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Foto: elTOQUE.

La represión siempre ha sido la misma

7 / octubre / 2024

Ni los métodos ni las motivaciones que sostienen la represión contra la prensa independiente en Cuba son novedosos.

Quienes deciden impulsar o ser partícipes de una prensa alternativa a la que está sometida al control del Partido Comunista enfrentan acoso y persecución constante de los Órganos de la Seguridad del Estado. Aunque la violencia estatal contra la prensa independiente es continua, la historia de las últimas seis décadas muestra ciclos en los que se ha intensificado con el propósito de desarticular las redes y medios de comunicación que logran subsistir en medio de la hostilidad.

Algunas de las oleadas represivas se han caracterizado por encarcelamientos masivos, mientras que otras han alcanzado sus objetivos a través de la extorsión (entendida como la amenaza de colaborar o ir a prisión. En los últimos años, el régimen ha apelado a la extorsión antes que a la prisión política de periodistas. Dos razones pudieran guiar la decisión. La primera, y más importante, es que les ha funcionado para cumplir sus objetivos: desarticular medios y neutralizar periodistas); y la segunda radica en que extorsionar es más conveniente para el poder, porque implica costos políticos menos elevados que el encarcelamiento de periodistas. Además, para lograr que la extorsión sea efectiva se han asegurado de acompañarla con detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas y torturas.

La estrategia de la extorsión no solo es menos costosa políticamente, sino que además le ha permitido al régimen cubano obtener «testimonios voluntarios» que luego utilizan en campañas de descrédito contra los declarantes o los medios de prensa para los que trabajan.

Para hacer más efectiva la extorsión, en años recientes, el Gobierno cubano ha actualizado y modernizado el ordenamiento jurídico que utilizan para justificar las decisiones a tomar en caso de «no colaboración». A normativas como los Decretos Ley 370, 35 y el Decreto 349, se sumó en diciembre de 2022 un nuevo Código Penal que reguló un delito destinado a satisfacer el deseo de la propaganda durante años: contar con una figura delictiva específica para penalizar la recepción de dinero o recursos por parte de activistas, opositores o periodistas independientes. 

Desde la promulgación del Código Penal vigente, el régimen y su aparato propagandístico ya no necesitan recurrir a complejas maniobras legales y manipulaciones para equiparar el delito de mercenarismo con el activismo o la labor de los periodistas independientes.

Tampoco necesita recurrir a una norma de profundo carácter político como la Ley 88 para penalizar a quienes reciben dinero para financiar una labor que es legítima, pero que el régimen de La Habana considera ilegal. 

La Ley 88 criminaliza el activismo político y la prensa independiente que utiliza fondos, sobre todo estadounidenses. Es la única norma penal cubana que las autoridades pueden decidir discrecionalmente cómo y cuándo aplicar. Por esa razón, su empleo es signo claro de la motivación política detrás de cualquier juzgamiento que la utilice como sustento.

Sin embargo, el Código Penal vigente es una norma de uso diario y su artículo 143 condensa las ambiciones de la antigua Ley 88, y va más allá. No solo criminaliza los fondos procedentes de Estados Unidos, sino que también castiga la recepción de cualquier tipo de recurso, sea una recarga telefónica o el envío de alimentos, sin importar su origen. Lo hace, además, utilizando un lenguaje genérico y ambiguo que permite las más arbitrarias interpretaciones y es contrario al principio de claridad y precisión que debe caracterizar las normas penales.

Hoy es más fácil que nunca, para el régimen cubano, tratar de justificar o legitimar jurídicamente cualquier procesamiento penal en contra de activistas, opositores y, por supuesto, periodistas independientes. 

El Gobierno cubano ha perfeccionado y refinado —si una palabra así cabe para describir la violencia estatal— las formas de reprimir el periodismo. Sin embargo, sus motivaciones y las ideas que guían sus actos han sido las mismas desde hace décadas. La única vez que el régimen decidió aplicar la Ley 88 —durante la Primavera Negra en 2003— dejó evidencia escrita y contundente del alcance de las concepciones que sobre la libertad de prensa maneja el Gobierno cubano, que de forma desafiante adelantó Fidel Castro a la periodista estadounidense Bárbara Walters en su famosa entrevista de 1977.

LA PRENSA NO PUEDE EXISTIR PORQUE BUSCA LA DESTRUCCIÓN DEL ESTADO SOCIALISTA

En la entrevista de 1977, Fidel Castro dijo a Walters que la concepción sobre la libertad de prensa que manejaba el régimen que él dirigía era diferente a la de otros países. Bajo ese argumento, aseguró que en Cuba no podría existir un «periódico contra el socialismo» porque no lo permitiría «ni el Partido ni el Gobierno ni el pueblo».

Entender la prensa como un actor «antisocialista» es lo que ha llevado a la propaganda y a los aparatos de seguridad cubanos a insistir en que los periodistas y los medios independientes son «ilegítimos y dependientes».

El régimen cubano ha utilizado el argumento de la prensa como actor antisocialista no solo para defender linchamientos mediáticos, sino también para justificar sanciones penales. En 2003, el juez Cecilio Acosta Moré redactó la sentencia que condenó a los periodistas independientes Pedro Argüelles Morán y Pablo Pacheco Ávila a diez y ocho años de privación de libertad, respectivamente.

