Desde el anuncio de la lista de candidatos a diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) se ha reactivado otra vez la conversación sobre la reducción del Parlamento cubano.
¿En qué se fundamentó la decisión?
En julio de 2019 la ANPP promulgó una nueva Ley Electoral en la que se estableció una nueva proporción entre pobladores y representantes para definir los puestos definitivos del Parlamento cubano. Desde la puesta en vigor de la normativa se conocía que el número de asientos de la ANPP se reduciría de un total de 605 asientos (en la presente legislatura) a 470 (en la próxima).
En el artículo 14 de la Ley Electoral de 1992 ―antecesora de la de 2019― se establecía que debía ser electo un diputado por cada 20 mil habitantes de un municipio o fracción mayor de 10 mil. Establecía, además, que en el caso de los municipios que tuviesen 30 mil habitantes o una cifra inferior debía elegirse siempre dos diputados.
Sin embargo, la Ley Electoral de 2019 estableció una nueva proporción en la que se aumenta el número de pobladores por cada diputado. La normativa vigente regula que debe elegirse un diputado por cada 30 mil habitantes de un municipio o fracción mayor de 15 mil. Los municipios de 45 mil habitantes ―no 30 mil como en la anterior― o menos tendrán garantizados dos diputados.
El cambio en la proporción determinó la reducción del número de diputados de la ANPP.
En el momento de promulgarse la Ley Electoral vigente se discutió ―y ahora algunos han vuelto a esgrimir la idea― que la reducción en el número de diputados se debía a la decisión de las autoridades cubanas de trasladar de nuevo las sesiones de la ANPP al Capitolio nacional.
La idea estaba justificada, además, por el hecho de que desde 2016 ―cuando se terminó la restauración del Capitolio― allí están ubicadas las sedes de la presidencia de la ANPP, su departamento de Comunicación y las 11 comisiones legislativas permanentes.
Sin embargo, sería prácticamente imposible que ―incluso con la reducción del Parlamento cubano― las sesiones ordinarias de la ANPP pudiesen celebrarse en el Capitolio nacional. El edificio fue construido en los años veinte del siglo XX con la idea de ser la sede de un Congreso bicameral compuesto por una Cámara de Representantes y un Senado. Por ello, se construyeron dos hemiciclos o salones de sesiones. Uno en el ala norte dedicado a la Cámara y otro en el ala sur dedicado al Senado.
En el hemiciclo del ala sur sesionaba el Senado de la República (el más pequeño de ambos). De acuerdo con lo establecido en la Constitución de 1940, el Senado tenía un número fijo de miembros (54) en tanto eran electos 9 por cada una de las 6 provincias que tuvo el país hasta 1976.
El hemiciclo mayor se ubica en el ala norte y allí sesionaba la Cámara de Representantes que, según la Constitución de 1940, estaba conformada por un representante cada 35 mil habitantes o fracción mayor de 17 500.
En 1958, cuando se efectuaron las últimas votaciones a la Cámara de Representantes, Cuba tenía una población de alrededor de 6.5 millones de habitantes y fueron electos 166 parlamentarios pertenecientes a 7 partidos políticos diferentes.
El hemiciclo del ala norte cuenta con 204 bancas para diputados, por lo que tampoco podría albergar las sesiones de la ANPP reducida. A menos que se utilizaran los 393 asientos restantes que se colocaron originalmente en la planta alta del hemiciclo para los visitantes.
Si te interesan los temas jurídicos puedes visitar nuestro proyecto elTOQUE Jurídico, en el cual encontrarás análisis y debates sobre las leyes, los derechos y los procesos jurídicos en Cuba.
Síguenos también en Twitter: @eltoquejuridico
comentarios
En este sitio moderamos los comentarios. Si quiere conocer más detalles, lea nuestra Política de Privacidad.
Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *
Silvano