Inversores sin ley: la contradicción detrás de las promesas del Gobierno cubano a la emigración y a Estados Unidos

17 de marzo de 2026 a las 07:00 p. m.

Gasta menos datos recibiendo nuestro contenido en WhatsApp o Telegram
Manuel Marrero, Miguel Díaz-Canel y Oscar Pérez-Oliva Fraga en 2025 durante una feria de negocios. Foto: Cubadebate

Manuel Marrero, Miguel Díaz-Canel y Oscar Pérez-Oliva Fraga en 2025 durante una feria de negocios. Foto: Cubadebate

En medio de la profunda crisis económica que atraviesa el país, el Gobierno impuesto por el Partido Comunista de Cuba (PCC) vuelve a colocar a la emigración en el centro de su discurso económico, a tono con algunas expresiones de la Administración Trump que sugieren la vía de los negocios para provocar cambios en la isla.

Óscar Pérez-Oliva, viceprimer ministro y ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, anunció el 16 de marzo de 2026 medidas destinadas —según la narrativa del régimen— a facilitar la participación de los cubanos residentes en el exterior en el desarrollo económico del país.

Entre las «novedades», estaría la posibilidad de que los emigrados puedan ser socios o incluso propietarios de empresas privadas. El sitio estatal Cubadebate asegura que eso es posible «siempre que estén comprendidos dentro de “la condición migratoria de “inversores y de negocios” que establece la vigente Ley de Migración».

Sin embargo, esa ley no ha sido publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, paso indispensable para que cualquier norma entre en vigor en el ordenamiento jurídico cubano.

El problema es que la condición migratoria que mencionó Cubadebate no existe en la legislación vigente en Cuba. La actual Ley de Migración cubana data de 1976 y aunque ha sufrido modificaciones parciales —especialmente en 2012— su estructura normativa no contempla una categoría migratoria denominada «inversor o de negocios».

La referencia a esa categoría proviene, en realidad, de otro documento: un borrador de la nueva Ley de Migración aprobado por la Asamblea Nacional en julio de 2024, que introducía varias novedades, entre ellas la posibilidad de que cubanos residentes en el exterior opten por estatus migratorios vinculados a actividades económicas.

Casi dos años después de su aprobación parlamentaria, la reforma sigue en un limbo legal. En un sistema jurídico funcional, distinto del imperante en Cuba, el proceso legislativo concluye con la publicación oficial de la norma, momento a partir del cual esta se convierte en regla obligatoria y aplicable.

La ausencia de esa publicación significa que la nueva ley migratoria no existe jurídicamente.

Una reforma congelada durante dos años

La existencia de una ley aprobada pero no publicada plantea preguntas inevitables: si la normativa estaba lista desde 2024, ¿por qué no se implementó antes?

Durante ese período, Cuba ya estaba sumergida en una de las peores crisis económicas de su historia reciente, marcada por la escasez de combustible, alimentos y divisas. En ese contexto, facilitar la inversión de la diáspora —una de las principales fuentes de ingresos externos del país— habría parecido una medida lógica. Sin embargo, el Gobierno decidió mantener la reforma congelada.

En marzo de 2026, las autoridades vuelven a presentar medidas relacionadas con la emigración como parte de un paquete de supuesta apertura económica. Pero lo que hoy se anuncia como novedad forma parte de una legislación que el Estado aprobó hace casi dos años y decidió no poner en vigor.

¿«Apertura» económica o control político?

El gobernante Miguel Díaz-Canel dijo el 13 de marzo de 2026 que las nuevas medidas responden a un proceso de consultas con cubanos residentes en el exterior. Según afirmó, durante el último año el régimen organizó encuentros sectoriales y regionales con miembros de la diáspora para recoger sus preocupaciones, propuestas y limitaciones para invertir en el país.

A partir de esas reuniones —según el mandatario designado por Raúl Castro— el Gobierno cubano analizó las demandas de la emigración. Las medidas que se anunciaron el 16 de marzo, aseguró Díaz-Canel, permitirán resolver «casi en la totalidad» esos planteamientos y facilitarán la participación más activa de los cubanos en el exterior en el desarrollo económico del país.

El viceprimer ministro y titular del Mincex, Óscar Pérez-Oliva Fraga, también ha insistido en esa narrativa. En declaraciones recientes al medio estadounidense NBC News afirmó que «Cuba está abierta a establecer relaciones comerciales fluidas tanto con empresas estadounidenses como con cubanos residentes en Estados Unidos y sus descendientes».

Según Fraga, esa supuesta apertura abarcaría no solo pequeñas inversiones, sino también proyectos de mayor escala, especialmente en infraestructura. Pero ese discurso se enfrenta a la realidad: la seguridad jurídica en Cuba sigue siendo uno de los principales obstáculos para cualquier inversor potencial.

Desde el punto de vista formal, la puerta para que la emigración cubana invirtiera en el país estaba entreabierta desde hace años, mediante la Ley de Inversión Extranjera de 2014. En teoría, esa legislación permitía que cubanos residentes en el exterior participaran en proyectos económicos bajo el mismo marco que los inversionistas extranjeros.

En la práctica, este mecanismo nunca contó con reglas transparentes ni procedimientos claramente establecidos para la diáspora. Las decisiones se han gestionado de forma discrecional y caso por caso.

