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Foto: Melissa.

¿Cómo hacer un poder notarial en el extranjero para utilizarse en Cuba?

22 / mayo / 2023

Si estás en el extranjero y requieres que una persona haga un trámite legal por ti en Cuba, es necesario tramitar un poder notarial —documento que faculta a un representante—. El poder notarial se requiere para, por ejemplo, efectuar la compraventa de una casa a nombre del cubano que está fuera del país, para realizar transacciones bancarias o fungir como representante en un proceso de un divorcio.

Existen dos formas fundamentales de hacer un poder notarial estando fuera de la isla.

La primera y más fácil es acudir ante un funcionario consular cubano en el país donde se encuentre la persona interesada. Los funcionarios consulares tienen funciones notariales y pueden hacer los mismos documentos que los notarios en Cuba. 

Los poderes notariales pueden ser de dos tipos: generales (facultan al apoderado para hacer varios trámites o para representar de forma genérica a la persona que otorga el poder) o especiales (se utilizan para apoderar a alguien y que así efectúe un trámite determinado). 

El arancel consular o pago por el servicio de los poderes notariales tiene diferentes costos y varía según el país donde se encuentre la persona interesada. Por ejemplo, en Estados Unidos un poder general cuesta 210 USD y uno especial, 150 USD; mientras que en Europa cuestan 190 EUR y 125 EUR, respectivamente. En Latinoamérica las cifras disminuyen, un poder general puede cotizarse en 150 USD y uno especial en 120 USD.

La mayoría de las páginas web oficiales de los consulados cubanos tienen información sobre los aranceles y servicios que brindan, por lo que será útil consultarlas para verificar precios y requisitos específicos en cada país.

Para que un poder obtenido ante un oficial consular cubano en el extranjero pueda utilizarse en Cuba, deberá legalizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrex). Por lo tanto, el poder tiene que viajar a Cuba para que quien vaya a utilizarlo lo legalice en el Ministerio de Relaciones Exteriores (mediante el contrato de los servicios de los Bufetes Colectivos o de una consultoría especializada).

La segunda forma de hacer un poder notarial en el extranjero es más engorrosa y requiere de una mayor cantidad de trámites. La persona interesada puede acudir ante un notario o funcionario autorizado del país donde se encuentra y solicitar la redacción del poder que necesita. Pero para que el documento realizado ante un funcionario extranjero pueda utilizarse en Cuba, deberá transitar por varios procesos adicionales.

En primer lugar, el documento deberá legalizarse ante las autoridades del país donde se expidió, para así acreditar su autenticidad. Después, deberá legalizarse ante un funcionario consular cubano en ese país. Si el documento está redactado en un idioma diferente al español, tiene que ser traducido por un traductor certificado. El cónsul cubano en el exterior tendrá que legalizar tanto el documento notarial original como la traducción, en caso de que sea necesaria.

Tras los pasos anteriores (obtención del poder, legalización por las autoridades del país donde se hizo y por el cónsul cubano), el documento debe ser enviado a Cuba y pasar por otros dos trámites. La legalización ante el Minrex y la protocolización. La protocolización se realiza ante un notario cubano e implica que se incorpore la escritura hecha por un funcionario extranjero en los libros notariales para que pueda utilizarse en Cuba.

En resumen, acudir a los servicios consulares cubanos es la vía más expedita para realizar un poder notarial en el extranjero que será utilizado en la isla. En el caso de países como Estados Unidos, el consulado cubano en Washington no atiende a las personas directamente. La oficina tiene indicado que los trámites notariales (incluidos los poderes) deben realizarse a través de agencias con las que tienen contratos de trabajo. Por ejemplo, agencias como Cubamax, a la que hay que contactar para que se encargue de gestionar la redacción y legalización de los poderes y otros documentos notariales.


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ivismarg

Buenas tardes para hacer un poder notarial de una casa que tengo en propiedad en cuba y la quiero donar, que trámite tengo q hacer ? Saludos ivis
Glenda Boza Ibarra

Hola Ivis. Gracias por comentar. Para hacer el poder debes ir a un notario y al consulado cubano que más cercano tengas.

