Servicio militar en Cuba. Foto: elTOQUE.
Servicio militar femenino en Cuba ¿obligatorio o voluntario?
5 / mayo / 2021
El cumplimiento del servicio militar activo en Cuba y las posibles modificaciones que podrían materializarse en este aspecto en el futuro han despertado gran interés a partir de la referencia que hiciera Raúl Castro en el informe central al VIII Congreso del Partido Comunista de Cuba (PCC), presentado el 16 de abril de 2021.
Las palabras de Raúl Castro en el VIII Congreso del PCC
Para referirse al cumplimiento del servicio militar en dicho informe, Raúl Castro citó, como fundamento primero, el contenido del Artículo 4 de la Constitución de la República: «La defensa de la Patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano».
Luego dijo que «el servicio militar activo constituye la principal vía de preparación militar que deben cumplir todos los ciudadanos, en primer lugar, los cuadros. Esta cuestión es más importante en la medida en que pasa el tiempo. La tendencia a la baja natalidad ya para el año 2030 constituirá un serio problema en muchos aspectos, por eso hay que buscarle otras soluciones».
En concreto, no estipuló cuáles serían todas las «otras soluciones» posibles. Sin embargo, mencionó como un ejemplo a imitar «la decisión, adoptada a solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores, desde 2002, hace ya 19 años, de que todos los estudiantes del Instituto Superior de Relaciones Internacionales, de ambos sexos, previo a su ingreso, cumplan el servicio militar, durante un año, en la Brigada de la Frontera, frente a la ilegal Base Naval de Guantánamo».
Para concluir agregó: «A la luz de la tendencia al envejecimiento de la población cubana que, entre muchos otros efectos negativos, limita el número de ciudadanos que arriban a la edad reglamentaria para sumarse al servicio militar, la experiencia del Instituto Superior de Relaciones Internacionales debería estudiarse en el propósito de generalizar de forma gradual que todos los estudiantes de la educación superior cumplan previamente este deber».
Estas fueron las palabras de Raúl Castro. En esencia, solicitó que fuera estudiada —por parte de las instancias gubernamentales, políticas y legislativas correspondientes— la incorporación obligatoria al servicio militar activo de más mujeres.
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Lo reglamentado hasta hoy en Cuba
En principio, el cumplimiento del servicio militar en el país está regulado en la Constitución de la República. En su Capítulo III «Instituciones Armadas del Estado», en específico el Artículo 220 establece que «la ley regula el servicio militar que los ciudadanos deben prestar».
Mientras, en el Capítulo IV «Deberes», el Artículo 90 define como deberes de los ciudadanos cubanos: servir y defender la patria; cumplir la Constitución y demás normas jurídicas; prestar servicio militar y social de acuerdo con la ley.
La Ley de la Defensa Nacional, aprobada en diciembre de 1994 por la Asamblea Nacional del Poder Popular, y el Decreto Ley 224 «Del Servicio Militar», aprobado por el Consejo de Estado en octubre de 2001, son las normativas fundamentales que regulan los elementos del servicio militar que deben prestar los cubanos y su aplicación.
Establece que el servicio militar activo (SMA) es el cumplimiento directo de las obligaciones militares por los ciudadanos, en las unidades y dependencias del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (Minfar) o del Ministerio del Interior (Minint).
Asimismo, los ciudadanos de sexo masculino, desde el primero de enero del año en que cumplen los 17 años de edad hasta el 31 de diciembre del año en que arriben a la edad de 28 años, deben cumplir el SMA por un plazo de dos años.
Para ello, durante el año en que cumplen los 16 años de edad, están en la obligación de formalizar su inscripción en el registro militar.
Están exentos del cumplimiento del servicio militar los incapacitados físicos o mentales declarados oficialmente como tales.
En el caso de las mujeres, aquellas que así lo deseen y expresamente lo manifiesten pueden incorporarse de forma voluntaria al SMA cuando tengan cumplidos los 17 años de edad.
Una vez concluido el tiempo de SMA, los ciudadanos pasan al servicio militar de reserva. El tiempo total del servicio de la reserva no podrá exceder los tres años —contando como parte de estos tres los años cumplidos de SMA—.
La Ley define que el servicio militar de reserva consiste en el cumplimiento de tareas relacionadas con la preparación para la defensa, por los ciudadanos del sexo masculino, de hasta 45 años de edad. Para ello pueden ser movilizados por un plazo que no exceda un año, en uno o más períodos.
En el caso de las mujeres, también pueden incorporarse al servicio militar de reserva de manera voluntaria; caso en el cual pueden ser movilizadas para recibir preparación militar por un tiempo máximo de seis meses por plazos de hasta 30 días anuales, durante su permanencia en la reserva.
Las formas alternativas del servicio militar activo tienen como objetivo que, como complemento, mayor cantidad de jóvenes cumplan el SMA.