Una de las expectativas en torno a la nueva Ley de Migración aprobada en 2024 era establecer un marco regulatorio claro para los cubanos residentes en el extranjero que quisieran invertir o desarrollar actividades empresariales en Cuba desde el exterior. Ese marco, sin embargo, no existe todavía.

Los anuncios de acercamiento con la emigración no representan un cambio profundo en la relación entre el régimen y su diáspora. Son parte de una estrategia que intenta mejorar el vínculo económico sin modificar las bases del control político que el sistema mantiene sobre la movilidad y los derechos de los cubanos que decidieron vivir fuera del país.

El peso económico de la diáspora cubana

La relación entre el Estado cubano y su emigración ha estado marcada durante décadas por una tensión permanente. Por un lado, la diáspora representa una fuente crucial de ingresos para la economía nacional mediante envío de remesas y paquetes, recargas telefónicas desde el exterior, viajes y gastos dentro de la isla que generan cada año miles de millones de dólares.

En un país cuya economía atraviesa una contracción prolongada y donde el Estado enfrenta serias limitaciones para generar divisas, ese flujo resulta esencial.

Por otro lado, el Gobierno mantiene una profunda desconfianza hacia el potencial político de la emigración, porque buena parte del activismo opositor y del debate público sobre el futuro de Cuba se articula desde fuera de la isla.

Esa dualidad ha producido una política migratoria ambivalente: apertura económica limitada combinada con control político sobre los derechos y la movilidad de los ciudadanos.

En el contexto político actual, el régimen está utilizando la posibilidad de un diálogo con la Administración Trump para mostrarse como un Gobierno abierto a generar un escenario «dinámico» para la empresa cubana. Tras casi 70 años en el poder, la élite del PCC sabe qué tiene que ofrecer a Estados Unidos y en qué momento.

Un análisis publicado por el economista Pedro Monreal en la plataforma X coincide en que la supuesta apertura adelantada por Pérez-Oliva Fraga en NBC «busca preparar negociaciones con EE. UU. sobre inversiones estadounidenses en Cuba más que fomentar la participación económica de emigrados».

La discrecionalidad como instrumento

El hecho de que una ley aprobada por el Parlamento permanezca sin publicarse durante años refleja la fragilidad institucional del sistema jurídico cubano.

En teoría, la Asamblea Nacional es el órgano supremo del poder del Estado. En la práctica, incluso las normas aprobadas por ese órgano pueden quedar suspendidas indefinidamente si el Ejecutivo decide no implementarlas.

Mantener una ley en ese estado intermedio —aprobada pero no vigente— ofrece una ventaja política evidente: permite activar o presentar sus disposiciones en el momento que resulte más conveniente.

En el actual contexto, marcado por conversaciones con Estados Unidos y por la necesidad de atraer capital externo, esa flexibilidad se convierte en un recurso estratégico.

Lo que se presenta hoy como un gesto de apertura puede ser, en realidad, la implementación tardía de decisiones adoptadas hace años.

Más allá del discurso oficial, el principal factor que determina la viabilidad de cualquier inversión en Cuba no es estrictamente económico, sino institucional.

Los inversionistas —sean extranjeros o miembros de la diáspora— necesitan garantías básicas: estabilidad normativa, protección de la propiedad privada y mecanismos independientes para resolver conflictos. En el caso cubano, esas garantías siguen siendo frágiles o inexistentes, como demostró en noviembre de 2025 la prohibición del Gobierno de extraer o transferir al exterior las divisas ya depositadas en bancos cubanos por empresas extranjeras.

El economista Pedro Monreal también expresó su escepticismo con el anuncio gubernamental. Según el experto: «sin un marco legal con garantías básicas y adicionales que genere confianza muchos emigrados preferirán seguir enviando remesas en vez de invertir directamente, pero ese tipo de garantías no parece estar en el radar».

La historia de las últimas seis décadas, marcada por cambios abruptos en las reglas económicas y por amplias facultades discrecionales del Estado, continúa siendo un factor determinante en la percepción de riesgo.

Por ese motivo, más allá de los anuncios, la pregunta esencial es: si las reglas del juego pueden cambiar en cualquier momento, ¿qué seguridad real tienen quienes decidan apostar por invertir en el país?

La respuesta seguirá siendo incierta mientras la legislación migratoria que debería establecer ese marco continúe sin publicarse.


Si te interesan los temas jurídicos puedes visitar nuestros proyectos elTOQUE Jurídico y Legalis, en los cuales encontrarás análisis y debates sobre las leyes, los derechos y los procesos jurídicos en Cuba. 
Síguenos también en Twitter: @eltoquejuridico
toque-promo
Encuentra la norma legal cubana que buscas
Normativa reciente
Gaceta Oficial No. 41 Extraordinaria de 2026
16 mar, 2026
Resolución 20 de 2026 de Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Modifica el Anexo Único de la Resolución 166 “Reglamento que rige las relaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior y las formas de gestión no estatal”.
Respuestas a preguntas jurídicas frecuentes

Nuestras aplicaciones

elTOQUE
elTOQUE
Noticias y análisis sobre la realidad cubana.
Tasas de elTOQUE
Tasas de elTOQUE
Tasas de cambio del mercado de divisas en Cuba.
Legalis
Legalis
Acceso fácil a la legislación cubana.