Jenny santana

Buenos días, mi hijo es emigrado en EUA y quiere hacerme la donación de la casa porque ya en agosto pierde la propiedad, que pasos debe dar? Por favor si pudieran ayudarme. Gracias!!!
elTOQUE Jurídico

Hola, Jenny, buenos días.

Necesita a un apoderado en Cuba que realice la donación por él o ir en persona a Cuba a hacer la donación. Si no va a viajar y no ha dejado un poder notarial a alguien con la facultad expresa de disponer de su vivienda, entonces debe hacer ese poder en los Estados Unidos ante las autoridades consulares cubanas en aquel país. Hay agencias particulares que hacen estos trámites por los particulares sin que tengan ellos que viajar a Washington.

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Jenny santana
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ivismarg

Dayli Marrero Medina

Buen día, qué debe hacer el padre de mi hija para hacer el permiso notarial de autorizo de viaje y de pasaporte de la niña?, él vive en Texas,(EEUU) y la niña en Cuba. Gracias
Dayli Marrero Medina

Annia Perea López

Vivo en Colombia necesito hacer un poder a mi mamá que vive en Cuba para subsanar algunos datos de mi certificacio de nacimiento qué debo hacer
Annia Perea López

Irma Victoria Padierne montes

Por favor quisiera saber el precio de legalización de un poder Notarial en Cuba Minrex expedido en España. Y en que moneda se pagaría? Gracias
Irma Victoria Padierne montes

Alexey

Saludos , Con respecto al poder Notarial para cubanos en el exterior, tengo entendido que so eres considerado Emigrado , no tienes derecho de hacer poder notarial en Cuba, que pierdes cualquier propiedad que tengas a tu nombre..Que hay de cierto en esto ?
Eloy Viera Cañive

Hola, Alexey.


Sí se puede hacer un poder notarial, sea residente o no, porque para eso tiene que presentar su pasaporte.


Ahora, si un ciudadano cubano pasa en el exterior un tiempo superior a los 24 meses de forma ininterrumpida, la ley cubana (Artículo 9.2 de Decreto Ley 302 de 2012) establece que pierde la residencia y, por tanto, se considera emigrado. La condición de emigrado implica la pérdida de derechos, entre los que se encuentran los derechos patrimoniales, pues se ve imposibilitado para conservar sus propiedades en Cuba, aunque la titularidad de ellas puedan ser reclamadas por sus familiares.


No obstante, hay un pequeño paréntesis. Desde 2020, una de las medidas tomadas por el Gobierno cubano como parte de los inconvenientes generados por la pandemia fue, precisamente, establecer de forma automática la prórroga de este tiempo para los ciudadanos cubanos en el exterior sin que implique la pérdida de la residencia en el territorio nacional.


Si usted estaba fuera del país antes de ese tiempo y habían pasado los 2 años, no puede contar con lo que se explica en el párrafo anterior.

eloy-viera-canive
Alexey

Siria Ester belett

Buenos tarde. Quisiera saber si mi hijo que sta en Italia conmigo,El puede hacerle un poder a mi hermana que sta EN cuba
Siria Ester belett

Lady laura

Hola Mi esposo es cubano, residente en méxico por refugiado político( por lo cual no puede venir a cuba ), necesita hacer un poder para las niñas para residir en méxico para yo presentarlo en el consulado mexicano aquí n cuba el día de las entrevistas de las dos menores, él debe ir al consulado mexicano o cubano en méxico a hacer ese poder ?

Henry (legalis)

Hola, normalmente debería hacerlo en el consulado cubano, pero viendo su caso y el país en el que se encuentra será mejor que pida asistencia a un abogado, ir por su cuenta en esa condición al consulado cubano puede ser que no le quieran atender o tramitar. Un saludo
Henry (legalis)
Lady laura

Juana Millares

Necesito hacer un poder notarial de guardián para un menor en Cuba que tiene los padres en América. Tenemos la forma notariada de la paternidad de los padres. Nos puede ayudar?

