácter retroactivo, ya que, por principio general, las leyes no son aplicables a hechos acontecidos antes de su entrada en vigor. Esta no es la excepción. En consecuencia, sus disposiciones solo impactarán a quienes soliciten o reciban un parole a partir del 16 de octubre de 2025, fecha prevista para su publicación oficial en el Registro Federal y su entrada en vigor.

Segunda razón

La segunda razón que permite afirmar que los cubanos tampoco se verán afectados en el futuro por lo dispuesto en esta normativa, es que la norma establece una excepción específica para cubanos y haitianos.

La directiva reconoce que quienes sean considerados «cubanos y haitianos entrantes» (Cuban-Haitian entrants), de acuerdo con lo establecido en la sección 501(e) de la Ley de Asistencia Educativa para Refugiados de 1980, no estarán obligados a pagar la tasa. 

¿Qué establece la Ley de Asistencia Educativa para Refugiados de 1980? 

Fue una ley promulgada durante el éxodo del Mariel (la ola migratoria masiva que trajo a unos 125 000 cubanos y 25 000 haitianos al sur de Florida en 1980) y enmendada con posterioridad. 

En el momento de su promulgación —como después lo hizo Biden—, la Administración de Jimmy Carter utilizó su facultad discrecional de otorgar parole y permitió que los cubanos y haitianos que llegaran a EE. UU. les fuera permitida la entrada al país. La Ley de Asistencia Educativa para Refugiados utilizó el término «cubanos y haitianos entrantes» para referirse a los nacidos en ambas islas que llegaban a EE. UU.

La sección 501(e) de la La Ley de Asistencia Educativa para Refugiados, en su versión enmendada, definió el término «entrante cubano y haitiano» para efectos de determinar quiénes podían acceder a asistencia federal.

A esa sección se refiere la Directiva de la secretaria Noem para definir el término «Cuban Entrant». La sección considera como tal a:

  1. Cualquier ciudadano de Cuba o Haití que haya sido admitido en EE. UU. bajo parole y no haya adquirido otro estatus bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), y
  2. no tenga una orden final y legalmente ejecutable de deportación o expulsión.

En otras palabras, el término «cubano entrante» se aplica a toda persona que solicite un parole para ingresar a Estados Unidos y que no tenga una orden previa de deportación o expulsión.

Desde esa perspectiva, la preocupación principal no recae sobre los ciudadanos cubanos que soliciten un parole en el futuro, sino sobre sus familiares directos que no posean ciudadanía cubana.

Lo anterior es importante porque, aunque la Ley de Ajuste Cubano permite que los dependientes —es decir, cónyuges, hijos biológicos o putativos (hijastros)— del solicitante también puedan regularizar su estatus migratorio sin importar su nacionalidad, la excepción prevista en la nueva directiva no parece extenderles igual protección.

Por tanto, quienes podrían verse afectados por la nueva tasa son los cubanos con cónyuges o hijos extranjeros que busquen un parole familiar. En esos casos, el ciudadano cubano estaría exento del pago, pero sus familiares no.


Si te interesan los temas jurídicos puedes visitar nuestro proyecto elTOQUE Jurídico, en el cual encontrarás análisis y debates sobre las leyes, los derechos y los procesos jurídicos en Cuba. 
Síguenos también en Twitter: @eltoquejuridico
toque-promo

Si crees que nuestro periodismo es relevante para Cuba y su pueblo, queremos que sepas que este es un momento crítico.

Detrás de cada publicación hay un equipo que se esmera porque nuestros productos cumplan altos estándares de calidad y se apeguen a los valores profesionales y éticos.

Pero mantener la vigilancia sobre el poder, exigir transparencia, investigar, analizar los problemas de nuestra sociedad y visibilizar los temas ocultos en la agenda pública; es un ejercicio que requiere recursos.

Tú puedes contribuir con nuestra misión y por eso hoy solicitamos tu ayuda. Selecciona la vía que prefieras para hacernos llegar una contribución.

Evalúe esta noticia

cargando ...

Comentarios

En este sitio moderamos los comentarios. Si quiere conocer más detalles, lea nuestra Política de Privacidad.

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

MERCADO INFORMAL DE
DIVISAS EN CUBA (TIEMPO REAL)

toque_logo_white
1 EUR520.00 CUP
1 USD465.00 CUP
+4
1 MLC200.00 CUP
-5
1 GBP484.35 CUP
+3.27
1 CAD290.00 CUP
-15
1 MXN23.48 CUP
+0.08
1 BRL77.77 CUP
-0.25
1 ZELLE446.25 CUP
+1.22
1 CLA426.65 CUP
+1.09
Calendar iconCUBA
publicidad_banenr
Encuentra la norma legal cubana que buscas
Normativa reciente
Gaceta Oficial No. 19 Extraordinaria Especial de 2025
09 oct, 2025
Decreto Presidencial 1077 de 2025 de Presidente de la República
Otorga la Medalla “Trabajador Internacionalista  a veintidós  trabajadores, pertenecientes al Sindicato Nacional de Trabajadores Civiles de la Defensa.
Respuestas a preguntas jurídicas frecuentes

Nuestras aplicaciones

elTOQUE
elTOQUE
Noticias y análisis sobre la realidad cubana.
Tasas de elTOQUE
Tasas de elTOQUE
Tasas de cambio del mercado de divisas en Cuba.
Legalis
Legalis
Acceso fácil a la legislación cubana.
Encuentra la norma legal cubana que buscas
Normativa reciente
Gaceta Oficial No. 19 Extraordinaria Especial de 2025
09 oct, 2025
Decreto Presidencial 1077 de 2025 de Presidente de la República
Otorga la Medalla “Trabajador Internacionalista  a veintidós  trabajadores, pertenecientes al Sindicato Nacional de Trabajadores Civiles de la Defensa.
Respuestas a preguntas jurídicas frecuentes

Nuestras aplicaciones

elTOQUE
elTOQUE
Noticias y análisis sobre la realidad cubana.
Tasas de elTOQUE
Tasas de elTOQUE
Tasas de cambio del mercado de divisas en Cuba.
Legalis
Legalis
Acceso fácil a la legislación cubana.