De tal manera, son una opción para el caso de aquellos jóvenes varones que son el único apoyo de sus familias o presentan dificultades de índole semejante. Estas formas alternativas consisten en la realización de actividades dentro de la defensa que les permitan cobrar un sueldo, sin la obligación de permanencia constante en una unidad militar, pero siempre que se le garantice la preparación militar correspondiente.
Los jóvenes que concluyan sus estudios de bachiller y obtengan una carrera universitaria cumplirán con un período de solo 14 meses en el SMA, en tanto el resto de los reclutados cumplirán con un tiempo dos años.
La polémica del servicio militar: ¿Qué podría cambiar en Cuba?
La posibilidad de que se exija el cumplimiento de servicio militar activo también a todas las jóvenes que arriban a los 17 años, si optan por el estudio de una carrera de nivel superior, ha generado amplia polémica en las redes sociales.
En su mayoría, los usuarios coinciden en que la opción del servicio militar obligatorio para las mujeres que ingresen a la educación superior traería más perjuicios que beneficios.
Algunas opiniones de los usuarios en la red de redes sobre este asunto:
«Resulta una posibilidad preocupante, porque el acceso a la educación superior podría verse limitado para solo aquellos jóvenes que hayan cumplido con el SMA, sin especificar el género».
«Será el detonante para que la juventud en lugar de emigrar después de graduarse, lo haga siendo adolescentes».
«Lo mejor que podría hacerse en materia de servicio militar en Cuba sería el reclutamiento dirigido al Ejército Juvenil del Trabajo para impulsar la agricultura y dejar de jugar a la guerra. En lo personal, no estoy de acuerdo con que algo sea obligatorio. Y debe remunerarse el trabajo en el ejército».
En la práctica, la posibilidad de la adopción del SMA obligatorio para las mujeres que van a ingresar a la universidad qué consecuencias traería.
Como saldo positivo podría estar el hecho de que le contase a las jóvenes, dentro de su período de servicio social (actualmente tres años para las mujeres), el año prestado en el SMA. Esto es lo que se aplica con los varones, a quienes se les cuenta el año cumplido en el SMA como parte de su etapa de servicio social al egresar de la educación superior (cumplen un año de SMA + dos años de servicio social).
Negativo sería, en principio, el carácter obligatorio. También está el hecho de que una vez que las jóvenes se hayan ganado sus carreras universitarias, el cumplimiento del SMA las obligaría a desvincularse del sistema educacional durante todo un año, con las consecuencias que esto deriva para la continuidad de estudios. Igual que ocurre con los varones.
El servicio militar obligatorio es una práctica que se ha ido reduciendo en el mundo. Actualmente solo 26 países lo implementan; el tiempo de servicio varía. La mayoría de los países que usan sistemas de reclutamiento solo reclutan hombres; aunque hoy día algunos también reclutan mujeres. Por ejemplo, Noruega, Suecia, Corea del Norte, Israel y Eritrea reclutan a hombres y mujeres. Sin embargo, solo Noruega y Suecia tienen un sistema de reclutamiento neutral al género, donde hombres y mujeres son reclutados y sirven en términos formales iguales.
En las condiciones económicas actuales de Cuba el servicio militar obligatorio supone para la familia un esfuerzo extra, además de una preocupación para los jóvenes, quienes han manifestado lo poco provechoso que les resulta este período, realizando actividades que en muchos casos se reducen a chapear áreas verdes o hacer guardias nocturnas. El tiempo de duración del servicio, las funciones asignadas a los jóvenes, o la seguridad física son temas que procupan por igual a hombres y mujeres.
En esencia, ¿podría implementarse el SMA para las jóvenes que vayan a cursar carreras universitarias en Cuba? La respuesta es sí, se podría implementar; pero, solo si se modifica la ley.
En el cronograma legislativo de la ANPP para el período 2019-2022 estaba prevista la presentación por parte del Minfar de la Ley de Defensa y Seguridad Nacional —cuya evaluación por la ANPP debía ocurrir en diciembre de 2020—. La fundamentación oficial de esta propuesta de Ley es la de «atemperar la legislación actual al nuevo orden constitucional y perfeccionar el sistema de defensa y seguridad nacional del país».
Esta Ley no fue aprobada en la fecha prevista, y en el reajuste del cronograma no fue incluida para su emisión en el tiempo que resta a la actual Legislatura (hasta 2022). Quedó entre las once leyes en las que la ANPP asegura que se continúa trabajando y que deben ser aprobadas por la Legislatura posterior.
Por consiguiente, la aprobación de la Ley de Defensa y Seguridad Nacional no tendrá lugar hasta después de 2022, en la fecha en que resulte agendada dentro del cronograma de la X Legislatura. Esta Ley es marco legal en el que se podría recoger o no la modificación a lo establecido en materia de servicio militar activo en Cuba.
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Robier Rodriguez Rosabal