Henry (legalis)

Hola Juana lamentablemente no contamos con oficina en Cuba, para este caso en específico deberá acudir a un abogado de Bufetes Colectivos. Un saludo
Henry (legalis)
Juana Millares

Osvaldo Velázquez Pérez

Buenas tardes, yo necesito urgente de su ayuda y apoyó la madre de mi hija lleva dos años y algunos meses allá, necesitamos que nuestra hija de 15 años de edad se reencuentrw con ella, pero necesitamos el permiso especial para poderle ha eres el pasaporte, para pedirle al gobierno de EEUU que le po ganar el parol por reunificacion familiar, yo soy el padre de la niña
elTOQUE Jurídico

Hola, buenas noches. Acá puede encontrar respuestas:

https://eltoque.com/preguntas-y-respuestas-sobre-la-emigracion-de-ninos-cubanos

el-toque-juridico
Osvaldo Velázquez Pérez

Vivian Casal Peláez

Buenas tardes, salí de Cuba en Junio de 2022,,si no entro a los 2 años,pierdo el derecho a una casa de mi propiedad, muchas gracias
elTOQUE

Hola, buenas noches. Puede consultar acá:

https://eltoque.com/en-vigor-ley-de-expropiacion-forzosa-cuba

sumavoces
Vivian Casal Peláez

Mariza

Hola necesito un poder para poner mi caza a nombre de mi hermano g debo de hacer tengo mi ciudadanía cubana gracias
Mariza

Alex

Buenas tardes, tengo permiso de residencia en el exterior por matrimonio con una extranjera y voy a heredar una propiedad en Cuba a la cual tengo derecho por tener PRE, mi pregunta es si con un PODER GENERAL hecho en el consulado cubano para una persona en Cuba puede realizar los tramites de traspaso de propiedad a mi nombre y que debe incluir este poder?
elTOQUE Jurídico

Hola, buenas tardes. Puede consultar acá:

https://legalis.eltoque.com/consultas/646bd271474294001d27fd2d

el-toque-juridico
Alex

Dayani

Hola, tengo una duda, el papá de mi niño de 6 años envió su poder notarial para pasaporte y salida al exterior, con dicho documento q dice esta legalizado y certificado en el consulado, yo saque su pasaporte, ahora mi pregunta es tengo q certificarlo en el minrex aquí en Cuba para salir del país???
elTOQUE Jurídico

Hola. De acuerdo a la información disponible, el autorizo notarial para solicitar pasaporte no debe ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba (Minrex).

Con el pasaporte en su poder, debe informarse con la embajada del país de destino sobre otros requisitos para viajar con menores de edad. Algunas embajadas solicitan un documento en el que el padre o la madre que no viaja autoriza al otro expresamente a viajar con el menor de edad.

Varios países de destino y de tránsito también requerirán una autorización notarial expresa y firmada por el padre o madre que no viaja. Es recomendable informarse con la autoridad migratoria del país de destino y tránsito si requiere dicho documento. En caso positivo, siempre debe estar legalizado por el Minrex. 

Puede consultar el siguiente texto para mayor información: https://eltoque.com/viajar-desde-cuba-con-menores-de-edad

Saludos


el-toque-juridico
Dayani

Reniel Echevarría Valdés

Estoy en Cuba , mi hermano es ciudadano americano pero se nos dificulta hacer la reunificación de familia porque en su incripción de nacimiento el segundo apellido de nuestro padre no coincide con el mio por error notarial, cuanto le costaría a el un poder en estados Unidos para que yo subsane eso aquí en Cuba
Reniel Echevarría Valdés

Robin Leon Batista

me interesan estos temas
Robin Leon Batista

Maylen Guizan

Buenas tardes, mi esposo se fue por parol humanitario y la vivienda está a nombre de los dos, no me dejó poder para la venta q debe hacer desde allá, si tuvieran un número o q me pudiera indicar una dirección para ver q notario le queda más cerca para el trámite desde Midland, Texas.
Maylen Guizan

Ayme

Buenas tardes que tipo de poder necesito para una herencia y hacer dejacion de la misma. Gracias
elTOQUE Jurídico

Hola. Necesita un poder especial que señale que el apoderado podrá ceder o renunciar en su nombre a todos los derechos hereditarios correspondientes al caudal del fallecido. Tendrá que señalar específicamente los derechos hereditarios (o sea, los de la persona fallecida) a los que el apoderado está facultado a renunciar.

También puede consultar a nuestros especialistas en el canal de Telegram de Legalis: https://t.me/LegalisCuba

Saludos

el-toque-juridico
Ayme

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