Transeúntes de La Habana caminando por una calle de la capital cubana con nasobucos.

Foto: Yandry Fernández.

Los derechos humanos y una cultura de paz

29 / junio / 2021

Entrada la segunda mitad del siglo XVII, Hugo Groccio, al que todos identificamos como padre del Derecho Internacional Público (DIP), escribió su obra cumbre, De jure belli ac pacis (Del derecho de la guerra y de la paz). Tres siglos después, el Derecho Internacional y la historia de la humanidad han recorrido los caminos de la guerra, pero no han conquistado el derecho a la paz.

Hasta el siglo XIX los temas de la guerra, su horrenda regulación jurídica y el afán por evitarla o controlar sus brutalidades ocuparon la mayor parte de las regulaciones de ese aludido Derecho Internacional Público. Sin embargo, sobre la paz nada se había legislado de manera coherente. Hace apenas unas décadas, en realidad desde la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas, es que hablamos un lenguaje diferente, más radical y consecuente: el lenguaje de la creación de las condiciones para la conquista de la paz.

Muchos se niegan a aceptar que la paz sea solo la ausencia de guerra, estadio intermedio entre las guerras, presidido por el desasosiego y el sobresalto ante el peligro de nuevos estallidos bélicos. Esta noción negativa nos coloca en situación de mendicidad mental y política ante los promotores de la guerra. Aceptamos la paz confundiéndola con los armisticios: circunstanciales tránsitos entre las conflagraciones, paréntesis o altos momentáneos en la carrera alucinante de la muerte. Desde hace algunas décadas los más lúcidos hablan de las condiciones materiales, políticas, espirituales y culturales de una vida que haya hecho imposible la guerra, de un existir vacunado contra ese flagelo. De una cultura de la paz.

Quiero ahora, en apretadísima síntesis, hacer algunas reflexiones sobre los derechos humanos y esa añorada cultura de la paz.

EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y LA PAZ

La guerra ha sido, sin duda, uno de los temas más codificados dentro del Derecho Internacional Público. De hecho, hasta el siglo pasado la propia evolución del DIP dimana no de la paz, sino de la guerra. En el lapso de apenas un siglo se han potenciado los mecanismos internacionales y, sobre todo, los instrumentos jurídicos que han pretendido humanizar la guerra, que es precisamente la negación de lo humano. De ahí que hayan proliferado las convenciones, tratados, acuerdos, resoluciones y otros instrumentos que han intentado regular las brutalidades de la guerra. Desde las Convenciones de La Haya de 1907, el Protocolo de Ginebra de 1925 y la Convención de Ginebra de 1949 se habla de un Derecho Humanitario, como aquel conjunto de normas jurídicas internacionales que limitan los daños que la guerra pueda producir en civiles, heridos, población no beligerante, etc.[1].

En ese sentido, incluso la Resolución 2853 (XXVI) de la Asamblea General de ONU, del 20 de diciembre de 1971, llega a hablar del respeto a los derechos humanos durante los conflictos armados. En general, se han ampliado las prohibiciones del pillaje, saqueo, uso de armas especialmente destructivas, empleo de la guerra biológica, química, bacteriológica; medidas contra la proliferación de armas atómicas, etc. Cada uno de estos temas ha sido objeto de una copiosa instrumentación por parte de Naciones Unidas, que no es posible analizar en el espacio de nuestra intervención, ni constituye objetivo de esta[2].

Sin embargo, quisiera significar que, a partir de la Resolución 2330 (XXII) del 18 de diciembre de 1967, empieza a producirse un cambio sutil en la perspectiva de la ONU sobre los problemas de la guerra. En realidad, esta resolución —seguida de otras del mismo sentido— introduce la reflexión sobre la definición de agresión[3], que desemboca en la Resolución 3314 (XXIX) del 14 de diciembre de 1974. Esta última formula una primera definición del término. La definición es técnicamente muy completa. Considero que tiene el mérito especial de colocar la visión del problema de la guerra en la determinación de la caracterización de las agresiones que inician el conflicto, y con ello endereza los rumbos de la ONU en pos de alcanzar una exacta valoración de la paz como forma natural y única de existencia de la vida humana hasta lograr la connotación de que es, por esencia, un derecho humano. Quizá es la más elemental de todas y la que condiciona la verdadera existencia y ejercicio de las demás[4].

