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Cambios en el sistema de pensiones en Cuba. ¿Cuánto cobrarán los jubilados a partir de 2024?
9 / enero / 2024
El Consejo de Ministros modificó el artículo 195 del Decreto 283 —conocido como «Reglamento de la Ley de Seguridad Social»— a través de la publicación del Decreto 99 de 2023 en la Gaceta Oficial 1 de 2024. La modificación tiene un impacto directo en la manera en que las autoridades cubanas realizan el cálculo de las pensiones por edad e invalidez parcial.
Las pensiones por edad e invalidez se determinan en Cuba al calcular el promedio del salario mensual de los cinco mejores años de los últimos 15 laborados. El sistema de cálculo se mantendrá inalterado. Lo que cambió desde el 4 de enero de 2024 (fecha en la que entró en vigor el Decreto 99) es el concepto «salario mensual» que manejarán las autoridades cubanas a los efectos del cálculo de las pensiones.
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
La reforma que introdujo la normativa responde, a su vez, a los efectos de las medidas que «para el fortalecimiento del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Cubano» tomaron las autoridades cubanas en mayo de 2021.
Como parte de las medidas, el Gobierno suprimió los límites administrativos a la cantidad de salarios medios mensuales que la empresa estatal podía distribuir en concepto de utilidades entre sus trabajadores. Antes de la modificación de 2021, las empresas estatales solamente podían distribuir entre sus trabajadores las utilidades que les quedaban luego del pago de los impuestos —si habían cumplido los «indicadores directivos» establecidos por el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP)— y hasta cinco salarios medios mensuales.
Asimismo, dentro del paquete de medidas implementado en mayo de 2021, las autoridades cubanas dispusieron que el dinero recibido por los trabajadores como parte de la redistribución de utilidades sería «utilizado como base de cálculo para las prestaciones de la seguridad social a largo plazo». Desde entonces —y a los efectos del cálculo de las pensiones— al salario básico de muchos trabajadores estatales se le sumó también los bonos que, en concepto de utilidades, recibieron antes de jubilarse o ser sujetos de peritaje médico.
Las medidas implementadas en mayo de 2021 beneficiaron a muchos trabajadores que laboraban en empresas estatales medianamente rentables. Sin embargo, al parecer —atendiendo a lo dispuesto en el Decreto 99— el beneficio terminó siendo una carga demasiado pesada para un Estado con un déficit fiscal que alcanza el 18 % del producto interno bruto (PIB) del país —como reconocieron las autoridades al cierre del año— y que ante la incapacidad de cubrir con los impuestos el costo de los servicios públicos necesita reducir sus gastos.
Una de las formas que ha encontrado el Estado para acortar gastos es la reducción de las pensiones de quienes podían beneficiarse con las medidas de hace apenas dos años —medidas que estaban dirigidas, en teoría, a incentivar a los trabajadores del sector estatal y a «seguir fortaleciendo la empresa estatal socialista» en función de que lograra desarrollar «todas sus potencialidades como figura fundamental» de la economía cubana —.
Las medidas de 2021 han demostrado ser gravosas en exceso. Resulta que, a la luz de lo dispuesto en uno de los POR CUANTOS del Decreto 99, el Gobierno cubano considera que la eliminación de los límites a la distribución de utilidades ha generado «pensiones con elevadas cuantías». Lo anterior requiere la modificación del procedimiento para determinar la base de cálculo de las pensiones por edad e invalidez total «a fin de atenuar los gastos del presupuesto de la seguridad social».
O sea, que lo que hace dos años se ofreció como incentivo a los trabajadores del sector estatal de la economía, hoy necesita ser compensado con un recorte en el gasto público que afecta a uno de los sectores más vulnerables del país, los pensionados.
Más allá de la apabullante vulnerabilidad de los ancianos cubanos en un país en el que la inflación crece cada día, el Gobierno ha reconocido que no tiene forma de enfrentar el problema por una vía diferente a la de los recortes —en tanto la fuerza laboral del sector estatal envejece mucho más rápido de lo que puede ser reemplazada, lo cual genera gastos insostenibles para el Gobierno—.
En otro de los POR CUANTOS del Decreto 99, la Administración cubana reconoce que «[el] envejecimiento de la población cubana incide en el incremento de los gastos del presupuesto del sistema de seguridad social, debido al aumento del número de personas que arriban a la edad de jubilación y del tiempo de permanencia como pensionado». Al mismo tiempo, reconoce que el proceso viene acompañado por una «disminución de los contribuyentes al sistema» debido a que los puestos de trabajo de los pensionados no son ocupados inmediatamente por nuevos trabajadores que puedan contribuir al sistema de la seguridad social.
La anterior es la razón oficial que proporcionó el Gobierno cubano para establecer que, a partir del 4 de enero de 2024, las pensiones que incorporan en su fórmula de cálculo remuneraciones que no se consideran salario (la distribución de utilidades, el pago por resultado o las actividades de pronto despacho y trincaje aplicadas en la actividad portuaria) equivaldrán a la totalidad del promedio del salario mensual de los cinco mejores años de los últimos 15 trabajados si el cálculo es inferior a 9 510 CUP.
