Empiezan juicios por protestas en Cuba sin abogados defensores

Anyelo Troya (izq.) fue condenado a un año de privación de libertad por «desórdenes públicos» luego de que fotografiara las protestas del 11J. Foto: DDC.

Empiezan juicios por protestas en Cuba sin abogados defensores

21 / julio / 2021

Juicios «sumarios» para sancionar a participantes en las protestas del 11 de julio (11J) por los delitos de desórdenes públicos e instigación a delinquir han comenzado en Cuba sin que se les permita a los acusados disponer de un abogado defensor.

La noticia trascendió luego de conocerse el caso de Anyelo Troya González, artista visual y fotógrafo cubano que a inicios de 2021 dirigió y grabó la secuencia del videoclip «Patria y Vida» que tuvo lugar en Cuba, junto a Maykel Osorbo, El Funky y Luis Manuel Otero Alcántara.

El 11J Anyelo fue detenido cuando tomaba fotografías de las protestas en La Habana y trasladado a la unidad policial de 100 y Aldabó, de la capital del país.

El 20 de julio se conoció que a Troya González le realizaron un juicio sumario sin que un abogado pudiera defenderlo. Su madre, Raisa González Cantillo, denunció que en la mañana de ese día se había dirigido con el letrado que lo representaría hasta 100 y Aldabó, al llegar a la estación se enteraron de que habían trasladado al fotógrafo hacia el Tribunal de Diez de Octubre para hacerle un juicio sumario. Cuando llegaron al Tribunal, el proceso había finalizado, sin previo aviso a la familia y sin la participación del abogado al cual habían contratado.

Este 21 de julio notificaron a Troya González y a otros 10 detenidos la sanción que determinó el Tribunal. El artista visual fue condenado a un año de privación de libertad por «desórdenes públicos», así lo confirmó González Cantillo a la agencia Reuters. De los 11 procesados solo dos pudieron disponer de un abogado.

No se trata de un caso aislado. El Gobierno cubano ha decidido procesar a cientos de manifestantes pacíficos por la vía de juicios sumarios, un procedimiento que permite juzgar en menos de 20 días a las personas acusadas por delitos cuyo marco sancionador no excede el año de privación de libertad.

La ejecución exprés de juicios contra los detenidos del 11J es un mecanismo que, además, han decidido complicar con la falta de transparencia en el manejo de la información de cada uno de los casos. Como sucedió con Anyelo, cada vez se conocen más testimonios de familiares de detenidos a quienes los oficiales del Ministerio del Interior pelotean, desinforman o niegan el acceso a datos —el número de los expedientes, las fechas y lugares de los juicios—.

Aunque desde los primeros días tras las protestas, la versión oficial del Gobierno afirma que no existen desaparecidos y que se cumplen las formalidades de los procesos, la realidad es que cientos de personas no han sido localizadas en los tiempos previstos por la ley ni notificadas del paradero o la causa por las cuales se les acusa. Iniciativas ciudadanas que han logrado conformar una lista de al menos 587 personas detenidas durante los sucesos del 11J y días siguientes, son evidencia de ello.

Para sumar mayor desprotección a las personas detenidas, las autoridades presionan y entorpecen las acciones de los abogados pertenecientes a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos (ONBC), la única institución a través de la cual un letrado puede representar a ciudadanos en procesos legales.

elTOQUE Jurídico ha podido confirmar presiones y amenazas sobre abogados de La Habana, Cienfuegos y Villa Clara, para evitar que defiendan a personas acusadas por participar en las protestas; de manera que puedan juzgarlos sin representación legal.

Una fuente de un bufete colectivo del municipio Playa, en la capital, reveló que una vez recibida la solicitud de un familiar para representar a un detenido, tienen que pedir permiso a la Dirección Provincial de la ONBC y esta, a su vez, a la Junta Nacional, con los datos del acusado y el delito, para que a ese nivel decidan si el abogado puede o no defender al acusado.

Tamaño nivel de burocratismo solo busca entorpecer y ralentizar el nombramiento de letrados defensores en procesos en los cuales el tiempo de reacción de la defensa es fundamental. Para cuando un abogado es nombrado, es probable que el juicio esté ocurriendo o se haya celebrado, como en el caso de Anyelo Troya.

LOS JUICIOS SUMARIOS EN LA LEGISLACIÓN CUBANA

Los delitos elegidos por las autoridades cubanas para deslegitimar la protesta pacífica son los desórdenes públicos y la instigación a delinquir. Ambos, en sus modalidades básicas, pueden juzgarse mediante el procedimiento sumario.

Los juicios sumarios son considerados por la teoría cubana como juicios de «jurisdicción sin acción». O sea, son juicios en los que no es necesario que esté presente ni un fiscal ni un abogado. El sumario es el proceso perfecto para que los acusados, mucho más si son juzgados por ejercitar un derecho constitucional, sean silenciados. No por el hecho de que no puedan hablar, sino porque hacerlo sin el conocimiento especializado o sin la asistencia jurídica de un profesional limita las posibilidades de articular un discurso que coloque su foco en la ilegitimidad de su juzgamiento.

Los procesos sumarios son un atentado contra una de las garantías básicas del debido proceso: el derecho a la defensa. La defensa es un derecho universal que en el caso de los procesos contra los manifestantes del 11J puede verse doblemente limitado.