Cuando se examina la actuación de Naciones Unidas al respecto y el proceso de esclarecimiento de las ideas sobre este asunto vital para la humanidad, constatamos que al seguir lo dispuesto por la Resolución 35/174 de 1980 se celebró en la sede de Naciones Unidas en Nueva York, en agosto de 1981, un seminario en el que por primera vez se analizó la relación existente entre los derechos humanos, la paz y el desarrollo. Entre las conclusiones y recomendaciones que allí se aprobaron por consenso, algunas son en verdad significativas. Deseo mencionar algunas de ellas:

«El seminario está de acuerdo en que los derechos humanos, la paz y el desarrollo son interdependientes y están relacionados entre sí y que el fomento de uno de ellos promueve el avance de los demás» (1986, p. 277).

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Más adelante se habló en términos de examinar la relación entre la militarización y los derechos humanos, y se afirmó que la ausencia de paz no excusaba a ningún Gobierno de su obligación para garantizar el respeto de los derechos humanos de sus nacionales y de las personas que residen en su territorio. Sin embargo, basta una simple lectura de aquel texto para comprobar que aún no se consideraba la paz un derecho humano, sino un condicionante general del cumplimiento de esos derechos.

Por supuesto, la relación entre la paz y los derechos humanos no surgió en el discurso de Naciones Unidas en esa fecha indicada. En puridad esa idea subyace claramente en la misma Carta de Naciones Unidas. En ella leemos desde su Preámbulo:

«Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas, resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la humanidad sufrimientos indecibles, a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre» (p. 277).

Desde entonces, el discurso de Naciones Unidas se ha radicalizado, profundizado y ha avanzado hacia la esencia de los problemas que agobian a la humanidad. Si se piensa en la influencia negativa de las grandes potencias y en la cultura de violencia e intolerancia que han sembrado desde la posguerra aún dentro de los organismos internacionales, no podemos menos que admirarnos al leer afirmaciones como esta:

«El pleno ejercicio de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y la consecución de los objetivos del desarrollo internacional en general solo son posibles en una atmósfera de paz y seguridad».

Por supuesto que cualquiera diría que se trata de una elemental constatación de lo ineludible. Pero lo interesante es lo que se dice a continuación: «Mientras exista tiranía y opresión en el mundo, mientras haya hambre y enfermedades y falten oportunidades de educación y empleo, no podrá haber paz duradera ni desarrollo apreciable». Estas no son palabras dichas por Fidel Castro o algún otro revolucionario del tercer mundo. Constituyen parte de la introducción del Tema sobre Derechos Humanos, Paz y Desarrollo, del texto citado de Naciones Unidas, redactado en 1986.

De hecho, primero, el clima antibélico que se impuso en Naciones Unidas a partir de su fundación y, después, el papel de internacional del que fuera campo socialista y de los países del tercer mundo permitieron que en la agenda de Naciones Unidas aparecieran discusiones de las cuales emergían normativas cada vez más radicales y consecuentes.

ImageFoto: Yandry Fernández.

No debemos olvidar una de las primeras resoluciones aprobadas por la Asamblea General de ONU sobre las relaciones de los derechos humanos con la paz, pero que tiene además un significado singular. Me refiero a la Res. 110 (II) de noviembre de 1947, en la que se condenó «toda propaganda (…) destinada a provocar o alentar, o susceptible de provocar o alentar, cualquier amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión» (p. 279). Lo que considero más significativo de esta resolución temprana es, como puede verse, que ella introduce la invocación a alcanzar lo que hoy calificamos como una cultura de la paz; lo cual rebasa los anteriores límites de determinación y condena de los actos objetivos que puedan constituirse en atentados a la paz. Plantea, además, una nueva dimensión social, material y espiritual en la lucha de la humanidad por su seguridad y por la vida. En sentido más o menos semejante se pronunció la misma Asamblea General de ONU, dos años más adelante, en 1949, mediante la Resolución 290 (IV) titulada Bases esenciales de la paz.