En otras palabras, no importa la extensión del historial laboral ni los ingresos acumulados durante el período estipulado por la ley para calcular la jubilación. El Gobierno cubano sostiene que, si la jubilación supera la última escala salarial vigente (9 510 CUP), no se tendrá el derecho al ciento por ciento de lo que, según la ley, correspondería hasta el 4 de enero de 2024.
¿Cómo puedo saber de cuánto será mi pensión?
El Decreto 99 establece que solamente recibirán el ciento por ciento del cálculo de la pensión quienes no tengan derecho a más de 9 510 CUP. Pero, si el resultado del cálculo de la pensión se encuentra entre 9 510 y 19 020 CUP, el pensionado recibiría 9 510 CUP más el 60 % de la diferencia entre el valor total calculado y el valor garantizado (9 510).
A modo de ejemplo, si alguien ha recibido utilidades, pago por resultado u otro tipo de compensación no consideradas salario y su promedio salarial de los mejores cinco años de los últimos 15 laborados es 15 000 CUP, solamente tendría derecho a recibir 9 510 CUP más el 60 % de la diferencia entre 15 000 y la cifra inicial.
Fórmula matemática para calcular la jubilación de quienes el salario medio se encuentre entre 9 510 y 19 020 CUP:
60 % (15 000 – 9 510) + 9 510 = 12 804
La fórmula matemática es igual —con la respectiva disminución de los porcentajes a aplicar sobre los excesos— a la cual habría que emplear para determinar las pensiones de los jubilados cuyo promedio salarial de los mejores cinco años de los últimos 15 trabajados (incluidos pagos por resultados o utilidades) se encuentre entre los 19 020 y 28 530 CUP. Quienes se encuentren en el rango anterior tendrán derecho a 19 020 CUP más el 40 % del exceso entre la cifra total calculada y los 19 020 CUP.
Fórmula matemática para calcular la jubilación de quienes el salario medio se encuentre entre 19 020 y 28 530 CUP (X es el salario medio total calculado):
40 % (X – 19 020) + 19 020
Por último, quienes superen el salario medio (28 530 CUP) deberán utilizar la fórmula siguiente.
Fórmula matemática para calcular la jubilación de quienes el salario medio sea superior a 28 530 CUP (X es el salario medio total calculado):
20 % (X – 28 530) + 28 530
Aunque inicialmente la medida podría afectar a un sector minoritario de los pensionados cubanos (dado que la implementación de las medidas que condujeron a los resultados que hoy se quieren evitar o disminuir es relativamente reciente [2021]), representa sin dudas un desincentivo para quienes creen que un esfuerzo laboral intenso dentro del sector estatal les asegurará la mayor remuneración posible.
Por otro lado, incluso los jubilados que superan lo que el Gobierno cubano considera «pensiones elevadas» (9 510 CUP) recibirían, según los valores de cambio del mercado informal de divisas actual, entre 35 USD (9 510 CUP) y 105 USD (28 530 CUP) mensuales. El valor de cambio es relevante si se considera que, aunque la inflación se ha «ralentizado» —según reconocimientos oficiales—, no ha dejado de crecer y los pensionados, a menos que obtengan un empleo adicional a la jubilación, no podrán aspirar nunca a un aumento de ingresos proporcional al crecimiento inflacionario.
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Delis
Leidys Columba reyes
Juan Denis Torres Betancourt
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Margarita Arias
Maria otilia. Diaz. Marchena
Dulce María Loyola Gamez
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Yamilka
Berta Luisa Camacho Jiménez
María Aguila
Carmen Luisa Roso Fernandez
Nora melania Martínez Zamora
Mirlenis Cruz Gras
Zoraida pino
La chiki
Magda Bauta
Hola. De acuerdo a la normativa, aplicará a las personas jubiladas desde el 4 de enero de 2024. Saludos
Guillermo martinez
Guillermo Martínez
Ana María
Olga Lydia vigoa carpio
Carmen Navarro Rodriguez
Sonia
Nancy
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Juan Denis Torres Betancourt
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Marcos Pérez Sánchez
Norma Rodríguez
Maribel Leonor Fernández Friman
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Yaumara
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Héctor
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Maria. Otilia. Diaz. Marchena.
Nancy Blanco Mir
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Ivis peraza
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Carmen Rosa Duran
Juan Denis Torres Betancourt
Miriela
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
DALIA
Melva Luz Guerra de la Vega
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Carlos Alfonso Vázquez Hernández
María Díaz
Barbara Emilia Ruiz Gonzalez
Lorenzo bubaire Cabrera
Belkis Martinez
Carmen Vilorio Macias
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Carlos
Anselmo
Elba Rosa Toyos Leon
Eugenio Félix. Campos
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Adriana Silva Colome
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Leticia alvarez
De acuerdo a lo que establece la normativa, los cambios afectarán a quienes se jubilen después del 4 de enero de 2024 y les corresponda más de 9 500 pesos de pensión.
Bienvenido Chacón Mujica
Osvaldo Aguilar arias
Rosa Silva Ramirez
Valia
Vladímir
Odalys Raquel Morfa Gonzalez
Obdulia Calderin Aberti
Juan Rafael Oro
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Martha Margarita Cassola Expósito
María Julia Ruiz Paneca Si
Roberto de la Tore Garcia.
Nelida Zerquera Marin