El Tribunal Municipal Popular de Centro Habana revocó la sanción de limitación de libertad que cumplía el trovador cubano Fernando Bécquer por abusos sexuales. En una nota de prensa publicada en el sitio web del Tribunal Supremo Popular (TSP) se ofrecieron detalles de la decisión.
La revocación indica que el músico tendrá que cumplir los tres años y cuatro meses de sanción, impuestos mediante sentencia firme, «en régimen interno, en un establecimiento».
La nota informativa del TSP no deja claras otras especificidades que son relevantes para el análisis de la situación, como, por ejemplo, ¿cuál es el régimen exacto bajo el que deberá terminar de cumplir la sanción el trovador cubano?
En ese sentido, la ley cubana vigente establece dos tipos de sanciones bajo las cuales el sancionado podría ser internado en un establecimiento penitenciario. La primera es la privación de libertad (se cumple en prisiones comunes); la segunda es el trabajo correccional con internamiento (se cumple en centros penitenciarios de mínima seguridad, en los cuales los reclusos tienen libertad limitada, pero también tienen la posibilidad de trabajar a diario a cambio de una remuneración). Los centros penitenciarios de mínima seguridad son conocidos como campamentos.
En ambos casos, para salir en libertad, Bécquer deberá esperar a que se le otorgue el beneficio de libertad condicional. Para que ello suceda ―y de acuerdo con lo establecido en el artículo 144.1, inciso e, de la Ley de Ejecución― tendría que cumplir las dos terceras partes de lo que le resta por extinguir de la sanción principal de privación de libertad que le fue impuesta. Hace aproximadamente dos meses que la sentencia del caso de Fernando Bécquer se hizo firme. Por tanto, puede presumirse que el trovador tendrá que pasar, al menos, dos años dentro del sistema de reclusión antes de poder disfrutar la libertad condicional.
La Ley de Ejecución también establece que, en el caso de los delitos «que hayan sido cometidos como consecuencia de la violencia de género ―como es el caso de Bécquer― o familiar», el Tribunal podría «escuchar previamente el parecer de la o las víctimas» antes de conceder la libertad condicional. Esa pudiese ser una oportunidad que empleen las sobrevivientes de los abusos de Bécquer para extender el período de reclusión, si lo consideran necesario.
No obstante, más allá de lo evidente, el anuncio de la revocación de la sanción alternativa de Fernando Bécquer ofrece, además, otras lecturas.
SANCIÓN MENOS SEVERA
Gracias a la nota informativa del Tribunal Provincial Popular de La Habana, la ciudadanía cubana (incluidas algunas de las víctimas de Bécquer) supo que la sanción principal que cumplía el trovador no era de cinco años de privación de libertad, como trascendió en un inicio. El monto definitivo de la sanción es tres años y cuatro meses de privación de libertad.
Solo una cuestión pudo ocurrir en el caso, toda vez que la sentencia de cinco años fue confirmada incluso por medios de prensa oficiales como la revista Mujeres. La sentencia de Bécquer, que muchas personas consideraron ridícula, debió haberse reducido en un proceso de apelación posterior al anuncio del Tribunal Municipal Popular de Centro Habana en octubre de 2022.
La revelación que hace la nota de prensa del TSP demuestra que el sistema de justicia cubano consideró que los abusos de Bécquer ―a pesar de que el trovador nunca los reconoció ni mostró arrepentimiento― eran merecedores de una pena que, además de ser insuficiente para reparar a las víctimas y lograr la enmienda del infractor, debía ser inferior a la decidida por el Tribunal que escuchó en primera instancia el testimonio de las denunciantes.
La reducción de la condena inicial de Bécquer es otra muestra de que la sanción buscaba acallar a las denunciantes, al tiempo que garantizaba la libertad de quien había sido reconocido, y se reconocía a sí mismo, como un artista revolucionario de patria o muerte que era atacado por sus convicciones políticas y no por su conducta sexual violenta.
Quizá por esa razón, hasta hoy, el público general no tuvo confirmación de que la sanción del trovador había sido mucho más benévola que la que trascendió en los medios que cubrieron el caso, incluidos algunos estatales.
LA REVOCACIÓN DE BÉCQUER ES UN EJERCICIO DE PODER Y NO DE JUSTICIA
El tratamiento que recibió Bécquer y su constante apelación a su condición de «revolucionario» y víctima de una vendetta política hicieron que muchos lo consideran un privilegiado con el respaldo del poder. En definitiva, en Cuba, las decisiones de los jueces pueden escribirse de antemano o dictarse a través de un teléfono.