Por su parte, la Comisión de Derechos Humanos de Ginebra tuvo también una importante producción normativa sobre el problema que nos ocupa. Quisiera recordar solo la Resolución 5 (XXXII) de febrero de 1976 en la cual se expresó su firme convicción de que el respeto absoluto y el fomento de los derechos humanos y de las libertades fundamentales exigen que reine la paz y la seguridad internacionales. Pero lo que me parece más profundo y realista en esa resolución es la declaración de que las violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales pueden llevar al mundo a conflictos armados. Y más cuando subrayó que la «legitimidad de la lucha contra todas las formas de agresión, de colonialismo, de neocolonialismo, contra toda forma de dominación extranjera, así como contra la práctica del genocidio y de la exterminación masiva de seres humanos, el apartheid y la discriminación racial y cualquier otra forma de violación patente y masiva de los derechos humanos» (p. 280). En esa misma resolución se llama a los Estados a luchar por un clima de verdadera paz, en cuya base está, a juicio de los redactores de ese texto, el establecimiento de un nuevo orden económico internacional fundado en la justicia.

Luego, mediante su Resolución de 7 de febrero de 1982, afirmó que «estaba convencida de que no existe hoy, para ningún pueblo del mundo, cuestión más esencial que la salvaguarda de la paz y la garantía del derecho primordial de todo ser humano, el derecho a la vida» (p. 280).

Como puede verse, en esta afirmación hay una evidente aproximación a la comprensión de la paz como un derecho humano más, como un principalísimo derecho humano. Sin embargo, para entonces no se había alcanzado esa conceptualización.

La indisoluble vinculación de la paz con los derechos humanos ha sido una constante conceptual en gran parte de los instrumentos de ONU, aun cuando estos se hayan dedicado a otros tópicos.

Esa vinculación se patentiza, para solo mencionar algunos ejemplos notables, en la Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación; en la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, de 1960; en la Convención internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, de 1965; en la Declaración sobre el fomento entre la juventud de los ideales de paz, respeto y comprensión entre los pueblos, del mismo año; en el Preámbulo de la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid, de 1973. Sin embargo, quisiera detenerme en la Declaración sobre la preparación de las sociedades para vivir en paz, aprobada por la Asamblea General en su Resolución 33/73 de diciembre de 1978.

Es evidente que esta declaración tuvo un alcance singular y constituye un referente jurídico que no debe perderse de vista. Es notable que reconozca como deber estatal —que contribuye a asegurar la paz— el que tiene todo Estado de «respetar el derecho de todos los pueblos a la libre determinación, la independencia, la igualdad, la soberanía, la integridad territorial de los Estados y la inviolabilidad de sus fronteras, inclusive a determinar el rumbo de su desarrollo, sin injerencia o intervención ajenas en sus asuntos internos».

Al calar profundo en los resortes que están en la base de los conflictos armados, declara que: «Todo Estado tiene el deber de desalentar todas las manifestaciones y prácticas de colonialismo, así como de racismo, discriminación racial y apartheid, por ser contrarias al derecho de los pueblos a la libre determinación y a otros derechos humanos y libertades fundamentales». Más adelante agrega: «Todo Estado tiene el deber de desalentar la promoción del odio y los prejuicios contra otros pueblos por ser contrarios a los principios de coexistencia pacífica y cooperación amistosa» (p. 282).

Si abundamos en particulares cercanos al problema que nos ocupa, también aparece la proclamación de la interdependencia de la paz y los derechos humanos, la Declaración sobre la inadmisibilidad de la intervención y la injerencia en los asuntos internos de los Estados, el 8 de diciembre de 1981, y la Declaración sobre la participación de la mujer en la promoción de la paz y la cooperación internacionales, contenida en la Resolución 37/63 de la Asamblea General, de diciembre de 1982.