La sentencia marcó el final de uno de los juicios celebrados contra los 75 disidentes presos durante la Primavera Negra. En el documento, Acosta Moré aseguró que Argüelles Morán y Pacheco Ávila eran responsables de violar la Ley 88 —entre otros aspectos— por: «confeccionar escritos y denuncias de supuestas violaciones de los Derechos Humanos en Cuba, tergiversando la realidad cubana, principalmente en las esferas de la salud, medio ambiente, vivienda, así como desacreditando el prestigio de los dirigentes y la estructura económica, política y social del Estado Cubano».

Cecilio Mora dijo también que los acusados eran responsables debido a los siguientes motivos: «aun cuando en nuestra Ley Suprema, la Constitución de la República de Cuba se refrenda el derecho de todo ciudadano de ser libre y el derecho a la libre expresión esto no le da derecho a los acusados a que utilicen estos medios para transmitir y difundir cuestiones que tergiversan y quebrantan el orden interno del país». 

Aseguró, además, que los acusados habían dicho ser «periodistas del pueblo». Ante la afirmación se preguntó, como si fuese un argumento jurídico: «¿Dónde está el pueblo que pidió que hablara por ellos? Sí, puede que exista un por ciento ínfimo dentro de los 11 millones de habitantes que hay dentro de la isla de Cuba que piensen y tengan los mismos intereses de los acusados, pero de lo que sí estamos convencidos [es de] que la mayor parte de la población de nuestro país defiende a toda costa los principios de la Revolución cubana que cada día fomentamos con más orgullo, fuerza y firmeza».

SOLO LA PROPAGANDA PUEDE SER REMUNERADA

Para el régimen cubano solamente la propaganda es digna de ser remunerada. Para los cuerpos de seguridad cubanos, el dinero que reciben los periodistas independientes por su labor es la evidencia indiscutible de su «mercenarismo».

La idea anterior fue utilizada en otro de los procesos de la Primavera Negra para sancionar —entre más personas— al periodista independiente Edel José García Díaz. En la sentencia de su proceso, el Tribunal Provincial Popular de Ciudad de La Habana consideró que García Díaz había violado la Ley 88 porque después de abandonar el periodismo en los medios oficialistas había decidido trabajar como periodista independiente, colaborando desde 1996 con varios medios de prensa dentro de los que destacaban Radio Martí, La Nueva Prensa Cubana, Cartas de Cuba, Free Cuba Press y Expresión Libre de Provincia Habana

Uno de los elementos más llamativos de la decisión en contra de García Díaz fue que el Tribunal consideró que lo importante no era solo su colaboración con medios de prensa independientes, sino el hecho de que recibía dinero por realizar esa «labor subversiva». 

La jueza Alicia Valle Díaz, encargada de redactar la sentencia, aseguró que Edel recibió «dinero como pago por tal trabajo, en un inicio mediante entregas personales y ya posteriormente por el servicio de tarjetas TRANSCAR oscilando las sumas entre los 40 y 100 dólares estadounidenses». Y utilizó el recibimiento de dinero para demostrar el «ánimo de lucro» que en teoría había movido a los acusados para emitir «informaciones de carácter subversivo, distorsionando la realidad social, política y económica del país, así como contra instituciones estatales y de masas de manera consciente». 

Para demostrar los pagos y el «ánimo de lucro», el Tribunal que sancionó a Edel José García Díaz y a sus compañeros utilizó el dinero que les ocuparon como prueba. En la mayoría de los casos, las autoridades habían tomado posesión del dinero durante los registros que acompañaron los operativos policiales que detuvieron a los acusados. Nunca se mencionó en la sentencia una prueba indubitada que asegurara que el dinero efectivamente ocupado era fruto de los pagos a los periodistas por sus escritos. Aun así, los billetes fueron utilizados como prueba del supuesto delito.

EXTORSIÓN: PRISIÓN VS. COLABORACIÓN

La mayoría de los 75 implicados en los procesos de la Primavera Negra no renegaron de su activismo y, sobre todo los periodistas, defendieron que su trabajo no respondía a un «ánimo de lucro», sino a su interés de que «el mundo conociera la realidad de Cuba».

Pero la posición asumida por la mayoría de los acusados de la Primavera Negra no estuvo solamente motivada por la entereza de los acusados, sino también por el hecho de que el régimen cubano había decidido que serían procesados y sancionados luego de detenerlos. Las opciones de los 75, desde el inicio, fueron muy limitadas.

Después de la Primavera Negra, otros periodistas independientes han sido procesados y condenados con penas de cárcel. Pero ninguno de ellos fue imputado oficialmente por colaborar con medios de prensa. Los casos más recientes e ilustrativos son los de Roberto Quiñones, condenado por un supuesto delito de «resistencia» en 2019, y Lázaro Yuri Valle Roca —excarcelado y expatriado en junio de 2024—, quien fue sancionado por un presunto «atentado».

La mayoría de los periodistas independientes que han sido reprimidos en Cuba en los últimos años no han sido procesados ni judicializados. El régimen ha utilizado su poder para doblegarlos mediante la extorsión. Una extorsión que es demoledora, entre otras cosas, porque es impulsada desde el Estado en un ambiente de total indefensión.


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Sanson

Y si no es con una constante represión como piensan que 4 generaciones iban a seguir aguantando hambre y falta de libertades/.
Sanson

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