En un proceso sumario, el abogado no puede ser contratado hasta que no se tenga la fecha y hora en que se celebrará el juicio. Mantener en secreto esa fecha —que se define entre el Tribunal y el Ministerio del Interior— hasta el último momento complica la posibilidad de que los acusados o su familia, en caso de estar los primeros detenidos, puedan contratar a un abogado. Los testimonios de familiares confirman que, en efecto, esta es otra de las tácticas represivas que hoy emplean las autoridades cubanas.

Incluso, que los familiares logren contratar a un abogado con antelación no invalida la celebración del juicio. El abogado tiene que estar presente en el momento en que el Tribunal comience las sesiones porque es ahí donde puede hacerle saber a los jueces que representará al acusado. Si el abogado no llega a tiempo a la celebración de la vista de nada servirá su contrato. 

Un procedimiento sumario fue el utilizado contra Denis Solís en noviembre de 2020. Denis Solís fue sancionado a ocho meses de privación de libertad 72 horas después de haber sido detenido. Uno de los argumentos principales de quienes abogaron por su liberación fue que lo mantuvieron desaparecido y le negaron la posibilidad de contar con un abogado para el juicio que se siguió en su contra. Este es un hecho que hoy pocos discuten.

No obstante, las autoridades judiciales cubanas reconocieron, días después, mediante un auto a través del cual denegaron un habeas corpus presentado a su favor, que todo el proceso seguido en contra del rapero y miembro del Movimiento San Isidro había sido legal. Entre los argumentos que utilizaron los jueces para determinar la legitimidad del proceso estaba el hecho de que, al día siguiente de su detención, la Policía le había notificado al propio Denis Solís la posibilidad que tenía de «nombrar abogado y presentar pruebas en el proceso».

Ahora bien, ¿qué significa que cumplan con el formalismo de notificarle al acusado la fecha de su juicio y la posibilidad de nombrar abogado si lo mantiene incomunicado? ¿Qué sentido tiene una formalidad que no ofrece garantías porque no se informa a los familiares o amigos sobre la situación del procesado?

REPRESIÓN CON VIOLENCIA Y AHORA REPRESIÓN «LEGAL»

El 20 de julio de 2021 comenzó a materializarse la estrategia del Gobierno cubano para legitimar la represión que desplegó de manera descarnada el 11J. Aplacados los «disturbios» —como los calificara el canciller cubano—, quedaba entonces la judicialización de quienes salieron a las calles a gritar «patria y vida» o a incitar a otros para que los acompañaran en ese ejercicio de hastío; expresión concreta de insatisfacción y descontento.

Parte de la estrategia radica en someter a cientos de detenidos a juicios exprés. Juicios que se producirán en medio de un caos: cientos de familiares que acuden a los centros de detención y una sociedad expuesta a discursos encontrados —versiones oficiales de transparencia y apego a los procesos y actuaciones concretas de entorpecimiento en las unidades policiales—. Todo lo anterior facilita que pasen inadvertidos procesos arbitrarios y políticamente motivados .

Las autoridades cubanas trazaron lo que puede entenderse como una estrategia bidireccional que legitima desde lo judicial el encarcelamiento y la represión a los manifestantes apresados durante y después del 11J.

Dentro de los cientos de detenidos, las autoridades separarán a los manifestantes vinculados con hechos de «vandalismo» y «violencia», de aquellos que salieron a las calles de manera pacífica en ejercicio legítimo del derecho a la protesta. La separación es solo metodológica y procesal. En el fondo, para quienes mantienen el poder en Cuba —y que sintieron como nunca el verdadero poder popular— es tan criminal vandalizar una tienda como gritar «patria y vida» en la vía pública.

Los «vándalos violentos» —en su mayoría pertenecientes a los sectores más desfavorecidos y desatendidos de la sociedad cubana— no serán juzgados de inmediato. La gravedad de los delitos que les imputan —se han referido a delitos que pueden implicar hasta 20 años de privación de libertad— permiten que la investigación pueda extenderse entre 60 y 180 días. Durante ese tiempo permanecerán en prisión provisional en espera del juicio.

Así lo dio a entender la coronel Moraima Bravet en el programa televisivo Hacemos Cuba del 14 de julio de 2021. La jefa de la Dirección General de Investigación Criminal del Ministerio del Interior (Minint) aseguró —sin ser desmentida por una alta funcionaria de la Fiscalía General de la República (FGR)— que tenían la indicación de ser severos. Entre ambas instituciones (Minint y FGR) se concentran todas las facultades para determinar cuánto durará la investigación penal y cuándo un acusado puede o no enfrentar el proceso en libertad.

Ahora bien, el otro grupo de quienes fueron detenidos por salir a expresarse, por grabar esas expresiones y, por ende, ejercitar un derecho inexistente desde la perspectiva del Gobierno, serán juzgados de forma exprés. Serán juzgados como lo fue el 20 de julio de 2021 Anyelo Troya y otros 11 cubanos. Serán juzgados como lo será el 22 de julio Amanda Hernández Celaya, de 17 años, por filmar con su celular las manifestaciones y la represión.


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B

Excelente artículo, claro, fuerte, nombrando lo que está pasando y poniéndolo en su contexto, sin agitación. gracias. tanto hace falta. Mis pensamientos están con los arbitrariamente detenidos.
B

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