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Sin embargo, no es hasta entrada la década de los ochenta que empieza a considerarse la paz como un derecho humano per se y no como un condicionante general, como un factor que contribuye al correcto ejercicio de los derechos humanos. El razonamiento, como vimos, tiene sus gérmenes en la consideración de que la guerra es la cancelación de la vida y de sus formas civilizadas de realización, y que la vida es precisamente el primero y más caro de los derechos del hombre. Ese constituye el momento en que en el lenguaje de Naciones Unidas empieza a hablarse de derechos de la primera generación, en alusión a los civiles y políticos de la segunda generación, y haciendo referencia a los económicos, sociales y culturales, y, al finalizar, de lo que, de manera creciente, se califican como derechos de la tercera generación —entre los que se incluyen el derecho a la paz, al desarrollo sostenible y a un medioambiente sano y protegido—[5]. Pero en realidad no es hasta la Segunda Conferencia Mundial de Derechos Humanos que la paz es connotada, en documentos oficiales de Naciones Unidas, como un derecho humano.

Si consideramos que, en esa Segunda Conferencia Mundial, celebrada en Viena en 1993, se reiteró también la universalidad de los derechos humanos y la interdependencia e interrelación de todos ellos, hay que entender que en la doctrina de la ONU, la paz, como derecho del tercer grupo o mal llamada tercera generación, está en pie de igualdad con respecto a los otros y es interdependiente de todos los demás.

Sin embargo, cada vez son más los que, sin atacar esa aludida doctrina de la interrelación e interdependencia total de los derechos humanos, afirman que la paz es el derecho condicionante de la existencia y ejercicio de los otros. Su quebrantamiento, la guerra, supone precisamente la fractura de las condiciones de vida civilizada; supone la clausura de la vida en su significación más elemental y por ello borra toda esperanza de ejercicio auténtico de otros derechos humanos.

LA ONU Y LA LLAMADA CULTURA PARA LA PAZ

Desde otro punto de vista, el correspondiente a la formación de una cultura de la paz, la mencionada Declaración sobre la preparación de las sociedades para vivir en paz tiene el mérito de brindar una dimensión valedera a lo que hoy calificamos «cultura de la paz».

Si asumiéramos por tal cultura solo la preparación teórica —incluso la formación espiritual en los principios humanistas que alientan en la convivencia pacífica y civilizada de los hombres—, si toda la llamada cultura de la paz se redujera a eso, no habría agotado su plena dimensión. Esa dimensión debe extenderse a aquellos condicionantes materiales, económicos, sociales y políticos que fomentan la proclividad a la guerra.

Fomentar la cultura de la paz, tal como se ha aproximado esa noción en el discurso de Naciones Unidas, es invalidar las posibilidades materiales y espirituales de la guerra. En ocasiones, la retórica oficialista del derrumbado campo socialista de Europa del Este limitó los determinantes de las guerras a la existencia del imperialismo, con lo cual se hacía olvido absoluto de todas las guerras que asolaron a la humanidad antes del advenimiento del capitalismo a su fase monopolista. Apenas se indaga un poco en todo esto, se advierte que esos condicionantes son mucho más complejos y se encuentran en un entramado y en una constelación espiritual más amplia.

Sin embargo, sin llegar a tales posiciones absolutas y por ello absurdas, pienso —como intelectual radical y comprometido del tercer mundo— que, en las condiciones de la contemporaneidad, el capitalismo cual se manifiesta hoy en su forma brutal de neoliberalismo es un generador de guerras y se muestra incapaz de fomentar de manera medular una verdadera y auténtica cultura de la paz.