En Cuba hay centenares de presos políticos en cárceles comunes. No abusaron sexualmente de nadie, no se rieron de sus víctimas ni se aprovecharon de su posición de poder. Más bien se cansaron de ser subyugados y algunos salieron con un cartel a pedir el cese de la represión o a decirle «singao» al presidente del país, a quien entienden como causante y responsable de la vida miserable que llevan.
Esas personas no tuvieron el privilegio de Bécquer. Al contrario, fueron molidos por el poder porque se reconocieron como cubanos de patria y vida.
Pero Bécquer sabía que reconocerse como de patria o muerte garantiza impunidad. Que personas con cierta influencia, incluso diputados como Raúl Torres, le ofrecerían la mano y un espacio en plató. Que le darían el beneficio de la presunción de inocencia que no se le concede a otros cubanos infieles al poder.
¿Cuántos casos de torturas, vejaciones sexuales, violencia, malos tratos y asesinatos no quedan impunes en Cuba? Todo porque fueron realizados en defensa de la Revolución. Bécquer sabía que la receta funcionaba.
Le funcionó hasta que se convirtió en un lastre. Porque para el poder cubano todos ―hasta los que se declaran de patria o muerte― son desechables en algún punto. Son desechables cuando abusan de la confianza o cuando se convierten ―por estúpidos o avariciosos― en un riesgo para su estabilidad.
La estupidez de Bécquer le impidió disfrutar en silencio de sus privilegios y terminó pasándole factura. A fin de cuentas, para el poder cubano y para quienes viven de él ha sido fundamental gozar de los privilegios en silencio.
La decisión de revocar la sanción de Fernando Bécquer no tiene que ver con un acto de justicia, sino con un ejercicio de poder. Un ejercicio de poder expresado en un tuit de quien, a todas luces, cumple el papel de primera dama sin serlo. Un tuit de Lis Cuesta en el que dijo que era imposible «tolerar insultos, agresiones y expresiones violentas contra niñas y mujeres». Un tuit en el que usó el hashtag que había empleado la secretaría general de la Federación de Mujeres Cubanas (FMC): #Tolerancia0.
La decisión de revocar la sentencia de Bécquer no es un acto autónomo y voluntario de un juez. Es un acto indicado. Los jueces tuvieron ante sí el testimonio de al menos siete mujeres que dijeron haber sido abusadas por el trovador y aun así decidieron que su comportamiento ameritaba dejarlo seguir su vida de forma casi normal e, incluso, reducir el tiempo de condena que en un inicio se dispuso.
Pero bastó el pronunciamiento de organizaciones vinculadas al Partido Comunista y de la señora que puede influir de manera directa en el primer secretario de la organización política, para que de oficio y de forma inmediata un juez decidiera revocar la sanción de Bécquer y, además ―en un acto sin precedentes―, anunciarlo a través de una nota de prensa.
Al anunciar la decisión en redes sociales, Abdiel Bermúdez, periodista del sistema informativo de la televisión estatal cubana, dijo que «nadie estaba por encima de la ley» en Cuba. Pero lo cierto es que el caso de Bécquer demuestra lo contrario.
Fernando Bécquer es victimario y víctima. Victimario y merecedor de justicia por su actitud depredadora contra decenas de mujeres. Pero víctima del sistema que él defendía cuando se trataba de acusar a otros. Víctima de personas y procesos que lo consideran desechable, vulgar, un lastre, un peligro para la imagen política que necesitan exportar.
Por eso no dudan en levantar un teléfono e indicar que, con independencia de lo que dice la ley, se ordene la reclusión inmediata de Fernando Bécquer, acción que pidieron muchas personas y que, quienes mueven los hilos del poder, habían decidido no conceder.
La Ley de Ejecución vigente establece en el artículo 33.4 que la «revocación de una sanción alternativa se decide después de haber sido examinados los hechos y argumentos aducidos por la autoridad que la solicita y las razones expuestas por el sancionado». En el caso de Bécquer, según Abdiel Bermúdez, ninguna autoridad solicitó la revocación de la sanción alternativa. Simplemente el Tribunal decidió hacerlo de oficio, o sea, por voluntad propia. Si se atiende el tiempo que medió entre los pedidos de #Tolerancia0 de la FMC y de Lis Cuesta y el anuncio de la revocación, es difícil que escucharan lo que Bécquer tenía que decir.
La orden de recluirlo estaba dada.
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