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Foto: elTOQUE.

Fiscalía pide hasta 15 años de prisión para los protestantes de Nuevitas

26 / septiembre / 2023

La Fiscalía de Camagüey presentó las Conclusiones Provisionales* en contra de 14 pobladores de Nuevitas que se encontraban hace más de un año en prisión por participar en las protestas populares ocurridas en ese territorio en agosto de 2022. 

De acuerdo con el Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH), la Fiscalía notificó sus conclusiones a los acusados el viernes 22 de septiembre de 2023. La organización —dedicada a la promoción y la protección de los derechos humanos en el archipiélago— publicó fragmentos del documento en X.

El expediente que presentó la Fiscalía ante la Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Provincial Popular de Camagüey solicita penas de entre 4 y 15 años de privación de libertad para los acusados. El documento demuestra que el régimen ha sobrevivido a las críticas con respecto a la criminalización de la protesta pública y no renunciará a penalizar severamente a quienes se atrevan a desafiarlo de forma pública. 

A dos años del estallido social de julio de 2021 (11J) y a más de un año de las manifestaciones en rechazo de los apagones durante el verano de 2022, el poder cubano sigue considerando la protesta pública un delito de sedición.

La mayoría de los manifestantes de Nuevitas acusados en el proceso judicial enfrentan un cargo por sedición. Para ellos, la Fiscalía solicita —como promedio— penas de diez años de privación de libertad. Entre las conductas que la Fiscalía considera que constituyen el delito de sedición se encuentra haber salido a las calles con calderos a proferir las frases «Abajo Díaz-Canel», «Díaz-Canel, singao», «Pongan la corriente, pinga» y «Patria y vida». 

En muchos lugares del mundo, los hechos que describió la Fiscalía pudiesen constituir un ejercicio legítimo de protesta y de libertad de expresión. Sin embargo, en el caso cubano son consideradas conductas delictivas agravadas por otras circunstancias.

De acuerdo con las Conclusiones Provisionales, los manifestantes merecen penas más graves porque se aprovecharon de la nocturnidad y de la falta de fluido eléctrico para salir a protestar. Consideran que protestar en esas condiciones es más recriminable que la sola protesta social, porque los manifestantes prefirieron obviar las explicaciones oficiales en los medios de comunicación y aprovecharon la difícil situación que vivía el país, «provocada por el bloqueo», dicen, para salir a las calles e incitar a otros a sumarse.

El documento reproduce igual patrón que muchas de las Conclusiones Provisionales que empleó la Fiscalía para juzgar a los manifestantes del 11J. En aquella oportunidad, la Fiscalía consideró que la pandemia —más que una situación que catalizó el descontento de la ciudadanía ante la deficiente gestión gubernamental— fue una circunstancia que aprovecharon los manifestantes para garantizar su impunidad. En el caso de Nuevitas, los apagones no son vistos como causa de la protesta pública, sino como un elemento que utiliza la ciudadanía que se atreve a desconocer el mensaje oficial y genera «disturbios».

A diferencia de los procesos del 11J, en los que se emplearon testimonios de oficiales y videos provenientes de cámaras de seguridad para identificar a posibles manifestantes, las Conclusiones Provisionales del proceso de Nuevitas van un paso más allá y consideran que la participación de muchos de los manifestantes se pudo corroborar mediante «investigaciones realizadas». El término investigaciones realizadas refiere a las informaciones obtenidas de informantes anónimos que no tienen que defender su criterio en juicio, lo cual impide que los afectados puedan contrastar o contradecir las evidencias existentes en su contra.

Las Conclusiones Provisionales de las protestas de Nuevitas sostienen la acusación de dos mujeres que previamente fueron expuestas en el programa Razones de Cuba, Mayelín Rodríguez Prado y Yennys Artola del Sol. Ambas están acusadas de sedición y de propaganda enemiga por escribir dos carteles en lugares públicos en contra de Díaz-Canel y del Gobierno cubano. Se trata del mismo delito que ha sido utilizado para sancionar a otros activistas y ciudadanos comunes como Luis Robles.

En el documento presentado en el Tribunal Provincial Popular de Camagüey, la Fiscalía insiste en la idea de que utilizar las redes sociales para articularse o intercambiar ideas en contra del régimen de La Habana es una acción que puede y amerita ser sancionada con prisión. 

Gran parte de las acciones que se produjeron en Nuevitas se gestaron a partir de los intercambios de los pobladores en varios grupos de Facebook («Apagón» y «La Luz Nuevitera»). Las interacciones de los acusados en esos grupos o con perfiles y actores considerados «contrarrevolucionarios» es presentada por la Fiscalía como un elemento que denota la predisposición de los acusados y la influencia que desde el exterior se ejerció sobre ellos para que realizaran «acciones contrarrevolucionarias y violentas en contra del sistema sociopolítico refrendado por la Constitución de la República».

Las autoridades cubanas emplean otra vez la cláusula de intangibilidad constitucional contenida en el artículo 4 de la carta magna de 2019 para catalogar cualquier posicionamiento o acción en contra del «socialismo» de acto sedicioso —que merece ser sancionado con penas severas—.

Los documentos legales (como las Conclusiones Provisionales del caso de Nuevitas) son la confirmación de cómo se intenta legitimar a través de un sistema judicial controlado por el Partido Comunista la represión al disenso y a quienes se oponen a un sistema incapaz de generar prosperidad, pero que exige obediencia plena. Un sistema que reprime con severidad, como lo hizo en Nuevitas; donde incluso hubo denuncias sobre menores de edad violentadas por simpatizantes de las autoridades cubanas y sus cuerpos de seguridad. 

La prensa independiente informó que agentes de la policía política interrogaron a los menores de edad junto a sus madres; pero los represores no han sido acusados de violación alguna. 

Sin embargo, a Mayelín Rodríguez Prado le exigen una pena más grave por, en teoría, haber utilizado a su hija menor de edad para cometer actos que el Gobierno (que la reprime y la expuso en televisión nacional) considera «contrarrevolucionarios».

*Las Conclusiones Provisionales es un documento en el que la Fiscalía expone los hechos por los que acusa a cada uno de los inculpados, los delitos que pueden implicar y las sanciones que propone.


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Jose

Resumiendo no se puede decir la verdad hay q joderse con los apagones y la vida miserable q lleva el cubano de a pie .
Jose

Fransua

Y sigue la gran violacion contra los derechos de la libertad de expresión, esto es indipnante para el mundo entero
Fransua

Manuel abad Rodríguez Torres

Sigan trabajando fuerte, me gustan los contenidos
Manuel abad Rodríguez Torres

Si claro

Este país cada día me da más asco
Si claro

Rod

Ojala y pronto un dia alguien pida para esos fiscales 15 anos de privacion de libertad. De seguro ese dia lloraran y pediran clemencia en nombre de unos derechos q hoy pisotean. Verguenza de sistema "sucialista"
Rod

Cirilo Edwards Samuels

Ustedes no son objetivos porque cuando la protesta en el capítulo de Estados Unidos, eran delincuentes los que participaron y son angelitos los que hacen lo mismo en Cuba, no importa a cuántos hayan destruidos ni las violaciones que hayan cometidos
Cirilo Edwards Samuels

Nilaismary

Es tan buena la labor que realizan ,yya que le muestran al mundo la verdadera cara de cuba ,en especial los presos políticos son engañados se le niegan los beneficios,y son sometidos a torturas pscoligicas que deterioran su vida en prisión,mientras más trestimonios ,más ayudamos a desemaascarar a esta dictadura
Nilaismary

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