La experiencia americana en relación con la Segunda Guerra Mundial es bien conocida. El capitalismo comprobó, al finalizar el conflicto bélico, que se produjo una evidente discrepancia en la reproducción capitalista, entre su forma o expresión material y su expresión monetario-financiera. El abrumador porciento de las mercancías o bienes producidos en Europa durante el período de guerra fue destinado a las necesidades bélicas. En los mismos Estados Unidos, aunque el promedio no fue tan alto, alcanzó límites muy elevados. Pero esos bienes, destruidos durante la guerra, no regresaron en forma material al proceso de reproducción del capital. Por eso las mercancías civiles producidas en los ocho años siguientes al fin de la guerra no alcanzaron a satisfacer la demanda solvente, no solo del período, sino también la «acumulada» desde los años de la guerra. No se produjo la renovación del llamado «capital fijo», que debió operarse, si se hubiera seguido el ciclo establecido en la dinámica económica, en torno a los años 1948-1950. Todo esto produjo un evidente deterioro de las posibilidades de una reproducción hipertrofiada o, en otras palabras, constituyó otro elemento contenedor de tendencias de superproducción. Ello permitió frenar las anunciadas crisis cíclicas de superproducción y logró, en paralelo, aumentar las enormes ganancias capitalistas.

Durante la guerra se vendieron las mercancías disponibles, tanto las militares como las civiles. Esto procuró jugosas ganancias, pero de manera particular para Estados Unidos, dado que los países europeos no podían sentarse a la mesa de negociaciones con EE. UU. en condiciones ventajosas y ni siquiera paritarias. Las ganancias monopolistas fueron fabulosas. De todo ello se derivó un aumento considerable del capital expresado en dinero, pero no así en su forma material. Lo cual enseñó que esta era una buena manera de ganar dinero, prestigio político y, a la vez, evitar las crisis de superproducción. Hoy los señores capitalistas y neoliberales saben, además, hacer otros juegos con las guerras y sus efectos materiales y económicos.

De tal modo, la guerra se convierte en una alternativa de la política y de la economía. No es solo, como dijera Clausevitz, la política continuada por otros medios, sino una suerte de solución para trastornos financieros.

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Es aconsejable que los hombres no perdamos la memoria histórica. Es indispensable recordar que en los años de la década de los treinta, como resultado de sucesivas crisis y depresiones, y de la competencia internacional, los EE. UU. sufrieron serios debilitamientos en su posición económica. En 1929 llegaron a aportar el 48.5 % de la producción industrial capitalista en su conjunto y en 1943, al iniciarse la guerra, habían decaído al 32.2 %. Aunque seguía siendo el primer exportador del mundo, Inglaterra pasó al primer lugar en el comercio exterior global. En el momento del inicio de la Segunda Guerra Mundial, EE. UU. tenía una tasa de desempleo del 15 %, es decir, 9 millones de parados en cifras absolutas.

La guerra mató más de 70 o quizá 80 millones de seres humanos en todo el planeta, y enriqueció, en paralelo, a un grupo de grandes consorcios internacionales. El capital financiero se engordó, de manera literal, con los muertos, las miserias y las devastaciones de la conflagración.

Desde 1939 se derogó en EE. UU. la llamada Ley de Neutralidad y la industria bélica devino motor impulsor, o locomotora, del desarrollo capitalista acelerado. Desde la derogación de la neutralidad, los Estados Unidos empezaron a vender a los países beligerantes armas, pertrechos de guerra y todo tipo de materia prima para fines militares. Las vendían a los aliados de manera directa, pero también las vendían indirectamente a los países del eje mientras utilizaban como puentes a otros «neutrales». Como es evidente, en materia de negocios no han existido nunca demasiados escrúpulos. Esas ventas, además, se exigieron siempre en oro y divisas libremente convertibles y al contado.

En 1941 el Congreso norteamericano aprobó la ley Lend-Lease (préstamo y arriendo) y al amparo de ella suministraron 44 millones de dólares a los países beligerantes. Todo ello era solo el prenuncio de lo que vendría después: al entrar EE. UU. en la guerra, después de la agresión a Pearl Harbor (diciembre de 1941), la conversión de la economía norteamericana en economía bélica fue indetenible.

