I-220A no sirve para aplicar a Ley de Ajuste, dice Junta de Apelaciones de Inmigración de Estados Unidos

Foto: tomada de Internet.

I-220A no sirve para aplicar a Ley de Ajuste, dice Junta de Apelaciones de Inmigración de Estados Unidos

11 / septiembre / 2023

La Junta de Apelaciones de Inmigración del Departamento de Justicia de Estados Unidos falló este 11 de septiembre de 2023 en contra de considerar la forma I-220A como un parole que permitiría a los emigrantes que la recibieron (o recibirán en la frontera) aplicar a la Ley de Ajuste Cubano (LAC). 

Acorde con el fallo, la forma I-220A es un parole, pero diferente al parole humanitario que acepta el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) para aplicar a la Ley de Ajuste. El fallo considera la I-220A un parole condicionado que tiene su amparo en la sección 236 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos (INA, por sus siglas en inglés). La Junta de apelaciones admite que solamente el parole humanitario que se expide bajo la sección 212 de la INA es el que califica para ajuste de estatus migratorio bajo la Ley de Ajuste.

En Estados Unidos, las decisiones de los jueces que son avaladas por instancias judiciales superiores se convierten en ley. Esa era la esperanza de quienes llevan meses pendientes del resultado de la apelación. La decisión de la Junta responde a un recurso que presentara el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) contra una sentencia de un juez de Miami que en 2022 utilizó la LAC para ajustar el estatus migratorio de un cubano al que se le permitió la entrada a Estados Unidos bajo un I-220A.

Al presentar su apelación, el Departamento de Seguridad Nacional defendió el argumento de que un I-220A no constituía un parole humanitario y que la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos Jennings vs. Rodriguez no es aplicable al caso de los cubanos que pretendan ajustarse. 

Jennings vs. Rodriguez es una decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos de 2018 en la que los jueces de ese máximo órgano de justicia reconocieron que la única forma legal que tienen las autoridades migratorias estadounidenses para liberar a un inmigrante bajo libertad condicional es a través del parole humanitario contemplado en la sección 212 de la INA (el que sirve para aplicar a la Ley de Ajuste). 

Con amparo en Jennings vs. Rodriguez, en 2022, el juez de Miami consideró que podía entenderse por un razonamiento legal que su entrada al país se había producido bajo ese concepto, sin importar el modelo que les hubiesen entregado a los cubanos al momento de dejarlos entrar al país (si la única forma legal que tenían para liberarlos era un parole humanitario).

Para infortunio de muchos cubanos, la Junta de Apelaciones decidió que el juez estaba equivocado y que el Departamento de Seguridad Nacional tiene la razón.

Tras el resultado de la apelación, a los cubanos que entraron de manera irregular por la frontera sur de Estados Unidos y recibieron una I-220A se les cierra, al menos por el momento, la posibilidad de regularizarse a través de la Ley de Ajuste Cubano. 

Para los cubanos que entraron a EE. UU. y les fue concedido un I-220A, la única forma de regularizarse sigue siendo aplicar a la figura del asilo político. Por esa razón, quienes tengan programada sus audiencias ante juez (cortes) y hayan solicitado asilo político, deberían obtener y acumular todas las evidencias posibles para argumentar sólidamente sus casos (pues aunque la decisión de la Junta no es definitiva, la obtención de una respuesta favorable aún es incierta y puede demorar años en emitirse).

La decisión de la Junta de Apelaciones podrá ser recurrida ante otras dos instancias. La primera es el Tribunal de Apelaciones (tribunal de circuito) correspondiente al Distrito de Miami. En caso de obtenerse una decisión desfavorable del tribunal de circuito, el recurrente siempre tendrá la posibilidad de apelar a la Corte Suprema de Estados Unidos. Esta última opción es excepcional en tanto los jueces de la Corte Suprema tienen la potestad discrecional de decidir si atienden o no los casos que les presentan. No obstante, en algunos procesos sobre asuntos legales atípicos (como este), los interesados tienen que recorrer todo el camino, que es costoso, para encontrar una respuesta a sus problemas. 

El caso de Jennings vs. Rodriguez —el principal precedente utilizado para defender la solicitud de reconocimiento del I-220A como un modelo con el que se pueda aplicar a la LAC— tuvo que recorrer todo el sendero hasta el máximo órgano de justicia estadounidense para encontrar una respuesta favorable a los intereses de sus promoventes. 

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Sanson

Eso esta muy bien pensado. Si alguien entra por la frontera como si estuviera escapando de donde vivio hasta entonces, debe tramitar SU REFUGIO EN USA Y SOLO CON SU APROBACION (que como dice el articulo puede demorar annos) podra aplicar por la Residencia Permanente. No puede quejarse aquel que obtuvo un parole humanitario pues, al menos, se puede considerar a salvo de esos peligros que como dijo lo asechaban en el pais de donde venia" huyendo". Podra entonces si su conducta en el pais que lo acoge desinteresadamente y demostrando sus alegatos de "miedo creible" que merece que se le deje en el pais donde despues de recibir el refugio por el que aplico y pasado un tiempo podra aplicar el estatus de residencia permanente y posteriormente en cinco annos por la ciudadania de no mediar militancias comunistas o visibles violaciones de los valores del pais que lo acogio humanitariamente como refugiado . Para entonces ya tendra asuntos en USA y habra dejado de annorar regresar al lugar que le hizo escapar de miedo .......

Alex1

Que respuesta tan digna de quien subió al bus y mira con desdén a los que están abajo. Una magnífica clase de egoismo.

Sanson

Nada de eso. Nunca me subi a ese " Bus " de mentirosos. Egoists son , esos a los que les dejan pasar con su discurso lastimero y lo que quieren es poder irse a cuba a vacacionar enseguida sin importarles que se descuba que mintieron al que desinteresadamente les daba albergue por pura lastima.
Sanson
Alex1
Sanson

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