Entre 1939 y 1945, los gastos de defensa del Gobierno federal pasaron de 1 075 millones de dólares (solo el 12.2 % del presupuesto) a 81 277 millones, es decir, el 82.7 % del presupuesto.

Estaba en marcha un nuevo reajuste del modelo económico. La prosperidad se montaba en los carros militares y tronaba al compás de la artillería, estallaba la riqueza en las bolsas de valores, al unísono que las granadas y los obuses en los campos de batalla.

Pero de nuevo el modelo revelaba sus debilidades medulares. En Europa y Asia morían los hombres, se devastaban las ciudades y se embrutecía la humanidad, y en América se sumían en la miseria enormes masas. La falta de ética del sistema era absoluta y se revelaba en toda su crueldad, de manera descarnada: no solo engordaba a unos pocos, sino que los engordaba con sangre. No se pierda de vista que nunca se ha podido calcular cuántos norteamericanos sucumbieron en la conflagración, víctimas de las mismas armas vendidas por su sistema.

En esos años se crearon más de 2 000 nuevas empresas, sobre todo en el sur de los Estados Unidos, y los pedidos militares llegaron a absorber el 42 % de la producción nacional (en cifras redondas ascendieron a 175 000 millones de dólares entre junio de 1940 y septiembre de 1944), pero de ese monto, el 51 % fue suministrado por solo 33 grandes empresas. Al llegar 1945, el año de la victoria, 250 empresas detentaban el 66.5 % de todo el montaje industrial de EE. UU. De ellas, 31 eran controladas por los cinco grandes consorcios financieros de Estados Unidos: Rockefeller, Morgan, Mellon, Du Pont y Cleveland.

El sistema genera la ambición desmesurada de ganancia y la formula como única ética de ese pragmatismo alucinante. Si ceñimos la cultura de la paz solo a la deformación espiritual que provoca el sistema, estaríamos perdiéndonos en las consecuencias y dejaríamos pasar inadvertidas las causas.

Insisto en que estoy lejos de quedarme limitado a la reducción que primó, en ocasiones, en la que he llamado retórica oficialista del «socialismo real». Por el contrario, nunca he desestimado otros impulsos más recónditos como son los odios raciales, la xenofobia, la intolerancia religiosa, el chovinismo. Sin embargo, todos se nutren de las culturas de dominación y alienación del hombre. Todavía resuenan en los oídos de los que no queremos olvidar las proféticas palabras de Fidel Castro en su primera intervención en la Asamblea General de Naciones Unidas, el 26 de septiembre de 1960: «Cese la filosofía del despojo y cesará la filosofía de la guerra».

ImageFoto: Yandry Fernández.

Algunos ingenuos se esperanzan y consuelan porque, según ellos, al haber desaparecido la bipolaridad política en el mundo, y el enfrentamiento entre el Este y el Oeste, se han debilitado los peligros de la guerra y hasta se ha eliminado el peligro de una conflagración atómica.

Estos optimistas no advierten que la unipolaridad política no ha eliminado, sino que ha exacerbado, la competencia intercapitalista. Ahora se enfrentan bloques que son la nueva expresión del reacomodo del mundo, no solo económico, sino geopolítico. El arsenal atómico sigue velando desde sus cubiles como un animal celoso. Con respecto a él solo ha cambiado una cosa: ahora no son dos, sino muchas manos las que tienen las llaves de la jaula.

Como indicara en una ocasión Ignacio Ellacuría: «La Historia ha hecho posible actualmente la destrucción de la historia» (1990).

Decía el mártir jesuita que el problema está en la posibilidad de que el sistema liquide su propia continuidad. Es, como dijera el rector de la UCA, un fenómeno más o menos dependiente del ejercicio de la libertad del hombre. Afirmaba Ellacuría: «El problema ya no es, por tanto, si la historia podrá ir dominando a la naturaleza, sino si la historia podrá irse dominando a sí misma» (1990). Esa es la enorme alternativa y responsabilidad de los hombres de este fin de siglo. Y es preciso asumirla a plenitud o, de lo contrario, renunciar a la condición humana. Se presenta, de manera inevitable, como una alternativa ética y requiere una nueva expresión en toda la constelación espiritual de los seres humanos y su instrumentación en una nueva cultura de la paz.

Esa cultura de la paz exige de los hombres honrados de hoy una inmensa responsabilidad porque vivimos en un mundo amenazado. Hace apenas unas semanas fuimos testigos perplejos de una brutal agresión de la OTAN, no al Gobierno, sino al pueblo yugoslavo. Mientras estamos aquí reunidos, rugen los cañones en Cachemira, en la frontera entre Eritrea y Etiopía, en nuevas acciones militares en Kosovo, en el Líbano y en general en los territorios árabes dentro de Palestina. Alarmante, en particular, ha sido la actitud de la OTAN, que ha llevado adelante una brutal agresión a un país, totalmente de espaldas a la ONU e incluso a su Consejo de Seguridad.

En tales condiciones, la humanidad responsable debe prestar atención a las observaciones hechas por Fidel Castro en la Primera Sesión de Trabajo de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y el Caribe-Unión Europea, cuando recordaba cuatro párrafos tomados del nuevo concepto estratégico de la OTAN. El primero de ellos bien paradójico: «Con el propósito de fomentar la paz y la estabilidad en Europa y un contexto más amplio, los aliados europeos elevan su capacidad para la acción, incluido el aumento de su poderío militar». Resulta un verdadero escarnio a una pretendida cultura de paz. El segundo concepto estratégico: «La seguridad de la Alianza sigue sujeta a una amplia variedad de riesgos militares. Estos riesgos están en la incertidumbre y la inestabilidad en la región euroatlántica y en sus alrededores, y la posibilidad de crisis regionales en la periferia de la Alianza». El cuarto punto también es significativo: «Resulta más probable que las posibles amenazas a la seguridad de la Alianza emanen de conflictos regionales, étnicos u otras crisis más allá del territorio de la Alianza, así como la proliferación de las armas de destrucción masiva y sus vectores».

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Frente a esos conceptos estratégicos Fidel se preguntaba: «Desearíamos se nos aclarara, de ser posible, si los países de América Latina y el Caribe están o no comprendidos dentro de la periferia euroatlántica definida por la OTAN», y seguía preguntándose qué haría la unidad euroatlántica si Estados Unidos se decide por su propia cuenta a lanzar bombas y misiles con cualquier pretexto contra alguno de los países de América Latina y el Caribe. Finalmente, recordaba que Israel posee cientos de armas nucleares elaboradas con determinada ayuda occidental y ante ello se preguntaba: «¿ Significaría esto que cualquier día la OTAN, partiendo del punto cuatro antes señalado, en virtud de una proliferación clandestina no solo de armas de destrucción masiva, sino también de una producción masiva de esas armas, podría proceder a lanzar miles de bombas sobre Jerusalén, Tel Aviv, ciudades israelitas y palestinas, destruir sistemas eléctricos, industrias, carreteras y todos los medios esenciales de vida de esos pueblos, matando directamente a decenas de miles de civiles inocentes y amenazando la existencia del resto de la población? ¿Puede ser esta la solución civilizada de semejantes problemas?» (1999, p. 4).

Cuando convocamos a fomentar una cultura de la paz no podemos menos que advertir estas impresionantes amenazas. Quisiera concluir estas breves reflexiones al insistir en algo que repetí muchas veces cuando se celebró el año de la ONU sobre la tolerancia. En aquella ocasión, en más de una charla sobre el asunto, insistí en que la tolerancia tiene sus límites y sus limitaciones. Señalaba que el límite natural primero de la tolerancia es, precisamente, la intolerancia. Con ello quiero decir que no puede tolerarse, a nombre de un supuesto principio democrático, las actitudes intolerantes.

Constituye una irresponsabilidad admitir, en nombre de no se sabe qué supuesta libertad, el ejercicio de agrupaciones fascistas, racistas, xenófobas o guerreristas. Se trata de que el fascismo, el racismo, la xenofobia y la guerra no son variantes ideológicas. Son abominables delitos internacionales. Constituyen brutales formas delictivas de intolerancia y no pueden ser tolerados. Del mismo modo que nadie predicaría ser tolerantes con los violadores, salteadores y asesinos, y brindarles espacios sociales para que realicen sus bajos propósitos, no puede admitirse la promoción de esos delitos internacionales. El fascismo debe ser condenado de manera enérgica, como la xenofobia, como el racismo. Y las prédicas y plataformas guerreristas tienen que ser repudiadas con toda energía.

Lo que no seamos capaces de alcanzar hoy, con los riesgos que sean, en pos de una cultura de paz que solo puede lograrse con actitudes enérgicas y comprometidas, nos lo reprocharán mañana nuestros hijos; si es que la aventura guerrerista no conduce al fin de la historia como lo planteara Ellacuría, y esta humanidad milenaria, incapaz de controlar su propia historia, provoca el naufragio del proceso civilizatorio.


Referencias:

Castro, F. (29 de junio de 1999). Granma. Discurso pronunciado en el Museo de Arte Moderno, Río de Janeiro, Brasil, p. 4.

Ellacuría, I. (1990). Filosofía de la realidad histórica. UCA Editores, San Salvador.

ONU. (1986). Actividades de las Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos, New York.

[1] Es evidente que las primeras limitaciones a los excesos de las guerras se encuentran en normativas chinas del año 2600 a. n. e., en el Código de Manú en la India, y en los principios del derecho islámico. Sin embargo, se considera que el primer intento por codificar las leyes de la guerra lo encontramos en The Instructions for the Governments of Armies of the United States in the Field (Orden General número 100 del 24 de abril de 1863) que recoge el proyecto de Francis Lieber para uso de las fuerzas federales durante la Guerra de Secesión en EE. UU.

[2] La normativa sobre la guerra ha sido enorme. Se ha legislado sobre la guerra terrestre, la aérea y la marítima; sobre prisioneros, civiles y heridos; poblaciones civiles, armas prohibidas, guerra química, bacteriológica y biológica; se ha acumulado una copiosa producción jurídica sobre las armas nucleares, que va desde la Res. 2162-A de la Asamblea General de NU (XXI), de 1966, la cual ordena un informe sobre los efectos del empleo de armas nucleares y sus consecuencias, hasta ulteriores disposiciones de ONU, OIEA, FAO y UNESCO sobre el mismo particular.

[3] Entre ellas vale la pena mencionar las siguientes: la 2420 (XXIII) de 1968; la 2549 (XXIX) de 1969; la 2644 (XXV) de 1970; la 2967 (XXVII) de 1972; y la 3105 (XXVIII) de 1973.

[4] Esa resolución, en su Art. 1 expone: «La agresión es el uso de la fuerza armada por el Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado, o en cualquier otra forma incompatible con la Carta de las Naciones Unidas, tal como se enuncia en la presente definición». El Art. 5 agrega además que «Ninguna consideración, cualquiera que sea su índole, política, económica, militar o de otro carácter podrá servir de justificación a una agresión».

[5] Hemos sostenido, junto a otros muchos dedicados a este asunto, que esa calificación de los derechos humanos por generaciones es un artificio inadmisible. No se justifica por el orden cronológico de aparición porque tanto los civiles y políticos, como los económicos, sociales y culturales, se instrumentaron orgánicamente en los Pactos de ambos grupos de derechos, que fueron puestos a la firma en 1966 y los dos entraron en vigor en 1976. Tampoco se justifica la diferencia generacional en atención al contenido de los derechos, porque Naciones Unidas ha reiterado en innumerables instrumentos el carácter interdependiente e interrelacionado de todos los derechos humanos.

 

***Este artículo es un texto del fallecido jurista y profesor Julio Fernández Bulté. Se encuentra recopilado en Viciedo, C. (s/f). Educación para la paz y los derechos humanos en Cuba socialista. Selección de lecturas. Comisión EDUSPAZ, SEAP, La Habana, Cuba.

 

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